2ª CONVOCATORIA 2022 PARA LA CONCESIÓN DE AYUDAS A ENTIDADES LOCALES PARA LA AMPLIACIÓN O MEJORA DE POLÍGONOS INDUSTRIALES EN LA PROVINCIA DE PALENCIA

Es objeto de la presente convocatoria, la concesión de subvenciones a entidades locales del medio rural de la Provincia de Palencia para la ampliación o mejora de suelo industrial existente de promoción pública en la provincia de Palencia

Tipo Convocatoria
Subvención
Estado Convocatoria
Adjudicada
Temática
Promoción Económica
Nombre Completo
2ª CONVOCATORIA 2022 PARA LA CONCESIÓN DE AYUDAS A ENTIDADES LOCALES PARA LA AMPLIACIÓN O MEJORA DE POLÍGONOS INDUSTRIALES EN LA PROVINCIA DE PALENCIA
Objeto

Es objeto de la presente convocatoria, la concesión de subvenciones a entidades locales del medio rural de la Provincia de Palencia para la ampliación o mejora de suelo industrial existente de promoción pública en la provincia de Palencia

Beneficiarios

Podrán ser beneficiarios de esta convocatoria los siguientes:

  1. Los Ayuntamientos del medio rural de la provincia de Palencia.
  2. Las Entidades Locales Menores cuyo ámbito territorial se encuentre comprendido en el término municipal de los Ayuntamientos señalados en el apartado anterior.

Los beneficiarios deberán disponer de la financiación necesaria para la realizar la actuación cuya subvención solicite.

 

Dotación o Importe
200.000,00
Periodicidad
Anual

Organismos

Emisor
Diputación de Palencia
Convocante
Diputación de Palencia

Bases de la Convocatoria

Fecha publicación
Número
156
Página
33
Otros BOPs
Ampliación de crédito 2ª Convocatoria 2022 para ampliación polígonos industriales
Enlace Boletín externo

Solicitud

Fecha Solicitudes
-
Lugar Presentacion

Los interesados deberán presentar una solicitud en el registro telemático de la Diputación de Palencia, conforme al formulario electrónico del procedimiento habilitado en el catálogo de procedimientos electrónicos de la sede electrónica de la Diputación de Palencia http://sede.diputaciondepalencia.es. El certificado electrónico con el que se realice la presentación deberá corresponder al solicitante de la ayuda, en caso contrario no será admitida ni precederá subsanación de defecto alguno.

El plazo para la presentación de las solicitudes será de un mes, a contar desde el siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia, prorrogándose dicho plazo hasta el primer día hábil siguiente, cuando el último día sea sábado o festivo.

Informacion Adicional

Requisitos

Serán obligaciones de los beneficiarios en la presente convocatoria:

-      

Cumplir el objetivo, ejecutar el proyecto, realizar la actividad o ejecutar el comportamiento que fundamenta la concesión de subvenciones. 

-      

Justificar ante el órgano concedente el cumplimiento de los requisitos y condiciones, así como la realización de la inversión y el cumplimiento de la finalidad que determine la concesión y disfrute de la subvención. 

-      

Las actividades deberán estar finalizadas el 31 de octubre del ejercicio 2023.

  Comunicar a la Diputación de Palencia la obtención de otras ayudas para la misma finalidad procedentes de cualesquiera Administraciones o Entes públicos, dentro de los quince días siguientes a su concesión, pudiéndose revocar o cancelar la ayuda si no se cumple esta obligación

Incompatibilidades

Esta ayuda será compatible con otras que pudieran obtenerse de otras Administraciones o entes públicos o privados para el mismo fin, siempre que la suma de ambas no supere el total de la inversión realizada objeto de subvención. Será incompatible con otras procedentes de la Diputación de Palencia para el mismo fin.

Criterios de valoración

Sobre la base de los principios de transparencia y objetividad para la concesión de ayudas, se tendrán en cuenta los siguientes criterios de valoración y baremos de puntuación sobre un máximo de 55 puntos:

  1. Tipo de obra o infraestructura susceptible de ser apoyada, primándose las obras e infraestructuras nuevas sobre proyectos destinados a suplir las carencias o deficiencias en la urbanización e infraestructuras existentes, hasta 30 puntos.  En función de ello, se otorgarán las siguientes puntuaciones: 
  • Las obras nuevas se valorarán con 30 puntos.
  • Las obras de mejoras se valorarán con 20 puntos, excepto las obras de mejora realizadas en los accesos al polígono y las de mejora del alumbrado público mediante medidas de           eficiencia energética y/o energías renovables, que se computarán en 10 puntos.
  1. Estado de ocupación de las parcelas en el polígono de la entidad solicitante, <<definido como parcelas ocupadas (m2) / total parcelas (m2)>>, hasta 15 puntos y según el siguiente desglose:
  • El polígono de la entidad solicitante tiene un estado de ocupación, menor o igual al 50%, se valorará con 5 puntos.
  • El polígono de la entidad solicitante tiene un estado de ocupación, mayor al 50% y menor o igual al 75%, se valorará con 10 puntos.
  • El polígono de la entidad solicitante tiene un estado de ocupación, mayor al 75% y menor o igual al 100%, se valorará con 15 puntos.
  1. Por no haber sido beneficiario de esta subvención en la 1ª convocatoria del año 2022, 10 puntos.

Resolución

Bloque Redes sociales