La Diputación de Palencia convoca anualmente una subvención enfocada a la adquisición de productos de apoyo y realización de adaptaciones en el hogar y destinadas a personas que tengan su residencia habitual en un municipio de la provincia de Palencia de menos de 20.000 habitantes.
¿A quién están dirigidas?
Tanto a personas mayores como a personas en situación de dependencia o con discapacidad.
¿Qué pretenden estas ayudas?
La permanencia en el domicilio, garantizando la realización de actividades básicas de la vida diaria favoreciendo su movilidad, las tareas de higiene, alimentación y comunicación.
¿Quién puede ser una persona beneficiaria de estas ayudas?
Podrán ser beneficiarios de esta convocatoria las personas que cumplan alguna de las siguientes condiciones en la fecha de finalización de presentación de solicitudes:
- Tener cumplidos los 65 años
- Haber alcanzado 25 puntos o más en el Baremo de Valoración de Dependencia (BVD)
- Tener reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento
¿Qué otros requisitos han de cumplirse?
Además de cumplir alguna de las condiciones indicadas, en todo caso deberán cumplirse los siguientes requisitos:
- Que no hayan sido beneficiarios de las ayudas objeto de la presente Convocatoria en las correspondientes a las tres convocatorias anteriores que, en su conjunto, superen los 500,00€
- Estar empadronado en un municipio de la provincia de Palencia, con una población inferior a 20.000 habitantes, con al menos 6 meses de antelación a la fecha de presentación de la solicitud
- Residir en domicilio particular, salvo que exclusivamente se soliciten para financiar las ayudas incluidas en el apartado C) del artículo 4.2 (clases de ayudas)
- Que la renta anual de referencia del solicitante no supere 3 veces el importe anual del indicador Público de Referencia de Efectos Múltiples (IPREM)
- Que las ayudas solicitadas estén directamente relacionadas con la situación de dependencia y/o con el tipo de discapacidad, y favorezcan la autonomía personal de la persona mayor o discapacitada, y contribuir a mejorar la calidad de vida de la persona afectada
En caso de reformas o equipamientos en el domicilio ¿que condiciones deben cumplirse?
En el caso de que la ayuda solicitada implique la realización de obras y/o adquisición de equipamiento o elementos permanentes para la vivienda deberá acreditarse:
- Que se trate de la vivienda habitual del solicitante
- Que la vivienda esté arrendada por el solicitante o le pertenezca en propiedad o usufructo, o a su cónyuge o pareja de hecho, o un familiar hasta el 2º grado por consanguinidad o afinidad
- Que la vivienda esté ubicada en algún municipio de la provincia de Palencia con menos de 20.000 habitantes
¿A que se pueden dedicar estas ayudas?
- Adquisición de productos de apoyo para la potenciación de las relaciones con el entorno y desenvolvimiento personal (Audifonos, gafas, grúas, colchones antiescaras, sillas de ducha, bipedestadores…)
- Realización de obras con adquisición y/o adaptación de útiles en la vivienda habitual de la persona beneficiaria con carácter definitivo, siempre que eliminen obstáculos a la movilidad, comunicación y relación con el entorno. (Adaptación de baños, eliminación de barreras, ensanche de puertas…)
- Ayudas para aumentar la capacidad de desplazamiento y autonomía personal (Adaptación del vehículo, silla de rueda…)
¿Qué cantidad económica se concede y cuándo se puede utilizar?
La cantidad que se concede depende de la actuación que se realiza y de la capacidad económica de la persona.
La cuantía estará sujeta a un porcentaje de la actuación con un tope máximo.
¿Cuándo se pueden solicitar?
Son las bases de la convocatoria quien determina el periodo de solicitud, pero generalmente desde el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia hasta el 30 de septiembre.
¿Dónde se pueden solicitar?
Esta subvención se podrá solicitar directamente en el Registro Electrónico General de la Diputación de Palencia, o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 16.4 y 5 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
¿Qué obligaciones se derivan de la concesión de esta ayuda?
- Adquirir o alquilar la ayuda técnica o realizar la obra que fundamenta la concesión de la subvención
- Someterse a las actuaciones de comprobación y control financiero que efectúe la Diputación de Palencia. En el caso de obras de adaptación realizadas en el domicilio, finalizado el plazo de justificación, los trabajadores del CEAS correspondiente al lugar de residencia, podrán acudir al domicilio para realizar tareas de comprobación de la realidad de la obra efectuada y de cumplimiento del objetivo perseguido
- Comunicar a la Diputación de Palencia la obtención de otras subvenciones o ayudas que financien la inversión realizada, procedentes de cualesquiera Administraciones o Entes públicos, dentro de los quince días siguientes a su concesión, pudiéndose revocar o cancelar la ayuda si no se cumple esta obligación
- Las adquisiciones u obras subvencionadas deberán estar finalizadas antes de la finalización del plazo de justificación
- En su caso, la ejecución de las obras/instalaciones deberán contar con todas las autorizaciones administrativas necesarias previas a su ejecución
¿Son compatibles con otras ayudas?
Estas ayudas son incompatibles:
- Con otras ayudas provenientes de la Diputación de Palencia para el mismo objeto, exceptuando las ayudas de emergencia social
- Con las ayudas incluidas en los catálogos de prestaciones sanitarias de la Seguridad Social o de mutualidades de funcionarios civiles o militares
- Con las ayudas que, en su caso, convoque la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades de Castilla y León como ayudas económicas individuales para favorecer la autonomía personal de personas mayores, dependientes o con discapacidad
- Con la participación del solicitante en el Programa de “A gusto en casa”, salvo que la actuación haya sido realizada con anterioridad a la adhesión al Programa
¿Dónde se puede encontrar más información?
La convocatoria y las bases se publican anualmente en el Boletín Oficial de la Provincia. Posteriormente se pueden encontrar tanto en la página web de la Diputación Provincial como en la “Base de datos nacional de subvenciones”
Puede informarse en el Centro de Acción Social (CEAS) que le corresponda por su localidad de residencia. Puede consultar en el siguiente enlace cual le corresponde así como días, horas de atención y la forma de contacto: (https://www.diputaciondepalencia.es/sitio/servicios-sociales/ceas)
Tiene a su disposición para más información:
a. Teléfono: 979165990
b. Email: serviciossociales [at] diputaciondepalencia.es (serviciossociales[at]diputaciondepalencia[dot]es)
c. Sede: Edificio “Servicios Sociales”. Complejo hospitalario. Avenida San Telmo s/n 34004 Palencia