Convocatoria 2023 de subvenciones a PYMES para su asistencia a ferias profesionales de carácter comercial

Concesión de subvenciones a PYMES palentinas para su asistencia presencial a ferias profesionales de carácter comercial, de ámbito nacional o internacional, para la promoción de sus productos o servicios.

Tipo Convocatoria
Subvención
Estado Convocatoria
Adjudicada
Temática
Promoción Económica
Nombre Completo
Convocatoria 2023 de subvenciones a PYMES para su asistencia a ferias profesionales de carácter comercial
Objeto

Es objeto de esta convocatoria la concesión de subvenciones a PYMES palentinas para su asistencia presencial a ferias profesionales de carácter comercial, de ámbito nacional o internacional, para la promoción de sus productos o servicios.

Beneficiarios

Podrán ser beneficiarios de esta convocatoria los siguientes:

  • Las PYMES con sede social en el medio rural de la provincia de Palencia pertenecientes a los sectores agroalimentario, turístico, industrial y de servicios.
  • Las empresas adheridas a la marca de calidad de la Diputación de Palencia “Alimentos de Palencia”.
Dotación o Importe
30.000,00
Periodicidad
Anual

Organismos

Emisor
Diputación de Palencia
Convocante
Diputación de Palencia

Bases de la Convocatoria

Fecha publicación
Número
23
Página
4
Otros BOPs
Enlace Boletín externo

Solicitud

Fecha Solicitudes
-
Lugar Presentacion

Los interesados deberán presentar una solicitud  en el registro telemático de la Diputación de Palencia, conforme al formulario electrónico del procedimiento habilitado en el catálogo de procedimientos electrónicos de la sede electrónica de la Diputación de Palencia http://sede.diputaciondepalencia.es El certificado electrónico con el que se realice la presentación deberá corresponder al solicitante de la ayuda, en caso contrario no será admitida ni procederá subsanación de defecto alguno.       

 Aquellos sujetos que no se encuentren obligados a la presentación de la solicitud por medios electrónicos, conforme al artículo 14.1 y 14.2 de la Ley 39/2015, y opten por la tramitación presencial, deberán presentar una solicitud dirigida a la Ilma. Sra. Presidenta de la Diputación de Palencia conforme al modelo A-0, disponible en la misma dirección anteriormente señalada (http://sede.diputaciondepalencia.es), dentro del apartado “tramitación presencial”, pudiendo presentar la misma en el Registro General de la Diputación o a través de cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Las solicitudes habrán de presentarse en el plazo de al menos 5 días naturales antes de asistir al certamen expositivo, salvo que éste haya tenido lugar con anterioridad a la publicación de esta convocatoria. En este caso, el plazo para la presentación de la solicitud será de 1 mes a contar desde el siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia, prorrogándose dicho plazo hasta el primer día hábil siguiente, cuando el último día sea sábado o festivo.

En el caso de que una PYME asista a más de 1 certamen profesional, deberá presentar una solicitud para cada uno de ellos, admitiéndose un número máximo de 3 solicitudes.

Se acompañará a las solicitudes:

  • Inscripción o preinscripción de la feria a la que se va a asistir.
  • Memoria firmada (Anexo II) de la feria a la que asiste.
  • D.N.I. (persona física) o escrituras de la sociedad (persona jurídica).

Si la PYME es una Sociedad que ya ha presentado sus escrituras en años anteriores para esta misma convocatoria, no será necesario volver a hacerlo, salvo que se hayan producido cambios sustanciales en las mismas, como la modificación de la titularidad, la sede o el objeto social, etc.

Con independencia de la documentación señalada, se podrá requerir en todo momento la documentación o información complementaria que, en función de las características del proyecto o datos facilitados, se estime necesaria.

De acuerdo con lo previsto en el art. 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la Diputación de Palencia comprobará las solicitudes, los datos y documentación presentada, así como el cumplimiento de los requisitos y viabilidad de la solicitud, y si la misma no reuniese dichos requisitos el órgano competente requerirá a los interesados, en su caso, para que en el plazo de diez días se subsanen los defectos o se acompañen los documentos preceptivos, con indicación de que si así no lo hicieran se les tendrá por desistidos de su solicitud, previa la resolución que habrá de dictarse.

Si alguno de los sujetos obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con la Administración, indicados en los artículos 14.2 y 14.3 de la Ley 39/2015, presentase su solicitud presencialmente, la Diputación requerirá al interesado para que la subsane a través de su presentación electrónica.

Informacion Adicional

Requisitos

Los gastos/actuaciones a subvencionar deberán referirse a:

Acciones de promoción, por la participación en ferias, exposiciones y certámenes de carácter profesional, siempre que estén directamente relacionadas con la actividad empresarial realizada por el solicitante, ya sean nacionales o internacionales, quedando excluidas cualquiera de ellas cuyo objetivo principal sea la venta directa de los productos o servicios.

Serán subvencionables las acciones de promoción que hayan sido realizadas entre el 1 de octubre de 2022 y el 30 de septiembre de 2023.

No se considerarán subvencionables aquellas citas profesionales que la Diputación de Palencia organice y/o acuda como expositor.

Tendrán la consideración de gastos subvencionables aquellos que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada.

Se consideran gastos susceptibles de subvención los siguientes:

Se considerarán ferias internacionales aquellas que se realicen fuera del territorio español.

 

Incompatibilidades

Esta ayuda será compatible con otras que pudieran obtenerse de otras Administraciones o entes públicos para el mismo fin, siempre que la suma de ambas no supere el total de la inversión realizada objeto de subvención. Será incompatible con otras provenientes de la Diputación de Palencia.

El importe de las ayudas a una única empresa beneficiaria, sujetas al Reglamento (UE) Nº 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis no excederá de 200.000 euros a lo largo de un periodo de tres ejercicios fiscales.

Resolución

Bloque Redes sociales