AYUDAS DE CARÁCTER INDIVIDUAL PARA FAVORECER LA AUTONOMÍA PERSONAL DE PERSONAS DEPENDIENTES, MAYORES O CON DISCAPACIDAD, 2023

Ayudas destinadas a favorecer la autonomía personal de personas dependientes, mayores o con discapacidad

Tipo Convocatoria
Subvención
Estado Convocatoria
Adjudicada
Temática
Servicios Sociales
Nombre Completo
Ayudas de Carácter Individual para favorecer la autonomía personal de personas dependientes, mayores o con discapacidad. Año 2023.
Objeto

Es objeto de esta convocatoria el otorgamiento de ayudas económicas individuales para la adquisición de productos de apoyo y realización de adaptaciones en el hogar destinadas a promover la autonomía personal de personas dependientes, mayores o con discapacidad, dirigidas a garantizarles la realización de actividades básicas de la vida diaria y la máxima integración, mejorando su bienestar y favoreciendo su movilidad, comunicación y participación en la vida social y económica de su entorno.

Beneficiarios

Podrán ser beneficiarios de esta convocatoria las personas físicas que cumplan alguna de las siguientes condiciones en la fecha de finalización de presentación de solicitudes:

   a) Tener cumplidos los 65 años.

   b) Haber alcanzado 25 puntos o más en el Baremo de Valoración de Dependencia (BVD), según quede acreditado mediante resolución de dependencia                     expedida por el órgano autonómico competente o, en su defecto, en fase de dictamen.

   c) Tener reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento.

 

Dotación o Importe
70.000,00
Periodicidad
Anual

Organismos

Emisor
Diputación de Palencia
Convocante
Diputación de Palencia

Bases de la Convocatoria

Fecha publicación
Número
31
Página
35
Otros BOPs
Enlace Boletín externo

Solicitud

Fecha Solicitudes
-
Lugar Presentacion

Los interesados o sus representantes legales o de hecho deberán presentar una solicitud dirigida a la Ilma. Sra. Presidenta de la Diputación de Palencia conforme al modelo del Anexo I, o el modelo de instancia de solicitud A-0.

Las solicitudes se presentarán directamente en el Registro Electrónico General de la Diputación de Palencia, o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 16.4 y 5 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Aquellos interesados o representantes legales o de hecho que dispongan de DNI electrónico o certificado digital para su identificación electrónica, podrán presentar las solicitudes a través del procedimiento electrónico habilitado en el catálogo de procedimientos electrónicos de la Sede Electrónica de la Diputación de Palencia: http://sede.diputaciondepalencia.es. Los formularios electrónicos para su cumplimentación y tramitación presencial, también están disponibles en la misma dirección.

El certificado electrónico con el que se realice la presentación deberá corresponder al solicitante de la ayuda o a su representante legal o de hecho.

Informacion Adicional

Requisitos

Además de cumplir alguna de las condiciones de los beneficiarios, en todo caso deberán cumplirse los siguientes requisitos:

   a) Que no hayan sido beneficiarios de las ayudas objeto de la presente Convocatoria en las correspondientes a los años 2020, 2021 y 2022 que, en su                       conjunto, superen los 200,00€.
   b) Estar empadronado en un municipio de la provincia de Palencia, con una población inferior a 20.000 habitantes, con al menos 6 meses de antelación a la               fecha de presentación de la solicitud.
   c) Residir en domicilio particular, salvo que exclusivamente se soliciten para financiar las ayudas incluidas en el apartado C) del artículo 4.2 (clases de ayudas).
   d) Que la renta anual de referencia del solicitante no supere 3 veces el importe anual del indicador Público de Referencia de Efectos Múltiples (IPREM).
   e) Que las ayudas solicitadas estén directamente relacionadas con la situación de dependencia y/o con el tipo de discapacidad, y favorezcan la autonomía                 personal de la persona mayor o discapacitada, y contribuir a mejorar la calidad de vida de la persona afectada.

En el caso de que la ayuda solicitada implique la realización de obras y/o adquisición de equipamiento o elementos permanentes para la vivienda deberá  acreditarse:

   a) Que se trate de la vivienda habitual del solicitante.
   b) Que la vivienda esté arrendada por el solicitante o le pertenezca en propiedad o usufructo, o a su cónyuge o pareja de hecho, o un familiar hasta el 2º grado            por consanguinidad o afinidad.
   c) Que la vivienda esté ubicada en algún municipio de la provincia de Palencia con menos de 20.000 habitantes.

Se podrá acreditar de manera justificada e informada por los CEAS de Diputación de Palencia cualquier excepcionalidad de los requisitos previstos en este apartado que serán sometidos a consideración por el órgano instructor.

En el caso de que la ayuda solicitada lo sea para la adquisición de audífonos o gafas, incluidas en la Base 4.2.C), deberá acreditarse obligatoriamente el  reconocimiento de la discapacidad que haga necesario el uso de estos dispositivos, aportando la resolución de reconocimiento y el Dictamen en el que figuran las causas por las que se realiza dicho reconocimiento, emitidos por organismo oficial competente.

Son gastos subvencionables los destinados a la adquisición o alquiler de las ayudas técnicas que se indican en la convocatoria, siempre y cuando el pago efectivo de los mismos se produzca entre el 1 de octubre de 2022 hasta dos meses después de la recepción del pago anticipado de la última resolución.

Resolución

Bloque Redes sociales