Se trata de la convocatoria de subvenciones destinadas a la creación, adecuación y conservación de infraestructuras rurales de uso agroganadero de titularidad pública en la provincia de Palencia.
Las actuaciones a subvencionar deberán referirse a:
- Realización de obras necesarias y adquisición de materiales destinados a la construcción de tanques y aljibes de agua para usos agrícolas.
- Construcción, adecuación, instalación y mejora de la salubridad de pilones y abrevaderos para uso de ganado.
- Recuperación, adecuación y mejora de captaciones de fuentes, estanques, manantiales y charcas naturales vinculadas al aprovechamiento por el ganado.
- Recuperación, adecuación y mejora de mangas y corrales tradicionales para manejo del ganado.
Tendrán la consideración de gastos subvencionables aquellos que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada.
Concesión de subvenciones para promover e incentivar actuaciones de creación, adecuación y conservación de infraestructuras rurales de uso agrícola y ganadero dependientes de las entidades locales de la provincia.
– Esta subvención se engloba dentro de las medidas para la consecución de la Meta 2.A “Aumento de inversiones en agricultura” de los Objetivos de Desarrollo Sostenible.
Estas bases reguladoras de la convocatoria se integrarán en el Plan estratégico de subvenciones del año 2026, contribuyendo al logro de sus objetivos mediante la colaboración con Entidades Locales para la instalación y mantenimiento de infraestructuras agropecuarias de uso comunitario.
Los Ayuntamientos de municipios de población inferior a 20.000 habitantes y Entidades Locales Menores de la provincia de Palencia.
No podrán ser beneficiarios de estas ayudas aquellos Ayuntamiento o Entidades Locales Menores que hayan sido beneficiarios en las convocatorias de 2024 o 2025. A estos efectos no serán considerados beneficiarios en la convocatoria de 2025, aquellas entidades que hubieran efectuado renuncia a la subvención por razones justificadas y esta renuncia haya sido aprobada por esta Diputación.
No será de aplicación esta limitación a los Ayuntamientos que tengan varios núcleos de población, en los que no exista entidad local menor, y que soliciten la ayuda para alguno de ellos que no haya sido beneficiario en convocatorias anteriores tal y como se indica en el párrafo anterior, ni a aquellos que por razones justificadas hubieron renunciado a la subvención concedida siendo la misma aceptada por la Diputación.
Organismos
Bases de la Convocatoria
Solicitud
Los interesados deberán presentar una solicitud en el Registro Electrónico General de la Diputación de Palencia conforme al formulario electrónico del procedimiento habilitado en el catálogo de procedimientos electrónicos de la sede electrónica de la Diputación de Palencia. El certificado electrónico con que se realice la presentación deberá corresponder al solicitante de la ayuda, en caso contrario no será admitida ni procederá subsanación de defecto alguno.
Informacion Adicional
Los interesados deberán presentar una solicitud en el Registro Electrónico General de la Diputación de Palencia conforme al formulario electrónico del procedimiento habilitado en el catálogo de procedimientos electrónicos de la sede electrónica de la Diputación de Palencia. El certificado electrónico con que se realice la presentación deberá corresponder al solicitante de la ayuda, en caso contrario no será admitida ni procederá subsanación de defecto alguno.
El lugar donde se realice la infraestructura ha de ser de titularidad pública.
Se acompañará a las solicitudes:
- Ficha descriptiva de las obras y actuaciones a realizar. (Modelo TEC.009 A-II).
- Presupuesto de la actuación.
- Planos de situación y localización geográfica, preferiblemente coordenadas GPS y un plano de detalle de las actuaciones a realizar.
- Certificado de acreditación de la titularidad pública de los terrenos donde se va actuar. (Modelo TEC.009 A-III).
- Fotografías del estado actual.
Esta ayuda será compatible con otras que pudieran obtenerse de otras Administraciones o entes públicos para el mismo fin, siempre que la suma de ambas no supere el total de la inversión realizada objeto de subvención. Será incompatible con otras provenientes de la Diputación de Palencia.
Sobre la base de los principios de transparencia y objetividad para la concesión de ayudas, se tendrán en cuenta los siguientes criterios:
• Por adecuación de las acciones subvencionables al objeto de la Convocatoria, su repercusión en un mayor número usuarios o el uso comunal de los mismos: (Hasta 30 puntos).
• Por la claridad y el nivel desarrollo de la propuesta; y el grado de definición de las actuaciones que se proponen: (Hasta 20 puntos).
En el caso de tanques y aljibes:
• No poseer en dicha localidad otro tanque de agua destinado a la misma finalidad: (20 puntos).
Para el resto de las actuaciones:
• Por la aplicación de soluciones adecuadas e integradas con el entorno y la utilización de materiales naturales y tradicionales: (Hasta 30 puntos).