Subvenciones para el mantenimiento de mastines para prevenir el ataque de animales salvajes.

Esta convocatoria pretende subvencionar la tenencia de perros de raza mastín con el fin de prevenir  contra el ataque de animales salvajes a los ganaderos de la provincia de Palencia.

Estas ayudas se ajustan al Reglamento (UE) n.º 1408/2013, de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, modificado por el Reglamento (UE) 2019/316 de 21 de febrero de 2019, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas mínimis en el sector agrícola.

Publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Palencia del 10/11/2023 la ampliación plazo de justificación hasta el 29 febrero de 2024.

Tipo Convocatoria
Subvención
Estado Convocatoria
Adjudicada
Temática
Desarrollo rural
Nombre Completo
Bases para concesión de subvenciones, en régimen de minimis, mediante concurrencia competitiva a ganaderos, destinadas a la prevención de ataques de animales salvajes en la provincia de Palencia, año 2023.
Objeto

Es objeto de esta convocatoria la concesión de subvenciones a ganaderos de la provincia de Palencia para actuar preventivamente contra los ataques por animales salvajes que experimentan sus explotaciones ganaderas.

Estas subvenciones se engloban dentro de las medidas propuestas para la consecución de la meta 2.4 de los Objetivos de Desarrollo Sostenible “Prácticas agrícolas sostenibles y resilientes”

Estas bases reguladoras de la convocatoria se integran en el Plan estratégico de subvenciones del año 2023, aprobado en fecha 5 de enero de este año, modificadas con fecha 31 de agosto de 2023, contribuyendo al logro de sus objetivos mediante actuaciones encaminadas a favorecer las practicas ganaderas y la convivencia entre el medio natural y el tejido ganadero.

Beneficiarios

Podrán ser beneficiarios de esta convocatoria los ganaderos de ovino, caprino, vacuno y ganado caballar cuya explotación esté inscrita en el REGA con domicilio en la provincia de Palencia.

Dotación o Importe
50.000,00
Periodicidad
Anual

Organismos

Emisor
Diputación de Palencia
Convocante
Diputación de Palencia
Tramitador

Bases de la Convocatoria

Fecha publicación
Número
117
Página
9
Otros BOPs
Ampliación plazo justificación hasta el 29/02/2024 (inclusive)

Solicitud

Fecha Solicitudes
-
Lugar Presentacion

- Los interesados que sean personas jurídicas deberán presentar una solicitud en el Registro Electrónico de la Diputación de Palencia conforme al formulario electrónico del procedimiento habilitado en el catálogo de procedimientos electrónicos de la sede electrónica de la Diputación de Palencia http://sede.diputaciondepalencia.es  

El certificado electrónico con que se realice la presentación deberá corresponder al solicitante de la ayuda, en caso contrario no será admitida ni procederá subsanación de defecto alguno.

 

- Los interesados que sean personas físicas, deberán presentar una solicitud:

a) En papel en la Oficina de atención registro Electrónico de la Diputación de Palencia sito en la calle Burgos s/n de Palencia o en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Puede descargar el formulario A-0 en formato pdf haciendo click sobre estas líneas si desea presentar en papel la solicitud.

b) Opcionalmente de forma telemática a través de la sede electrónica de la Diputación Provincial de Palencia. http://sede.diputaciondepalencia.es

 

Informacion Adicional

Requisitos

 

Junto a la solicitud deberán presentar la siguiente documentación:

  • Ficha descriptiva de la actuación a realizar. (Modelo TEC.023 A-II). Pulse sobre esta línea para descargar el formulario de la ficha descriptiva.
  • Copia de los pasaportes de los animales a subvencionar, donde se certifique que está al día en cuanto a vacunaciones y desparasitaciones obligatorias y se especifique número de identificación del animal y propietario. El animal deberá estar a nombre alguno de los titulares de la explotación en caso de entidades jurídicas o bien de la propia entidad.
  • Certificado del tipo de actividad ganadera, según su régimen de explotación, extensiva, mixta o intensiva.
  • Copia de la última hoja del Libro de Explotación de la ganadería demandante de ayuda, actualizada en el mes previo a la solicitud.
  • Copia, en caso de referir ataque de animales salvajes, de la acreditación por parte de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio.
  • Declaración responsable de estar al corriente de pagos con la Seguridad Social y la Agencia Tributaria.
  • Declaración Responsable en el que se relacionen otras ayudas percibidas para la misma finalidad y sujetas a mínimis, declarando que no se superan los umbrales establecidos Reglamento (UE) nº 1408/2013, de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, modificado por el Reglamento (UE) 2019/316 de 21 de febrero de 2019, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas mínimis en el sector agrícola. 
Incompatibilidades

No podrán ser beneficiarios de estas ayudas aquellos destinatarios que superen el umbral de acumulación de ayudas en régimen de mínimis de 20.000 euros en un período de tres ejercicios fiscales, tal y como dispone el Reglamento (UE) nº 1408/2013, de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, modificado por el Reglamento (UE) 2019/316 de 21 de febrero de 2019, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas mínimis en el sector agrícola.

Criterios de valoración

Se subvencionará un máximo de 1 mastín por cada fracción de hasta:

- 150 cabezas de ovino-caprino.

- 50 cabezas de vacuno o ganado caballar.

Sobre la base de los principios de transparencia y objetividad para la concesión de ayudas, se tendrán en cuenta los siguientes criterios:

- Por el tipo de explotación declarada.  (Hasta 10 puntos):

  • Extensiva: 10 puntos
  • Semiextensiva o Mixta
  • Intensiva:3 puntos
  • No especificada: 0 puntos

- Por ataques sufridos en la explotación en los 5 años anteriores a la solicitud. 7 puntos.

Documentacion Anexa

Resolución

Bloque Redes sociales