CONVOCATORIA DE AYUDAS DESTINADAS A LA EJECUCIÓN DE OBRAS EMERGENCIA CICLO HIDRÁULICO (BDNS 424742)

Es objeto de esta convocatoria la concesión de subvenciones a municipios, mancomunidades y entidades locales menores, para la mejora de los sistemas de abastecimiento de agua a la población en las localidades palentinas, mediante la ejecución de pequeñas obras y reparaciones en las mismas. 

La concesión de la subvenciones se realizará en el ejercicio 2019, con cargo a los créditos del Presupuesto de la Diputación del citado ejercicio.

Toda entidad local incluida en esta vía de colaboración deberá garantizar el control de los consumos de agua potable en la localidad donde solicita la ayuda.

 

Tipo Convocatoria
Subvención
Estado Convocatoria
Adjudicada
Temática
Medio Ambiente
Nombre Completo
CONVOCATORIA DE AYUDAS DESTINADAS A LA EJECUCIÓN DE OBRAS EMERGENCIA CICLO HIDRÁULICO (BDNS 424742)
Objeto

Es objeto de esta convocatoria la concesión de subvenciones a municipios, mancomunidades y entidades locales menores, para la mejora de los sistemas de abastecimiento de agua a la población en las localidades palentinas,
mediante la ejecución de pequeñas obras y reparaciones en las mismas.

Beneficiarios
  • Podrán ser beneficiarios de esta convocatoria los municipios o mancomunidades de población inferior a 20.000 habitantes y entidades locales menores de la provincia de Palencia.
  • Toda entidad local incluida en esta vía de colaboración deberá garantizar el control de los consumos de agua potable en la localidad donde solicita la ayuda.
  • Los beneficiarios deberán disponer de la financiación necesaria para realizar la actuación cuya subvención solicite. A tal efecto, las entidades públicas deberán acreditar la existencia de crédito adecuado y suficiente en su presupuesto
Dotación o Importe
250.000,00
Periodicidad
Anual

Organismos

Emisor
Diputación de Palencia
Convocante
Diputación de Palencia

Bases de la Convocatoria

Fecha publicación
Número
143
Página
13
Enlace Boletín externo

Solicitud

Fecha Solicitudes
-
Lugar Presentacion

Los interesados deberán presentar una solicitud en el registro telemática de la Diputación de Palencia, conforme al formulario electrónico del procedimiento habilitado en el catálogo del procedimiento electrónico de la sede electrónica de la Diputación de Palencia http://sede.diputacióndepalencia.es.

El certificado electrónico con el que realice la presentación deberá corresponder al solicitante de la ayuda.

Informacion Adicional

Requisitos

El plazo para la presentación de las solicitudes será de un mes, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia, prorrogándose dicho plazo hasta el primer día hábil siguiente, cuando el último día sea sábado o festivo.
Se acompañará a las solicitudes:

    • Ficha informativa de la actuación a realizar (modelo TEC.003.A-II). En el apartado de justificación de la emergencia de la obra se incluirán también, si fuera el caso, aquellas acciones realizadas por la entidadque hayan podido contribuir a paliar los problemas existentes.
    • Plano de localización de las obras
    • Certificados de la existencia de contadores en la localidad afectada, y de la existencia de Ordenanza reguladora de la gestión del agua que incluye una tarifa asociada al consumo, en vigor, con indicación de la fecha de la publicación de la misma en el BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA (modelo TEC.003.A-III). Se deberá presentar un certificado por cada una de las localidades afectadas por las obras solicitadas, si fuera el caso. Estarán exentas de presentarlo aquellas  entidades que lo hubieran entregado en esta Diputación en anteriores convocatorias, y cuya ordenanza en vigor no haya sido modificada con posterioridad.
    • Presupuesto detallado de la actuación o Memoria Valorada, según proceda, donde queden bien definidas y valoradas las unidades de obra a reparar o ejecutar, incluyendo mediciones así como las características técnicas de los equipos a instalar o reparar.
    • En el caso de obras ya ejecutadas deberán presentar además:

a) Copia de la/s factura/s correspondiente/s con el detalle de las unidades y mediciones de las actuaciones ejecutadas,
b) Fotografías que justifiquen la realización de las obras o instalación de los equipos para los que se solicita la ayuda.

No se admitirá más de una solicitud por entidad de población.

Incompatibilidades

Las actuaciones a subvencionar deberán referirse a obras de rápida ejecución y bajo coste económico, conducentes a evitar y/o resolver situaciones de emergencia por la falta, escasez o calidad del agua de consumo humano, tales como:

  • Mejora de las captaciones principales y arquetas existentes.
  • Reparación y/o renovación de aducciones.
  • Obras de reparaciones en los depósitos: tales como impermeabilización, reformas estructurales, cercado, grifo toma-muestras, etc.
  • Mejoras en los sistemas de potabilización.
  • Renovación y/o reparación de equipos de bombeo, siempre que no hayan sido financiadas con cargo a ayudas de esta Diputación en los últimos cinco años.
  • En general toda obra que afecte a elementos básicos y que sea necesaria para garantizar el abastecimiento de agua a la población.

 

Se considerarán subvencionables aquellas obras o inversiones que se hayan ejecutado a partir de la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes de la convocatoria de 2018 (4 de enero de 2018).

 

No serán objeto de esta convocatoria:

 

  • La ejecución de obras completas que requieran una planificación.
  • Obras que supongan una ampliación del servicio de abastecimiento de agua a nuevas construcciones de viviendas.
  • Nuevas captaciones y sondeos.
  • Realización de acometidas domiciliarias e instalación de contadores.
  • Labores de limpieza, explotación y/o mantenimiento de instalaciones de abastecimiento en general.
  • Renovación y/o reparaciones de redes internas de distribución de agua.
  • Reparaciones de fugas en redes internas de distribución, o de cualquier elemento que forme parte de las redes internas de distribución de agua.
  • No serán subvencionables los gastos de personal en las obras que se ejecuten por el personal de la Administración.
Criterios de valoración

Sobre la base de los principios de transparencia y objetividad para la concesión de ayudas, se tendrán en cuenta los siguientes criterios:

 a)     Emergencia de la obra: hasta 40 puntos.

 b)    Obras que mejoren la calidad del agua de consumo, de conformidad con el RD 140/2003, de 7 de febrero, por el que se establecen los criterios sanitarios de la calidad del agua de consumo humano, y aquellas que sean de obligado cumplimiento por la normativa en vigor en materia sanitaria: hasta 40 puntos.

 c)     Gestión que la entidad solicitante realiza sobre los consumos, teniendo en cuenta que la misma deberá promover el ahorro del agua, especialmente en la época estival. Se tomará como base para esta valoración la ordenanza y las tarifas correspondientes: hasta 20 puntos.

 Tras la valoración, y en igualdad de puntuación, tendrán prioridad aquellas obras ya ejecutadas, así como aquellas acciones que no han recibido ayudas por parte de esta Diputación destinadas a tal fin en los últimos cinco años, siempre que hubiera  presupuesto suficiente para satisfacer todas las necesidades.

 

Resolución

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