Convocatoria de Caminos 2018

Es objeto de esta convocatoria la concesión de subvenciones a Ayuntamientos, para promover e incentivar actuaciones de reposición de Caminos Rurales dependientes de los municipios de la provincia de Palencia.

Tipo Convocatoria
Subvención
Estado Convocatoria
Adjudicada
Temática
Desarrollo rural
Nombre Completo
Convocatoria de subvenciones mediante concurrencia competitiva a Ayuntamientos de la provincia de Palencia, destinadas a la reposición de caminos rurales, 2018
Objeto

Es objeto de esta convocatoria la concesión de subvenciones a Ayuntamientos, para promover e incentivar actuaciones de reposición de Caminos Rurales dependientes de los municipios de la provincia de Palencia.

Beneficiarios

Podrán ser beneficiarios de esta convocatoria los Ayuntamientos de población inferior a 20.000 habitantes de la provincia de Palencia.

No podrán ser beneficiarios de estas ayudas los Ayuntamientos que hayan sido beneficiarios en la convocatoria del 2017, aun cuando hubieran renunciado a la misma o no ejecutado.

Dotación o Importe
250.000,00
Periodicidad
Anual

Organismos

Emisor
Diputación de Palencia
Convocante
Diputación de Palencia
Tramitador

Bases de la Convocatoria

Fecha publicación
Número
84
Página
14
Enlace Boletín externo

Solicitud

Fecha Solicitudes
-
Lugar Presentacion

Los interesados deberán presentar una solicitud en el registro telemático de la Diputación de Palencia conforme al formulario electrónico del procedimiento habilitado en el catálogo del procedimiento electrónico de la sede electrónica de la Diputación de Palencia.

Informacion Adicional

Requisitos

Los interesados deberán presentar una solicitud en el registro telemático de la Diputación de Palencia conforme al formulario electrónico del procedimiento habilitado en el catálogo del procedimiento electrónico de la sede electrónica de la Diputación de Palencia http://sede.diputacióndepalencia.es.

 El certificado electrónico con el que realice la presentación deberá corresponder al solicitante de la ayuda.

 El plazo para la presentación de las solicitudes será de un mes, a contar desde el siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia, prorrogándose dicho plazo hasta el primer día hábil siguiente, cuando el último día sea sábado o festivo.

 Se acompañará a las solicitudes:

 - Ficha técnica del camino. (Modelo TEC.008.A-II).

- Certificado de acreditación de la titularidad pública del camino. (Modelo TEC.008.A-III).

- Plano de localización del camino y plano ampliado señalando el/los tramo/s sobre los que se pretende actuar.

- Fotos del estado del camino actualizadas y a color.

 Cada Ayuntamiento podrá presentar una única solicitud de actuación para un único camino, en caso de presentar un Ayuntamiento más de una solicitud, se desestimarán todas.

Incompatibilidades

No podrán ser beneficiarios de estas ayudas los Ayuntamientos que hayan sido beneficiarios en la convocatoria del 2017, aun cuando hubieran renunciado a la misma o no ejecutado.

Esta ayuda será compatible con otras que pudieran obtenerse de otras Administraciones o entes públicos para el mismo fin, siempre que la suma de ambas no supere el total de la inversión realizada objeto de subvención. Será incompatible con otras provenientes de la Diputación de Palencia.

Criterios de valoración

Sobre la base de los principios de transparencia y objetividad para la concesión de ayudas, se tendrán en cuenta los siguientes criterios:

 1) Caminos públicos que afecten a más de un núcleo de población:

a. Caminos que comunican dos términos municipales y han sido solicitados por ambos municipios: (10 puntos).

b. Otros caminos que comunican núcleos de población o términos municipales. (7 puntos).

c. Un único núcleo de población. (3 puntos).

 2) Necesidad o urgencia de mantenimiento y/o reparación del camino (según criterio técnico): hasta 10 puntos.

 3) Importancia y usos del camino: hasta 10 puntos.

 4) Año de ejecución o última intervención del camino que se pretende arreglar: hasta 10 puntos.

 5) Haber sido beneficiario el Ayuntamiento con ayudas en anteriores convocatorias de Diputación: hasta 10 puntos.

 a. No haber sido beneficiarios desde la creación de la convocatoria. (10 puntos).

b. Haber sido beneficiario en las convocatorias del 2009 al 2012 (7 puntos).

c. Haber sido beneficiario en las convocatorias del 2013 y/o 2014 (3 puntos).

d. Haber sido beneficiario en las convocatorias del 2015 y/o 2016 (0 puntos).

 

Documentacion Anexa

Resolución

Bloque Redes sociales