Es objeto de esta convocatoria la concesión de subvenciones a ayuntamientos de la provincia de Palencia para la creación o adecuación de áreas de juegos infantiles y parques biosaludables de la provincia y la mejora de las condiciones de los mismos mediante la realización de obras de adaptación y adquisición de equipamiento.
Esta subvención se engloba dentro de las medidas para la consecución de la meta 11.7 Proporcionar el acceso a zonas verdes y espacios públicos seguros de los Objetivos de Desarrollo Sostenible.
Estas bases reguladoras de la convocatoria se integran en el Plan estratégico de subvenciones del año 2024, aprobado en fecha 28 de diciembre de 2023, contribuyendo al logro de sus objetivos de hacer efectivas las competencias que el artículo 36 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, atribuye a las Diputaciones y, en particular, las de asistencia y cooperación jurídica, económica y técnica a los municipios, especialmente a los de menor capacidad económica y de gestión, en la creación, conservación y mejora de áreas de juegos infantiles y parques biosaludables municipales mediante pequeñas obras y reparaciones.
Es objeto de esta convocatoria la concesión de subvenciones a ayuntamientos de la provincia de Palencia para la creación o adecuación de áreas de juegos infantiles y parques biosaludables de la provincia y la mejora de las condiciones de los mismos mediante la realización de obras de adaptación y adquisición de equipamiento.
Las acciones subvencionables deberán referirse a uno de los dos tipos de infraestructuras: Áreas de juegos infantiles o Parques biosaludables:
Opción 1: ÁREAS DE JUEGOS INFANTILES
- Resolución de deficiencias en las áreas de juegos infantiles ya existentes que puedan afectar a la integridad física de usuarios, mejora de las condiciones de seguridad y adaptación a la normativa europea UNE-EN 1176, UNE-EN 1177, UNE 147103 y UNE 147101 en relación a:
- Acotación, señalización y accesibilidad al área de juegos infantiles.
- Elementos de juego deteriorados o que no cumplan la normativa europea (Equipamiento).
- Revestimientos de las superficies de las áreas de juego absorbentes de impactos.
- Renovación completa del área existente por deficiencias totales y modificación de su emplazamiento por otro más acorde con su uso.
- Creación de nuevas áreas de juegos infantiles en los núcleos de población en los que no exista ninguno, adaptados a la normativa europea UNE-EN 1176, UNE-EN 1177, UNE 147103 y UNE 147101.
- Certificación de adecuación global del área a la normativa europea realizada por entidad acreditada por ENAC. (obligatoria para todas las actuaciones).
Opción 2: PARQUES BIOSALUDABLES
El parque biosaludable ha de encontrase en una localización distinta a las áreas de juegos infantiles existentes.
- Resolución de deficiencias en los parques biosaludables ya existentes que puedan afectar a la integridad física de usuarios y mejora de las condiciones de seguridad en relación a:
- Acotación, señalización y accesibilidad al parque biosaludable.
- Aparatos deteriorados (Equipamiento).
- Revestimientos de las superficies del parque.
- Renovación completa del parque existente por deficiencias totales y modificación de su emplazamiento por otro más acorde con su uso.
- Creación de nuevos parques biosaludables en los núcleos de población en los que no exista ninguno.
Podrán ser beneficiarios de esta convocatoria los ayuntamientos de población inferior a 20.000 habitantes de la provincia de Palencia.