Pleno de la Diputación de Palencia

29 Sep 2022

La Diputación de Palencia modifica el reglamento de la Caja de Cooperación para facilitar la asistencia económica a las entidades locales y que puedan disponer de más liquidez y financiación para hacer incremento de los costes

  • La modificación, el reglamento, ha sido aprobado hoy en el Pleno ordinario de la Institución con el apoyo del voto a favor del grupo Popular, grupo Mixto y Ciudadanos, y con la abstención del grupo Socialista
  • El cambio más significativo en el reglamento es la eliminación del límite de los 300.000 euros anuales que se podían destinar a operaciones de tesorería.
  • También se ha eliminado la limitación de que cada ayuntamiento podía acudir a estas operaciones cada dos años.
  • Con estas modificaciones, además de facilitar la asistencia económica a los ayuntamientos, se cubren nuevas necesidades y demandas de las entidades locales de la provincia.

 

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Pleno de la Diputación de Palencia. Septiembre 2022

El Pleno de la Diputación de Palencia ha aprobado hoy, con el voto a favor del grupo Popular, grupo Mixto y Ciudadanos, y con la abstención del grupo Socialista, la modificación del Reglamento de la Caja Provincial de Cooperación municipal para mejorar la asistencia económica a las entidades locales. El objetivo es que puedan contar con instrumentos financieros que les aporten liquidez y financiación con los que hacer frente a los incrementos de los costes en energía y combustibles, así como para poder asumir la cofinanciación o anticipo de proyectos enmarcados en las líneas de ayudas de la Agenda Rural o de fondos europeos.

La Caja Provincial de Cooperación municipal regula la asistencia económica de la Diputación a las entidades locales a través de la concesión de préstamos y operaciones de tesorería.  El reglamento que hoy ha sido modificado fue aprobado por el Pleno en sesión de 19 de febrero de 2021, sustituyendo al 26 de mayo de 2016.

El equipo de Gobierno de la Institución provincial, y concretamente el Área de Hacienda, a cuyo frente está la diputada María José de la Fuente, ha tomado la decisión de modificar el reglamento a la vista de la complicada situación presupuestaria y económica que están viviendo los ayuntamientos en cuyos presupuestos repercute el incremento de costes de energía eléctrica, gas y combustible. También se ha tenido en cuenta la importancia de que cuenten con instrumentos financieros que les aporten liquidez y financiación para hacer frente a la cofinanciación o al anticipo del gasto en subvenciones provenientes del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia u otros programas de las AAPP.

Asimismo, se han valorado otras cuestiones que aconsejan revisar determinados artículos para adaptar a otras las necesidades y demandas de las entidades locales. En definitiva, se trata de realizar unos retoques normativos que permiten eliminar aspectos autoimpuestos.

Concretamente, en lo que se refiere a la limitación que establecía el artículo primero de un importe máximo anual de 300.000 euros del capital de la Caja para operaciones de tesorería y que cada Ayuntamiento sólo pudiera acudir a estas operaciones cada dos años.

La experiencia de los años transcurridos desde que se introdujo esta nueva finalidad en 2016 ha puesto de manifiesto que no existe una excesiva demanda de este tipo de operaciones que obligue a limitar la disponibilidad de las mismas a favor de las entidades locales. De esta manera, no se establece importe máximo y la aceptación de la petición estará condicionada por la disponibilidad presupuestaria en cada momento.

Los cambios más significativos introducidos a través de la modificación del Reglamento de la Caja Provincial de cooperación son los siguientes:

  • Eliminar el límite de 300.000,00 euros anuales que, del capital de la Caja de Crédito, se podía destinar a operaciones de tesorería.
  • Suprimir la limitación de que cada Ayuntamiento sólo pudiera acudir a estas operaciones cada dos años, posibilitando que puedan acudir de forma reiterada a este mecanismo en función de sus necesidades.
  • Se amplían las finalidades de préstamos a que pueden acceder las Mancomunidades de municipios y entidades locales menores, permitiéndoles acceder a las operaciones de tesorería, refinanciación de préstamos concertados u operaciones para la financiación de material informático, finalidades que antes les estaban vedadas.
  • Se facilita la concesión de préstamos a Mancomunidades, permitiendo que el compromiso de los Ayuntamientos que la forman de atender subsidiariamente los pagos de los préstamos en caso de impago por parte de la Mancomunidad pueda realizarse por resolución de Alcaldía.
  • Se posibilita incrementar los fondos de la Caja de Cooperación a lo largo del ejercicio si fuera necesario.
  • Se disminuye el coste abaratando los préstamos eliminando el diferencial que contemplaba el reglamento anterior.

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