Ayudas dirigidas a jóvenes para la compra, construcción, reforma y/o rehabilitación de viviendas en el ámbito rural de Palencia, 2024

El objeto de la presente convocatoria es fomentar el establecimiento y permanencia de la juventud en los municipios de la provincia de Palencia con el objetivo de fijar su residencia en dicho ámbito y luchar contra la despoblación en nuestra provincia.

Actuaciones subvencionables

Línea A
Compra de primera vivienda que vaya a ser destinada a vivienda habitual de la unidad familiar o de convivencia, y que se haya escriturado entre el 20 de mayo de 2023 y la fecha de publicación del extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Palencia, ambos inclusive.
En ningún caso se aceptará la compra de solar, parcela o semejante que no contenga una vivienda. 

Línea B
Honorarios facultativos en concepto de “Redacción de proyectos técnicos para la ejecución y rehabilitación de viviendas unifamiliares, incluido el IVA vigente” devengados desde el 20 de mayo de 2023 y la fecha de publicación del extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Palencia, ambos inclusive.
Los honorarios deberán haber sido efectivamente abonados con antes del 30 de septiembre de 2024.

Tipo Convocatoria
Ayuda
Estado Convocatoria
Adjudicada
Temática
Juventud
Nombre Completo
Ayudas dirigidas a jóvenes para la compra, construcción, reforma y/o rehabilitación de viviendas en el ámbito rural de Palencia, 2024
Beneficiarios

Podrán acogerse a estas ayudas los jóvenes que, en el momento de la publicación de la presente convocatoria reúnan los requisitos que se detallan a continuación:
 

LÍNEA A

  • Haber adquirido su primera vivienda y estar escriturada en el periodo comprendido entre el 20 de mayo de 2023 y la fecha de publicación del extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Palencia, ambos inclusive. En ningún caso se aceptará la compra de solar, parcela o semejante que no contenga una vivienda.
  • Tener una edad entre 18 y 36 años, ambos inclusive, en la fecha en que finaliza el periodo de presentación de solicitudes.
  • Que la vivienda esté ubicada en suelo urbano de municipios o Entidades Locales menores de la provincia de Palencia con población inferior a 20.000 habitantes.
  • Estar empadronado en la vivienda objeto de subvención en la fecha de  publicación de la presente convocatoria. Si el empadronamiento no ha sido posible todavía en la vivienda subvencionada debido a la reciente compra o por estar siendo objeto de reforma, rehabilitación o construcción, se deberá presentar una Declaración Responsable conforme al modelo Anexo A-II comprometiéndose a proceder a su empadronamiento en cuanto sea posible.
  • Ser la primera vivienda que se adquiere, y que la misma se vaya a  destinar a residencia habitual y permanente de la unidad familiar o de convivencia.
  • No haber sido beneficiario de ayudas convocadas por el Servicio de Juventud de la Diputación provincial de Palencia dirigidas a jóvenes, para la compra de vivienda en el ámbito rural de Palencia en convocatorias anteriores (línea A).
  • No ser titular del pleno dominio o de un derecho real de uso o disfrute sobre otra vivienda en un porcentaje superior al 50 por ciento.
  • No estar incurso en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario de subvenciones previstas en el art. 13.2 LGS, en lo que le resulte de aplicación.
  • Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, en los términos en que éstas se definen en los artículos 14 LGS y en los artículos 22, 23 y 24 RGS.
  • No tener deudas tributarias vencidas pendientes de pago con la Diputación Provincial de Palencia.
  • Acreditar el solicitante algún tipo de ingresos y que éstos sean inferiores a 29.400 euros (3,5 veces el IPREM anual de 2023 por 14 pagas) netos en el año 2023. La acreditación de tales ingresos se efectuará de
    oficio por esta Administración.


    LÍNEA B
  • Ostentar la propiedad o copropiedad de un solar o parcela edificable donde vaya a realizarse la construcción de la vivienda unifamiliar, o bien de la vivienda que vaya a ser objeto de rehabilitación o reforma.
  • Que la vivienda se vaya a destinar a residencia habitual y permanente de la unidad familiar o de convivencia.
  • Disponer del proyecto para la construcción, reforma y/o rehabilitación de la vivienda según el modelo del Colegio Oficial de Arquitectos visado por el Colegio Oficial de Arquitectos y aceptado por el facultativo que realiza el encargo entre el 20 de mayo de 2023 y la fecha de publicación del extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Palencia, ambos inclusive. Es imprescindible para poder valorar la solicitud que en dicho modelo conste el importe del Presupuesto de Ejecución Material (PEM).
  • Que los honorarios técnicos de la redacción de proyecto para la construcción, reforma y/o rehabilitación de vivienda estén efectivamente abonados antes del 30 de septiembre de 2024.
  • Tener una edad entre 18 y 36 años, ambos inclusive, en la fecha en que finaliza el periodo de presentación de solicitudes.
  • Que la vivienda y/o solar esté ubicado en suelo urbano de municipios o Entidades locales menores de la provincia de Palencia con población inferior a 20.000 habitantes.
  • Estar empadronado en la vivienda objeto de subvención a fecha de publicación de la presente convocatoria. Si el empadronamiento no ha sido posible todavía debido a la no finalización de las obras, deberá presentar además de la documentación requerida, una Declaración Responsable conforme al modelo Anexo A-II comprometiéndose a proceder a su empadronamiento en cuanto sea posible.
  • Ser la primera vivienda que se construye y/o rehabilita para destinarla a residencia habitual y permanente de la unidad familiar o de convivencia.
  • No haber sido beneficiario de ayudas convocadas por el Servicio de Juventud de la Diputación provincial de Palencia dirigidas a jóvenes, para construcción, reforma y/o rehabilitación de una vivienda en el
    ámbito rural de Palencia en convocatorias anteriores por el mismo concepto (Línea B).
  • No ser titular del pleno dominio o de un derecho real de uso o disfrute sobre otra vivienda en un porcentaje superior al 50 por ciento.
  • No estar incurso en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario/a de subvenciones previstas en el art. 13.2  LGS, en lo que le resulte de aplicación.
  • Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, en los términos en que éstas se definen en los artículos 14 LGS y en los artículos 22, 23 y 24 RGS.
  • No tener deudas tributarias vencidas pendientes de pago con la Diputación Provincial de Palencia.
  • Acreditar el solicitante algún tipo de ingresos y que éstos sean inferiores a inferiores a 29.400 euros (3,5 veces el IPREM anual de 2023 por 14 pagas) netos en el año 2023. La acreditación de tales ingresos se efectuará de oficio por esta Administración.
Dotación o Importe
100.000,00
Periodicidad
Anual
Emisor
Diputación de Palencia
Convocante
Diputación de Palencia
Tramitador
Fecha publicación
Número
60
Página
12
Otros BOPs
Fecha Solicitudes
-
Lugar Presentacion

Tramitación electrónica:
Los interesados deberán presentar la solicitud junto con la documentación exigida, en el Registro Electrónico de la Diputación de Palencia conforme al formulario electrónico del procedimiento habilitado a tal efecto dentro del apartado Catálogo de procedimientos-Juventud:
https://sede.diputaciondepalencia.es/siac/Procedimientos.aspx?#p10
 

Tramitación presencial:
Aquellos sujetos que no se encuentren obligados a relacionarse por medios electrónicos conforme al artículo 14.1 y 14.2 de la Ley 39/2015 y opten por la tramitación presencial deberán presentar la solicitud dirigida a la Ilma. Sra. Presidenta de la Diputación de Palencia conforme al modelo disponible en la sede electrónica de la Diputación de Palencia, en el procedimiento habilitado a tal efecto dentro del apartado Catálogo de procedimientos-Juventud: https://sede.diputaciondepalencia.es/siac/Procedimientos.aspx?#p10, pudiendo presentar la misma presencialmente en el Registro General de la Diputación de Palencia o a través de cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Se aceptarán hasta dos solicitudes por cada beneficiario (una para la línea A y otra para la línea B), pudiendo solicitar la ayuda todos los propietarios de la vivienda.

Las solicitudes se presentarán de forma individual por cada uno de los  propietarios y para cada una de las líneas indicando el porcentaje de propiedad que se ostenta sobre la vivienda.

No se admitirán solicitudes conjuntas.

No se admitirán aquellas solicitudes en las que se realice la petición conjunta de las dos líneas.

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