AYUDAS destinadas a la ejecución de actuaciones de emergencia en el CICLO HIDRÁULICO 2024. (BDNS 744033)

Ayudas a municipios, mancomunidades y entidades locales menores, para la mejora de los sistemas de abastecimiento de agua a la población en las localidades palentinas, mediante la ejecución de pequeñas obras y reparaciones en las mismas.
 

Tipo Convocatoria
Subvención
Estado Convocatoria
Pendiente de adjudicación
Temática
Medio Ambiente
Nombre Completo
BASES PARA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES MEDIANTE CONCURRENCIA COMPETITIVA A AYUNTAMIENTOS Y ENTIDADES LOCALES DESTINADAS A LA EJECUCIÓN DE ACTUACIONES DE EMERGENCIA EN EL CICLO HIDRÁULICO. (TEC.003_2024).
Objeto

Es objeto de esta convocatoria la concesión de subvenciones a municipios, mancomunidades y entidades locales menores, para la mejora de los sistemas de abastecimiento de agua a la población en las localidades palentinas, mediante la ejecución de pequeñas obras y reparaciones en las mismas. 

 

Beneficiarios

Municipios o mancomunidades de población inferior a 20.000 habitantes y entidades locales menores de la  provincia de Palencia.


Toda entidad local incluida en esta vía de colaboración deberá garantizar el control de los consumos de agua potable en la localidad donde solicita la ayuda.
 

Dotación o Importe
300.000,00

Organismos

Emisor
Diputación de Palencia
Convocante
Diputación de Palencia

Bases de la Convocatoria

Fecha publicación
Número
22
Página
5
Otros BOPs

Solicitud

Fecha Solicitudes
-
Lugar Presentacion

Sede electrónica de la Diputación de Palencia

 

Informacion Adicional

Requisitos

Toda entidad local incluida en esta vía de colaboración deberá garantizar el control de los consumos de agua potable en la localidad donde solicita la ayuda.
 

Los beneficiarios deberán disponer de la financiación necesaria para realizar la actuación cuya subvención solicite. A tal efecto, las entidades públicas deberán acreditar la existencia de crédito adecuado y suficiente en su presupuesto

Criterios de valoración

Sobre la base de los principios de transparencia y objetividad para la concesión de ayudas, se tendrán en cuenta los siguientes criterios:

  • a) Emergencia de la obra: Se dará prioridad en la puntuación a las solicitudes que, por motivos de emergencia para garantizar el suministro de agua a la población, se encuentren ya ejecutadas: hasta 40 puntos.
  • b) Obras que mejoren la calidad del agua de consumo, de conformidad con el RD 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios sanitarios de la calidad del agua de consumo su control y suministro, y aquellas que sean de obligado cumplimiento por la normativa en vigor en materia sanitaria. Se priorizará en la puntuación las solicitudes que, en cumplimiento con la
    normativa anterior, ya se encuentren realizadas: hasta 40 puntos.
  • c) Actuaciones que supongan una mejora de la eficiencia de los sistemas, reduzcan el consumo energético y permitan un seguimiento de las condiciones de suministro que asegure una adecuada calidad del agua. hasta 20 puntos.

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