Subvenciones a asociaciones juveniles para el desarrollo de actividades juveniles, 2022

Convocatoria de subvenciones a asociaciones juveniles que tengan su sede en algunos de los municipios de la provincia con menos de 20.000 habitantes y que estén reconocidas e inscritas como tales en la fecha de publicación de esta convocatoria por la Junta de Castilla y León.

Tipo Convocatoria
Subvención
Estado Convocatoria
Adjudicada
Temática
Juventud
Nombre Completo
Subvenciones a asociaciones juveniles para el desarrollo de actividades juveniles, 2022
Objeto

Concesión de ayudas económicas a asociaciones juveniles para el desarrollo de actividades juveniles.

 

Beneficiarios

Asociaciones juveniles que tengan su sede en algunos de los municipios de la provincia con menos de 20.000 habitantes y que estén reconocidas e inscritas como tales en la fecha de publicación de esta convocatoria por la Junta de Castilla y León.

 

 

Dotación o Importe
19.200,00
Periodicidad
Anual

Organismos

Emisor
Diputación de Palencia
Convocante
Diputación de Palencia
Tramitador

Bases de la Convocatoria

Fecha publicación
Número
30
Página
8
Enlace Boletín externo

Solicitud

Fecha Solicitudes
-
Lugar Presentacion

Las solicitudes junto con la documentación exigida se presentarán en el Registro Electrónico de la Diputación Provincial de Palencia, conforme a los formularios electrónicos del procedimiento habilitado a tal efecto en el “Catálogo de procedimientos” de la Sede Electrónica: https://sede.diputaciondepalencia.es

Informacion Adicional

Criterios de valoración

Serán subvencionables los gastos que de manera indubitada respondan a la naturaleza de los conceptos subvencionables y se realicen entre el 1 de octubre de 2021 y el 30 de septiembre de 2022.

Gastos subvencionables:
Los derivados de las actuaciones dirigidas a jóvenes relacionadas con el ocio saludable, la prevención, medio ambiente, formación y la dinamización juvenil.

Los gastos de equipamiento tales como: material informático, enseres, utillaje, y en general, material necesario para el normal funcionamiento de la asociación, hasta un máximo del 50% de la cantidad concedida.

Gastos menores del funcionamiento de la asociación hasta un 15% de la ayuda concedida. Se podrá aceptar mayor cantidad en caso de que el gasto sea necesario e imprescindible para el normal funcionamiento de la Asociación y tenga directa relación con la actividad que la misma desarrolla de forma habitual.

Resolución

Bloque Redes sociales