Convocatoria 2017 de líneas de Ayudas destinadas al mantenimiento del tejido industrial

Convocatoria 2017 de Líneas de Ayuda a la inversión destinadas al mantenimiento del tejido industrial y a proyectos e inversiones en sectores que representen oportunidades para el desarrollo económico de la provincia de Palencia.

Tipo Convocatoria
Subvención
Estado Convocatoria
Adjudicada
Temática
Promoción Económica
Nombre Completo
Convocatoria 2017 de Líneas de Ayuda a la inversión destinadas al mantenimiento del tejido industrial y a proyectos e inversiones en sectores que representen oportunidades para el desarrollo económico de la provincia de Palencia
Objeto

Facilitar la creación de nuevas empresas y la consolidación de actividades empresariales ya existentes, en el medio rural de la provincia de Palencia, valorándose el carácter innovador dinamizador y el esfuerzo inversor de las actividades que se concreten en un incremento de empleo.

Beneficiarios

Podrán ser beneficiarios de esta convocatoria las personas físicas, las sociedades, las cooperativas, las asociaciones y fundaciones, las comunidades de bienes, que inviertan en proyectos en el medio rural de la provincia de Palencia que supongan la creación o consolidación de empresarios individuales o pymes.

Se entenderá por <<pequeña y mediana empresa (PYME)>>, aquella que cumpla las condiciones establecidas en la Recomendación de la Comisión en el Reglamento (UE) nº 651/2014, sobre la definición de microempresa, pequeña y medianas empresas.

 Para acogerse a estas ayudas las empresas deberán tener su domicilio social y fiscal en la Provincia de Palencia y la inversión objeto de la ayuda se realizará en el medio rural de la Provincia. Así mismo el centro de trabajo radicará también en este territorio.

 En el caso de que la subvención sea solicitada por una comunidad de bienes, en la solicitud los miembros de la misma harán constar expresamente los compromisos de ejecución asumidos por cada uno de ellos, o si asumen solidariamente el desarrollo de la actividad. En este supuesto los citados miembros tendrán la consideración de beneficiarios. La comunidad de bienes no podrá disolverse en tanto no hayan transcurrido los plazos de prescripción establecidos en los artículos 39 y 65 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, general de Subvenciones.

 Para cada línea de subvención se establecen unas condiciones específicas para poder ser beneficiario de dicha línea.

Esta ayuda está sujeta al Reglamento UE 1407/2013, de la Comisión de 18 de diciembre, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del “Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis”, estando excluidas las empresas dedicadas a la producción primaria de productos agrícolas y las empresas de servicios dedicadas a las actividades de apoyo a la agricultura realizadas por cuenta de terceros. 

Dotación o Importe
1.224.000,00
Periodicidad
Anual

Organismos

Emisor
Diputación de Palencia
Convocante
Diputación de Palencia

Bases de la Convocatoria

Fecha publicación
Enlace Boletín externo

Solicitud

Fecha Solicitudes
-
Lugar Presentacion

Los interesados deberán presentar una solicitud en el registro telemático de la Diputación de Palencia, conforme al formulario electrónico[1] del procedimiento habilitado en el catálogo de procedimientos electrónicos de la sede electrónica de la Diputación de Palencia http://sede.diputaciondepalencia.es. El certificado electrónico con el que se realice la presentación deberá corresponder al solicitante de la ayuda.

Aquellos sujetos que no se encuentren obligados a la presentación de la solicitud por medios electrónicos, conforme al artículo 14.1 y 14.2 de la Ley 39/2015, y opten por la tramitación presencial deberán presentar una solicitud dirigida a la Ilma. Sra. Presidenta de la Diputación de Palencia conforme al modelo A-0, disponible en la misma dirección anteriormente señalada (http://sede.diputaciondepalencia.es), dentro del apartado “tramitación presencial”, pudiendo presentar la misma en el Registro General de la Diputación o a través de cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.



 

Informacion Adicional

Requisitos

Los beneficiarios, personas físicas, las sociedades, las cooperativas, las asociaciones y fundaciones, las comunidades de bienes, han de tener el domicilio social y fiscal en la Provincia de Palencia y centro de trabajo radicará en el medio rural, que supongan la creación o consolidación de empresarios individuales o pymes.

La inversión ha de realizarse en el medio rural de la provincia de Palencia desde el 1 de enero de 2016 y el 15 de septiembre de 2017 y en cuantía superior a 6.000,00 euros.

Que el periodo de alquiler sea desde el 1 de enero de 2017

No haber recibido subvención dentro de estas ayudas en alguna de las convocatorias de los años 2015, 2016 y no haber renunciado como beneficiarias definitivas en dos ocasiones en las convocatoria del periodo 2014-2016.

Incompatibilidades

Esta ayuda será compatible con otras que pudieran obtenerse de otras Administraciones o entes públicos para el mismo fin, siempre que la suma de ambas no sobrepasen los topes establecidos en los distintos regímenes de ayudas. Será incompatible con otras provenientes de la Diputación de Palencia.

 

Criterios de valoración

Criterios de valoración, hasta 100 puntos:

LINEA 1:

1) Cuantía de la inversión hasta 20 puntos,

2) Creación empleo estable hasta 20 puntos,

3) Promotores de colectivos prioritarios (desempleados 10, mujeres 10, jóvenes de hasta 36 años 2 y desempleados sin prestaciones 2),  hasta 20 puntos,

 4) Proyectos Singulares, hasta 25 puntos: sectores estratégicos (servicios a la tercera edad o infancia; medioambiental; sector turístico, e industria de la alimentación) hasta 15 puntos, 5 puntos más si los proyectos son del sector turístico y están ubicados en la Montaña Palentina, y  5 puntos para proyectos de accesibilidad.

5) Carácter innovador hasta 10 puntos

6) Proyectos ligados al sector turístico 5 puntos

LÍNEA 2:

1) Cuantía de la inversión, hasta 20 puntos,

2) Creación empleo estable, hasta 20 puntos,

3) Mantenimiento empleo estable, hasta 20 puntos,

4) Proyectos singulares, hasta 20 puntos: Sectores estratégicos (servicios a la tercera edad o infancia; medioambiental; sector turístico, e industria de la alimentación) hasta 10 puntos, 5 puntos más si los proyectos son del sector turístico y están ubicados en la Montaña Palentina y 5 más a los proyectos de accesibilidad.

5) Carácter innovador hasta 5 puntos

6) Proyectos ligados al sector turístico 10 puntos

7) Proyectos asociados a la recuperación o mantenimiento de empleos de empresas en situación de crisis o procesos concursales 5 puntos

LÍNEA 3:

Criterios de valoración sobre un máximo de 100 puntos:

  • Proyectos capitaneados por desempleados, jóvenes menores de 36 años o  mujeres, hasta 30 puntos
  • Proyectos en sectores estratégicos vinculados a la industria  agroalimentaria, servicios a la tercera edad o a los niños, medioambiente, proyectos turísticos asociados a la conservación del patrimonio; proyectos localizados en la montaña palentina o  proyectos destinados a eliminación de barreras arquitectónicas, hasta 30 puntos.
  • Capacidad de creación de empleo estable, hasta 20 puntos.

Carácter Innovador del proyecto, 20 puntos.

Resolución

Bloque Redes sociales