Subvenciones a ayuntamientos para la realización de obras de reparación, conservación y mejora de los colegios de educación infantil y primaria del medio rural de la provincia de Palencia, estableciéndose una línea de subvención de 240.000 €, cofinanciada entre la Consejería de Educación de la Junta de Castilla y León y la Diputación de Palencia, en virtud del convenio suscrito entre ambas administraciones.
Es objeto de esta convocatoria la concesión de ayudas a los ayuntamientos para la realización de obras de reparación, conservación y mejora de los colegios de educación infantil y primaria del medio rural de la provincia de Palencia, ejecutadas desde el 15 de junio de 2024 hasta el 16 de septiembre de 2025,estableciéndose una línea de subvención de 240.000 €, cofinanciada entre la Consejería de Educación de la Junta de Castilla y León y la Diputación de Palencia, en virtud del convenio suscrito entre ambas administraciones a tal efecto con fecha 20 de mayo de 2024.
La financiación comprenderá todo lo necesario para la realización de la obra (redacción del proyecto, dirección de la obra, proyecto de seguridad, etc.)
Esta subvención se engloba dentro de las medidas para la consecución de la Meta 0.41 ”Asegurar la calidad de la educación primaria y secundaria” de los Objetivos de Desarrollo Sostenible.
Podrán solicitar estas ayudas todos los ayuntamientos de municipios de la provincia de Palencia de población inferior a 20.000 habitantes en cuyo término municipal esté ubicado algún colegio de educación infantil y primaria en los que se preste servicio educativo por parte de la Consejería de Educación.
Organismos
Bases de la Convocatoria
Solicitud
Los interesados deberán presentar una solicitud en el registro telemático de la Diputación de Palencia, conforme al formulario electrónico del procedimiento habilitado en el catálogo de procedimientos electrónicos de la sede electrónica de la Diputación de Palencia http://sede.diputaciondepalencia.es. El certificado electrónico con el que se realice la presentación deberá corresponder al solicitante de la ayuda, en caso contrario no será admitida ni procederá subsanación de defecto alguno.
Si el ayuntamiento solicitante presentase su solicitud presencialmente, se le requerirá para que la subsane a través de su presentación electrónica.
Informacion Adicional
Serán actuaciones subvencionables aquellas obras cuyo presupuesto de ejecución sea superior a 5.000 €, IVA incluido.
El presupuesto total de la actuación o actuaciones para las que se solicite la subvención no podrá exceder de 30.000 €, IVA incluido. Si la obra superase este presupuesto podrá dividirse en fases, que deberán ser propuestas en la primera solicitud, señalando el presupuesto de la fase para la que se solicita la subvención, así como los presupuestos de cada una de las fases.
No se podrá solicitar subvención para una obra ya subvencionada en el ejercicio anterior y que no haya sido ejecutada. Esto es válido también para cada fase.
Las obras aceptadas como subvencionables en esta convocatoria, aun formando parte de un proyecto mayor, no podrán recibir ninguna otra financiación por parte de ninguna entidad pública o privada.
Esta ayuda no será compatible con otras que pudieran obtenerse de otras Administraciones o entes públicos para el mismo fin.
Las obras para las que se solicite subvención serán baremadas con arreglo a los siguientes criterios:
- Obras que afecten a la estructura del edificio, sus cubiertas, calefacción: su equipo y radiadores: 0,00116666 puntos por euro del presupuesto presentado.
- Obras que afecten a la higiene, confort y eficiencia energética: 0,00066666 puntos por euro del presupuesto presentado.
- Aseos y sus instalaciones de fontanería.
- Aislamientos.
- Ventanas y sus complementos.
- Luminarias, cuadros eléctricos e instalaciones eléctricas en general.
- Obras que afecten a la seguridad, accesos y eliminación de barreras: 0,0005 puntos por euro del presupuesto presentado.
- Cerramientos, verjas y vallados.
- Rampas, escaleras y accesorios.
- Ascensores.
- Obras en instalaciones complementarias de ocio y deporte: 0,0005 puntos por euro del presupuesto presentado
- Cerramientos, verjas y vallados de instalaciones deportivas.
- Obras y arreglos de todo tipo incluidos pista de patio e instalaciones deportivas.
- Pintura y pavimentos: 0,00016666 puntos por euro del presupuesto presentado.
- Por solicitar subvención para una obra consistente en una única actuación, correspondiente a un único grupo: 0,00033333 puntos por euro del presupuesto presentado
El importe de la subvención se obtendrá distribuyendo de forma proporcional, y siempre que no supere el 80% del gasto total de la actividad, el importe total consignado entre los solicitantes en función de los puntos obtenidos resultantes de aplicar los criterios de valoración indicados. Del importe de dicha subvención el 25 % se aplicará al ejercicio 2023 y el 75 % al ejercicio 2024.
La subvención no podrá superar el 80% del gasto total de la actividad aceptada para la que se solicita la subvención, comprometiéndose el ayuntamiento a aportar la cantidad restante del coste.