Convocatoria de Subvenciones a Empresas Turísticas para “Digitalización Turística”.

Es objeto de la presente convocatoria la concesión de subvenciones para promover el desarrollo tecnológico y el proceso de transformación digital de empresas turísticas de la provincia de Palencia, a través de la incorporación de soluciones digitales a sus establecimientos, servicios y procesos, con la finalidad de mejorar su competitividad, adaptándose a las nuevas necesidades y tendencias del sector turístico.

Tipo Convocatoria
Subvención
Estado Convocatoria
En plazo de presentación
Temática
Turismo
Nombre Completo
Convocatoria de Subvenciones a Empresas Turísticas para “Digitalización Turística”
Objeto

Promover el desarrollo tecnológico y el proceso de transformación digital de empresas turísticas de la provincia de Palencia, a través de la incorporación de soluciones digitales a sus establecimientos, servicios y procesos, con la finalidad de mejorar su competitividad, adaptándose a las nuevas necesidades y tendencias del sector turístico.

Beneficiarios

Podrán ser beneficiarios de las subvenciones reguladas por las presentes bases, las personas físicas, jurídicas y comunidades de bienes cuyos establecimientos estén ubicados en municipios de menos de 20.000 habitantes de la provincia de Palencia y estén inscritos en el Registro de Turismo de Castilla y León en la Sección de Turismo de Palencia.

Esta convocatoria se dirige a las empresas turísticas que se indican a continuación:

  • Alojamientos Hoteleros.
  • Alojamientos de Turismo Rural.
  • Apartamentos Turísticos.
  • Viviendas de Uso Turístico.
  • Albergues Turísticos y Albergues de los Caminos a Santiago.
  • Campings.
  • Restaurantes.
  • Salones de Banquetes.
  • Empresas de Turismo Activo.
  • Agencias de Viajes.
  • Actividades Turísticas Complementarias.
Dotación o Importe
50.000,00
Periodicidad
Anual

Organismos

Emisor
Diputación de Palencia
Convocante
Diputación de Palencia
Tramitador

Bases de la Convocatoria

Fecha publicación
Número
51
Página
40
Otros BOPs
Enlace Boletín externo

Solicitud

Fecha Solicitudes
-
Lugar Presentacion

Los interesados deberán presentar una solicitud por cada establecimiento del que sean titulares,  en el registro telemático de la Diputación de Palencia, conforme al formulario electrónico del procedimiento habilitado en el catálogo de procedimientos electrónicos de la sede electrónica de la Diputación de Palencia http://sede.diputaciondepalencia.es. El certificado electrónico con el que se realice la presentación deberá corresponder al solicitante de la ayuda, en caso contrario no será admitida ni procederá subsanación de defecto alguno.

Aquellos sujetos que no se encuentren obligados a la presentación de la solicitud por medios electrónicos, conforme al artículo 14.1 y 14.2 de la Ley 39 / 2015, y opten por la tramitación presencial deberán presentar una solicitud dirigida a la Sra. Presidenta de la Diputación de Palencia conforme al modelo A-0, disponible en la misma dirección anteriormente señalada (http://sede.diputaciondepalencia.es), dentro del apartado “tramitación presencial”, pudiendo presentar la misma en el Registro General de la Diputación o a través de cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Informacion Adicional

Requisitos

Se acompañará a la instancia de solicitud la documentación que se detalla a continuación:

  • Anexo TUR 004 A-I.

  • Anexo TUR 004 A-II. Memoria descriptiva de las actuaciones a desarrollar para las que solicita subvención firmada por el solicitante.

  • Documentación acreditativa de la inscripción en el Registro de Turismo de Castilla y León en la Sección de Turismo de Palencia.

  • Fotocopia del DNI del solicitante y en su caso, del CIF de la empresa.

Incompatibilidades

Esta ayuda será compatible con otras que pudieran obtenerse de otras Administraciones o entes públicos para el mismo fin, siempre que la suma de ambas no supere el total de la inversión realizada objeto de subvención. Será incompatible con otras provenientes de la Diputación de Palencia para el mismo objeto.

Criterios de valoración

Sobre la base de los principios de transparencia y objetividad y de acuerdo con el Artículo 22.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se procederá al prorrateo entre los beneficiarios de la subvención del importe global máximo destinado a las subvenciones, con los siguientes criterios:

  • El importe de la subvención será como máximo el 70% del presupuesto aceptado por el Servicio de Turismo, teniendo en cuenta que el presupuesto mínimo que deberá presentar el solicitante ascenderá a 400,00 € (sin IVA) y el presupuesto máximo que se tendrá en consideración para la cuantía de la subvención será de 4.000,00 € (sin IVA).

  • La cuantía máxima de la subvención por beneficiario será de 2.800,00 €, salvo que el importe de la convocatoria fuera insuficiente para atender todas las solicitudes en cuyo caso se procederá al prorrateo del importe en función de los beneficiarios y las cuantías solicitadas.

El IVA en ningún caso se considerará como gasto subvencionable.

Bloque Redes sociales