Subvenciones ayuntamientos obras reparación, conserv. y mejora Centros Educación Infantil y Primaria

Subvenciones a ayuntamientos para la realización de obras de reparación, conservación y mejora de los Centros de Educación Infantil y Primaria del medio rural de la provincia de Palencia, estableciéndose una línea de subvención de 240.000 €, cofinanciada entre la Consejería de Educación de la Junta de Castilla y León y la Diputación de Palencia, en virtud del convenio suscrito entre ambas administraciones a tal efecto con fecha 8 de junio de 2022.

Tipo Convocatoria
Subvención
Estado Convocatoria
Adjudicada
Temática
Cultura
Nombre Completo
Subvenciones a ayuntamientos para obras de reparación, conservación y mejora de Centros de Educación Infantil de segundo ciclo y Primaria
Objeto

Subvenciones a ayuntamientos para la realización de obras de reparación, conservación y mejora de los Centros de Educación Infantil y Primaria del medio rural de la provincia de Palencia, estableciéndose una línea de subvención de 240.000 €, cofinanciada entre la Consejería de Educación de la Junta de Castilla y León y la Diputación de Palencia, en virtud del convenio suscrito entre ambas administraciones a tal efecto con fecha 8 de junio de 2022.

Beneficiarios

Podrán solicitar estas ayudas todos los ayuntamientos de municipios de la provincia de Palencia de población inferior a 20.000 habitantes en cuyo término municipal esté ubicado algún centro de educación infantil de segundo ciclo y primaria.

Dotación o Importe
240.000,00
Periodicidad
Anual

Organismos

Emisor
Diputación de Palencia
Convocante
Diputación de Palencia
Tramitador

Bases de la Convocatoria

Fecha publicación
Número
78
Página
6
Otros BOPs
Enlace Boletín externo

Solicitud

Fecha Solicitudes
-
Lugar Presentacion

Los interesados deberán presentar una solicitud en el registro telemático de la Diputación de Palencia, conforme al formulario electrónico del procedimiento habilitado en el catálogo de procedimientos electrónicos de la sede electrónica de la Diputación de Palencia http://sede.diputaciondepalencia.es. El certificado electrónico con el que se realice la presentación deberá corresponder al solicitante de la ayuda, en caso contrario no será admitida ni procederá subsanación de defecto alguno.

Si el ayuntamiento solicitante presentase su solicitud presencialmente, se le requerirá para que la subsane a través de su presentación electrónica. A estos efectos se considerará como fecha de presentación de la solicitud aquella en la que haya sido realizada la subsanación.

Enlace Sede

Informacion Adicional

Criterios de valoración

 Las obras para las que se solicite subvención serán baremadas con arreglo a los siguientes criterios:

  1. Obras que afecten a la estructura del edificio, sus cubiertas, calefacción: su equipo y radiadores:  0,00116666 puntos por euro del presupuesto presentado.
  2. Obras que afecten a la higiene, confort y eficiencia energética: 0,00066666 puntos por euro del presupuesto presentado.
  • Aseos y sus instalaciones de fontanería.
  • Aislamientos.
  • Ventanas y sus complementos.
  • Luminarias, cuadros eléctricos e instalaciones eléctricas en general.
  1. Obras que afecten a la seguridad, accesos y eliminación de barreras: 0,0005 puntos por euro del presupuesto presentado.
  • Cerramientos, verjas y vallados.
  • Rampas, escaleras y accesorios.
  • Ascensores.
  1. Obras en instalaciones complementarias de ocio y deporte: 0,0005 puntos por euro del presupuesto presentado
  • Cerramientos, verjas y vallados de instalaciones deportivas.
  • Obras y arreglos de todo tipo incluidos pista de patio e instalaciones deportivas.
  1. Pintura y pavimentos: 0,00016666 puntos por euro del presupuesto presentado.
  2. Por solicitar subvención para una obra consistente en una única actuación, correspondiente a un único grupo: 0,00033333 puntos por euro del presupuesto presentado

 El importe de la subvención se obtendrá distribuyendo de forma proporcional, y siempre que no supere el 80% del gasto total de la actividad, el importe total consignado entre los solicitantes en función de los puntos obtenidos resultantes de aplicar los criterios de valoración indicados. Del importe de dicha subvención el 25 % se aplicará al ejercicio 2022 y el 75 % al ejercicio 2023.

La subvención no podrá superar el 80% del gasto total de la actividad aceptada para la que se solicita la subvención, comprometiéndose el ayuntamiento a aportar la cantidad restante del coste.

Resolución

Bloque Redes sociales