Es objeto de esta convocatoria la concesión de subvenciones a municipios, mancomunidades y entidades locales menores, para la mejora de los sistemas de abastecimiento de agua a la población en las localidades palentinas, mediante la ejecución de pequeñas obras y reparaciones en las mismas.
Las actuaciones a subvencionar deberán referirse a obras de rápida ejecución y bajo coste económico, tales como:
- Mejora de las captaciones principales y arquetas existentes.
- Reparación y/o renovación de aducciones.
- Obras de reparaciones en los depósitos: tales como impermeabilización, reformas estructurales, cercado, grifo toma-muestras, etc.
- Mejoras en los sistemas de potabilización.
- Renovación y/o reparación de equipos de bombeo, siempre que no hayan sido financiadas con cargo a ayudas de esta Diputación en los últimos cinco años.
Concesión de subvenciones a municipios, mancomunidades y entidades locales menores, para la mejora de los sistemas de abastecimiento de agua a la población en las localidades palentinas, mediante la ejecución de pequeñas obras y reparaciones en las mismas
Podrán ser beneficiarios de esta convocatoria los municipios o mancomunidades de población inferior a 20.000 habitantes y entidades locales menores de la provincia de Palencia.
Organismos
Bases de la Convocatoria
Solicitud
Registro telemático de la Diputación de Palencia, conforme al formulario electrónico del procedimiento habilitado en el catálogo del procedimiento electrónico de la sede electrónica de la Diputación de Palencia http://sede.diputaciondepalencia.es
Informacion Adicional
Toda Entidad Local incluida en esta vía de colaboración deberá garantizar el control de los consumos
- Emergencia de la obra: hasta 40 puntos.
- Obras que mejoren la calidad del agua de consumo, de conformidad con el RD 140/2003, de 7 de febrero, por el que se establecen los criterios sanitarios de la calidad del agua de consumo humano, y aquellas que sean de obligado cumplimiento por la normativa en vigor en materia sanitaria: hasta 40 puntos.
- Gestión que la entidad solicitante realiza sobre los consumos, teniendo en cuenta que la misma deberá promover el ahorro del agua, especialmente en la época estival. Se tomará como base para esta valoración la ordenanza y las tarifas correspondientes: hasta 20 puntos.