Es objeto de esta convocatoria la concesión de subvenciones a PYMES y autónomos del medio rural de la provincia de Palencia, para que hagan frente a los intereses que se deriven de las operaciones de crédito integradas en la línea de avales ICO-COVID-19, regulada por el Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, y la Resolución de 10 de abril de 2020, de la Secretaría de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa y resto de normativa aplicable que regule o amplíe esta línea de avales.
Es objeto de esta convocatoria la concesión de subvenciones a PYMES y autónomos del medio rural de la provincia de Palencia, para que hagan frente a los intereses que se deriven de las operaciones de crédito integradas en la línea de avales ICO-COVID-19.
La cuantía máxima de la subvención se corresponderá con los interreses a liquidar a través del préstamo a la entidad financiera dentro del año 2021.
- Podrán ser beneficiarios de esta convocatoria:
- Las PYMES que tengan un centro de trabajo en el medio rural palentino y que así lo acrediten.
- Y, los autónomos que realicen cualquier tipo de actividad económica en el medio rural palentino.
2.-La categoría de microempresas, pequeñas y medianas empresas (PYME) está constituida por las empresas que ocupan a menos de 250 personas y cuyo volumen de negocios anual no excede de 50 millones de euros o cuyo balance general anual no supera los 43 millones de euros, conforme a lo que se establece en el artículo 2 del Reglamento (UE) Nº 651/2014 de la Comisión de 17 de junio de 2014.
3.-.No podrán ser beneficiarios de esta convocatoria los sectores de producción primaria de productos agrícolas y ganaderos que figuran en el Anexo I del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.