Subvenciones a museos y colecciones para mantenimiento de gastos

Se convocan para el ejercicio 2019 subvenciones a museos y colecciones privadas, o de titularidad de Entidades Locales de la provincia de Palencia, con el objetivo de colaborar en el mantenimiento de los gastos de toda índole, ocasionados con motivo de la apertura al público de los museos y colecciones artísticas, etnográficas, etc., radicados en la provincia de Palencia.

Tipo Convocatoria
Subvención
Estado Convocatoria
Adjudicada
Temática
Cultura
Nombre Completo
Subvenciones a museos y colecciones para mantenimiento de gastos
Objeto

Colaborar en el mantenimiento de los gastos de toda índole, ocasionados con motivo de la apertura al público de los museos y colecciones artísticas, etnográficas, etc., radicados en la provincia de Palencia.

Beneficiarios

1. Museos y colecciones con carácter permanente, cuya titularidad corresponda a entidades locales de municipios de la provincia de Palencia de población menor a 20.000 habitantes y que dispongan de locales específicos para ello abiertos a todos los  públicos.

 2. Museos y colecciones privadas con carácter permanente ubicadas en municipios de la provincia de Palencia menores de 20.000 habitantes y que dispongan de locales específicos para ello abiertos a todos los  públicos.

 Quedan excluidos de la presente convocatoria aquellos museos que, en el presente ejercicio,  reciban ayudas a través de un convenio cultural con esta Diputación.

Dotación o Importe
39.451,00
Periodicidad
Anual

Organismos

Emisor
Diputación de Palencia
Convocante
Diputación de Palencia

Bases de la Convocatoria

Fecha publicación
Número
35
Página
14
Enlace Boletín externo

Solicitud

Fecha Solicitudes
-
Lugar Presentacion

Los sujetos que se encuentren obligados a la presentación de la solicitud por medios electrónicos, conforme al artículo 14.1 y 14.2 de la Ley 39/2015 deberán presentar la solicitud en el registro telemático de la Diputación de Palencia, conforme al formulario electrónico del procedimiento habilitado en el catálogo de procedimientos electrónicos de la sede electrónica de la Diputación de Palencia http://sede.diputaciondepalencia.es. El certificado electrónico con el que se realice la presentación deberá corresponder al solicitante de la ayuda.

 Aquellos sujetos que no se encuentren obligados a la presentación de la solicitud por medios electrónicos, conforme al artículo 14.1 y 14.2 de la Ley 39/2015, y opten por la tramitación presencial deberán presentar una solicitud dirigida a la Ilma. Sra. Presidenta de la Diputación de Palencia conforme al modelo A-0, disponible en la misma dirección anteriormente señalada (http://sede.diputaciondepalencia.es), dentro del apartado “tramitación presencial”, pudiendo presentar la misma en el Registro General de la Diputación o a través de cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Enlace Sede

Informacion Adicional

Incompatibilidades

Esta ayuda será compatible con otras que pudieran obtenerse de otras Administraciones o entes públicos para el mismo fin, siempre que la suma de ambas no supere el total de la inversión realizada objeto de subvención.

Será incompatible con otras provenientes de la Diputación de Palencia para los mismos fines.

Criterios de valoración

Sobre la base de los principios de transparencia y objetividad para la concesión de las ayudas se tendrán en cuenta  los siguientes criterios:

 a.Interés desde el punto de vista cultural de la colección u objetos expuestos (máximo 20 puntos):

- De contenido artístico o arqueológico: hasta 20 puntos.

- De contenido etnográfico y otros: hasta 10 puntos.

 b.Montaje expositivo (máximo 20 puntos).

- Por tener paneles, vitrinas y elementos de iluminación diseñados al efecto: 15 puntos.

- Por tener cartelas que permitan identificar las obras: 5 puntos.

 c. Días y horario de apertura al público:

- Como mínimo 5 días semanales, al menos 9 meses al año: 20 puntos.

- Como mínimo 5 días semanales, al menos 3 meses al año y resto del año en   fines de semana: 15 puntos.

- Fines de semana, al menos en 6 meses al año: 10 puntos.

   *En estos supuestos se entenderá que el horario de apertura es como mínimo de 4 horas diarias. Si fuese menor, la puntuación se reduciría a la mitad.

 - Previa cita todo el año: 8 puntos.

- Otras modalidades de cita previa u otros horarios menores a los anteriores: 5 puntos.

 d.Material divulgativo complementario al museo (máximo 15 puntos):

- Página web propia del museo: 5 puntos

- Guía impresa: 5 puntos.

- Folleto informativo (mínimo formato díptico): 2 puntos.

- Publicaciones de todo tipo relativas a los fondos del museo: 0,5 puntos por publicación (máximo 2 puntos).

- Otro material divulgativo: 1 punto.

 e.Número de visitantes en el año anterior:

- Hasta 500: 5 puntos

- De 500 a 2.000: 10 puntos

- De 2.000 a 5.000: 15 puntos

- Más de 5.000: 20 puntos

 En ningún caso la subvención podrá superar el 75% del gasto a subvencionar.

Resolución

Bloque Redes sociales