La Institución pretende favorecer la autonomía de las personas dependientes o con discapacidad

15 Feb 2018

La Diputación convoca ayudas para favorecer la autonomía de personas dependientes o con discapacidad que cuentan con una dotación económica de 60.000 euros

  • La convocatoria ha sido publicada el pasado 9 de febrero en el BOP (Boletín Oficial de la Provincia).
  • El objetivo de estas ayudas es mejorar el bienestar de estas personas y favorecer su movilidad, comunicación y participación en la vida social y económica de su entorno.
  • La cuantía total de la subvenciones asciende a 60.000 euros, de los cuales tendrá tope máximo de 1.5000 euros por persona y los gastos subvencionados serán los producidos entre el 1 de octubre de 2017 y el 31 de diciembre de 2018.

El plazo de solicitud está abierto hasta el próximo 30 de septiembre y al tratarse de una convocatoria abierta se producirán tres resoluciones a lo largo del año en los meses de abril, julio y octubre

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El Boletín Oficial de la Provincia (BOP) ha publicado la resolución definitiva de la convocatoria de ayudas de carácter individual para favorecer la autonomía personal de las personas dependientes, mayores o con discapacidad que cuentan con un montante total de 60.000 euros.

El objetivo de la convocatoria es otorgar ayudas económicas individuales para la adquisición de productos de apoyo y realización de adaptaciones en el hogar destinadas a promover la autonomía personal de estas personas. Con tal fin también se pretende garantizarles la realización de actividades básicas de la vida diaria y la máxima integración, mejorando su bienestar y favoreciendo su movilidad, comunicación y participación en la vida social y económica de su entorno.

Los beneficiarios de estas ayudas deberán cumplir una serie de requisitos, como tener cumplidos los 65 años, hayan alcanzado los 25 puntos en el Baremo de Valoración de Dependencia o tengan reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33%. Además, es fundamental que estén empadronados en un municipio de la provincia con población inferior a 20.000 habitantes, no hayan recibido ayudas en pasadas convocatorias que superen los 200€ o que la renta anual de referencia del solicitante no supere 3 veces el importe anual del indicador Público de Referencia de Efectos Múltiples (IPREM).

Las ayudas se distribuyen en cuatro clases. La primera se destinará a  aumentar la capacidad de desplazamiento y autonomía personal, como la adaptación del vehículo a motor o la adquisición de sillas de ruedas. La segunda será para la realización de obras con adquisición o adaptación de útiles en la vivienda habitual de la persona beneficiaria con carácter definitivo, como la adaptación del baño, de habitaciones o de pasillos.  

La tercera clase se dirige a la adquisición de ayudas técnicas para la potenciación de las relaciones con el entorno y desenvolvimiento personal, como los audífonos y las gafas o lentillas desechables. Por último, la cuarta categoría está destinada a otras ayudas técnicas, como camas articuladas con somier, manuales o eléctricas, grúa con arnés, ordenador personal, carro de ducha o baño, y cubiertos adaptados entre otros.

Los gastos subvencionados serán los producidos entre el 1 de octubre de 2017 y el 31 de diciembre de 2018 hasta un máximo de 1.500 euros. Los solicitantes podrán incluir en su solicitud todas las ayudas que estimen oportunas, incluso si son de diversos conceptos. En este caso deberán indicar el orden de prioridad de los mismos. 

Los interesados podrán presentar su solicitud conforme al modelo del Anexo I, hasta el 30 de septiembre de 2018, prorrogándose dicho plazo hasta el primer día hábil siguiente, cuando el último sea sábado, domingo o festivo. Dichas solicitudes se presentarán directamente en el Registro Electrónico General de la Diputación de Palencia, o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 16.4 y 5 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y acompañado de la documentación requerida en las bases de la convocatoria.

Tratándose de una convocatoria abierta se producirán tres resoluciones a lo largo del año en los meses de abril, julio y octubre. Además, las personas beneficiarias de las subvenciones tendrán las obligaciones previstas en la LGS; lo que requiere de justificación en el plazo máximo de 2 meses a contar desde la fecha en que hayan recibido el pago anticipado.

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