Subvenciones rehabilitación y reparación edificios afectos al servicio público 2020.

Concesión de subvenciones a ayuntamientos y entidades locales menores de la provincia de Palencia para promover e incentivar la realización de pequeñas obras de rehabilitación y reparación de edificios o instalaciones afectos al servicio público de titularidad de las entidades locales de la provincia de Palencia.

Tipo Convocatoria
Subvención
Estado Convocatoria
Adjudicada
Temática
Contratación Obras
Nombre Completo
Subvenciones mediante concurrencia competitiva a ayuntamientos y entidades locales menores de esta provincia destinadas a la rehabilitación y reparación de edificios o instalaciones afectos al servicio público de titularidad de las entidades locales.
Objeto

Es objeto de esta convocatoria la concesión de subvenciones a ayuntamientos y entidades locales menores de la provincia de Palencia para promover e incentivar la realización de pequeñas obras de rehabilitación y reparación de edificios o instalaciones afectos al servicio público de titularidad de las entidades locales de la provincia de Palencia, para mejorar su calidad y sostenibilidad.

Beneficiarios

Podrán ser beneficiarios de esta convocatoria los Ayuntamientos de población inferior a 20.000 habitantes y Entidades locales Menores de la provincia de Palencia titulares de edificios o instalaciones afectos al servicio público.

Dotación o Importe
1.000.000,00
Periodicidad
Anual

Organismos

Emisor
Diputación de Palencia
Convocante
Diputación de Palencia
Tramitador

Bases de la Convocatoria

Fecha publicación
Número
22
Página
25

Solicitud

Fecha Solicitudes
-
Lugar Presentacion

Registro telemático de la Diputación de Palencia conforme al formulario electrónico del procedimiento habilitado en el catálogo del procedimiento electrónico de la sede electrónica de la Diputación de Palencia http://sede.diputaciondepalencia.es

Informacion Adicional

Requisitos

Las acciones subvencionables deberán referirse a:

• Obras de rápida ejecución y bajo coste económico, conducentes a mejorar las condiciones eficiencia energética, accesibilidad y prestación de los servicios públicos en edificios o instalaciones afectos al servicio público (casas consistoriales, puntos de información y atención al público, centros socioculturales, consultorios médicos, bibliotecas, piscinas públicas).

Tendrán la consideración de gastos subvencionables aquellos que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada. Los tributos serán gasto subvencionable cuando el beneficiario de la subvención los abona efectivamente. En ningún caso se consideran gastos subvencionables los Gastos Generales, el Beneficio Industrial de los proyectos ni el IVA cuando este sea deducible para el beneficiario de la subvención.

No serán objeto de esta convocatoria:

• Inversiones que tengan una vida útil inferior a cinco años, así como las que se refieran a la adquisición de mobiliario, enseres (incluyendo electrodomésticos) y vehículos.

• Obras en inmuebles no afectos al servicio público o viviendas de titularidad municipal.

• Aquellas actuaciones cuyo fin no persiga de incremento de la eficiencia energética, la minimización del consumo de recursos naturales y la mitigación de los efectos del cambio climático.

• Aquellas obras que por la importancia de su cuantía económica o que por su propio objeto (obra nueva, rehabilitación completa de edificios, obras estructurales, etc.) puedan tener cabida en los Planes Provinciales de la Diputación de Palencia.

• Aquellas obras financiadas por otras líneas de ayudas de la Diputación en esta anualidad (Instalaciones relacionadas con la gestión municipal del agua, Instalaciones deportivas, Colegios, etc.)

• Los gastos de personal de las Entidades Locales, incluso cuando las actuaciones se realicen por personal de la propia Administración.

Se considerarán subvencionables aquellas obras y/o acciones que se hayan ejecutado a partir de la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes de las convocatorias destinadas a la rehabilitación y reparación de edificios o instalaciones afectos al servicio público 2019 (15 de diciembre de 2018).

Incompatibilidades

Esta ayuda será compatible con otras que pudieran obtenerse de otras Administraciones o entes públicos para el mismo fin, siempre que la suma de ambas no supere el total de la inversión realizada objeto de subvención. Será incompatible con otras provenientes de la Diputación de Palencia.

Criterios de valoración

Sobre la base de los principios de transparencia y objetividad para la concesión de ayudas, se tendrán en cuenta los siguientes criterios: 

- Necesidad y urgencia de la reparación o reforma de los edificios o instalaciones afectos al servicio público, desde el punto de vista del estado actual, priorizándose aquellas que en mayor medida contribuyan al incremento de la eficiencia energética, la minimización del consumo de recursos naturales y la mitigación de los efectos del cambio climático o a la mejora de la accesibilidad de la instalación. (Hasta 40 puntos).

 - Necesidad y utilidad social de la inversión a realizar, valorando positivamente según finalidad de del edificio o instalación, la mejora del servicio público prestado, la tasa de población, el uso de estos espacios, y el valor social, cultural y/o artístico acreditado. (Hasta 30 puntos).

 - Concreción y grado de definición de la solución a adoptar, en base a la documentación aportada, valorándose la viabilidad técnica y económica de las actuaciones, priorizándose aquellas que con una menor inversión consigan el objetivo de conservación y mantenimiento global del edificio o instalación, promuevan la utilización de energías renovables y la edificación sostenible. (Hasta 30 puntos).

Resolución

Bloque Redes sociales