CONVOCATORIA 2022 DE SUBVENCIONES PARA LA CONSERVACIÓN, REHABILITACIÓN Y RESTAURACIÓN DE PALOMARES

Es objeto de la presente convocatoria la concesión de subvenciones a propietarios de inmuebles característicos de la arquitectura tradicional de la provincia de Palencia para la conservación, rehabilitación y restauración de los mismos, situados en los municipios que conforman el ámbito rural de la provincia de Palencia.

 

Haciendo referencia al Plan Nacional de Arquitectura, se define la Arquitectura Tradicional “como el conjunto de construcciones que surgen de la implantación de una comunidad en su territorio y que manifiestan en su diversidad y evolución su adaptación ecológica, tanto a los condicionantes y recursos naturales, como a los procesos históricos y modelos socioeconómicos que se han desarrollado en cada lugar. Constituyen un destacado referente entre las señas de identidad culturales de la comunidad que la ha generado, y es el resultado de experiencias y conocimientos compartidos, transmitidos y enriquecidos de una generación a otra”.

 

Se priorizarán aquellas construcciones representativas de la arquitectura tradicional que muestren tipologías únicas o en grave riesgo de desaparición, dando prioridad a las construcciones que formen parte de conjuntos paisajísticos claramente identificados, formen parte de municipios declarados Conjuntos Histórico Artísticos o se encuentren el ámbito de rutas o Bienes de Interés Cultural como son el Camino de Santiago o el Canal de Castilla.

Exclusivamente, en esta convocatoria serán objeto de subvención:

  • Palomares
  • Casetas de era
  • Colmenares tradicionales
  • Cabañas o chozos y corralizas
  • Guardaviñas
  • Molinos o batanes

Todas ellas, construcciones tradicionales realizadas con materiales autóctonos, con las técnicas de la tierra cruda (adobe o tapial) combinada también con otros materiales como piedra, madera, según sean estos materiales disponibles en el territorio de las diferentes zonas de la provincia, generalmente con la cubierta de teja árabe y en los casos de cabañas o chozos y corralizas, realizados con la técnica de la piedra en seco.

Tipo Convocatoria
Subvención
Estado Convocatoria
Adjudicada
Temática
Promoción Económica
Nombre Completo
CONVOCATORIA 2022 DE SUBVENCIONES PARA LA CONSERVACIÓN, REHABILITACIÓN Y RESTAURACIÓN DE PALOMARES
Objeto

Es objeto de la presente convocatoria la concesión de subvenciones a propietarios de inmuebles característicos de la arquitectura tradicional de la provincia de Palencia para la conservación, rehabilitación y restauración de los mismos, situados en los municipios que conforman el ámbito rural de la provincia de Palencia.

Beneficiarios

Podrán ser beneficiarios de esta convocatoria los siguientes:

  • Los propietarios de inmuebles descritos en la base 1, con independencia de que sean personas físicas o jurídicas, que estén ubicados en cualquier municipio de la provincia de Palencia, con exclusión del término municipal de Palencia.
  • Aquellos propietarios de palomares que, habiendo presentado solicitud en la convocatoria del año 2021, renunciaron por causa justificada.

Quedan excluidos de la presente convocatoria los propietarios de palomares que hayan recibido esta misma subvención en la convocatoria del año 2021.

           

Dotación o Importe
65.000,00
Periodicidad
Anual

Organismos

Emisor
Diputación de Palencia
Convocante
Promoción Económica

Bases de la Convocatoria

Fecha publicación
Número
64
Página
6
Otros BOPs
Enlace Boletín externo

Solicitud

Fecha Solicitudes
-
Lugar Presentacion

Los interesados deberán presentar una solicitud en el registro telemático de la Diputación de Palencia, conforme al formulario electrónico del procedimiento habilitado en el catálogo de procedimientos electrónicos de la sede electrónica de la Diputación de Palencia http://sede.diputaciondepalencia.es El certificado electrónico con el que se realice la presentación deberá corresponder al solicitante de la ayuda, en caso contrario no será admitida ni procederá subsanación de defecto alguno.            

 Aquellos sujetos que no se encuentren obligados a la presentación de la solicitud por medios electrónicos, conforme al artículo 14.1 y 14.2 de la Ley 39/2015, y opten por la tramitación presencial deberán presentar una solicitud dirigida a la Ilma. Sra. Presidenta de la Diputación de Palencia conforme al modelo A-0, disponible en la misma dirección anteriormente señalada (http://sede.diputaciondepalencia.es), dentro del apartado “tramitación presencial”, pudiendo presentar la misma en el Registro General de la Diputación o a través de cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

El plazo para la presentación de las solicitudes será de 1 mes, a contar desde el siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia, prorrogándose dicho plazo hasta el primer día hábil siguiente, cuando el último día sea sábado o festivo.

Informacion Adicional

Requisitos

Serán obligaciones de los beneficiarios en la presente convocatoria:

  • Cumplir el objetivo, ejecutar el proyecto, realizar la actividad o ejecutar el comportamiento que fundamenta la concesión de subvenciones.
  • Justificar ante el órgano concedente el cumplimiento de los requisitos y condiciones, así como la realización de la inversión y el cumplimiento de la finalidad que determine la concesión y disfrute de la subvención.
  • Las actividades deberán estar finalizadas el 30 de octubre de 2022.
  • Comunicar a la Diputación de Palencia la obtención de otras ayudas para la misma finalidad procedentes de cualesquiera Administraciones o Entes públicos, dentro de los quince días siguientes a su concesión, pudiéndose revocar o cancelar la ayuda si no se cumple esta obligación.

 

Criterios de valoración

Sobre la base de los principios de transparencia y objetividad para la concesión de ayuda, se tendrán en cuenta los siguientes criterios objetivos y su ponderación:

  1. Por el estado del inmueble (de 0 a 25 puntos)

Urgencia: Se valorarán más aquellas intervenciones en inmuebles en los que peligra su integridad o que haya riesgo cierto de pérdida irreversible de la edificación o elementos esenciales de la misma. 

  1. Valoración técnica (de 0 a 25 puntos)

Por las características de la restauración que conserven las tipologías, las técnicas tradicionales, los materiales autóctonos, etc., así como la compatibilidad de los usos y funciones actuales con aquellos para los que fueron construidos, primándose los aspectos sociales, pedagógicos y de acceso público.

  1. Interés etnográfico (de 0 a 10 puntos)

Singularidad: Se valorarán más aquellos inmuebles más antiguos, únicos, singulares o que representen tipologías únicas de su comarca.

  1. Recuperación integral (de 0 a 15 puntos)

Recuperación total: Se valorarán más aquellas intervenciones que suponen la recuperación total del inmueble y/o su funcionalidad original.

  1. Por adecuación del entorno y accesibilidad hasta la puerta del inmueble, (de 0 a 25 puntos).               

Entendiéndose por la limpieza de obstáculos hasta su acceso y en un perímetro de dos metros alrededor de los laterales del mismo.

Los criterios de valoración serán aportados por el solicitante mediante declaración responsable en la Memoria Explicativa (Anexo I).

Las restauraciones deberán realizarse con los mismos materiales y las mismas técnicas constructivas originales del edificio, o en todo caso con materiales y técnicas compatibles con la del edificio existente, estando específicamente prohibido el uso de cemento para los revestimientos, para elementos de arquitectura en tierra y para construcciones de piedra en seco.

Resolución

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