Programa para la conservación, ampliación y gestión de patrimonios municipales de suelo

Programa provincial de cooperación para destinar ayudas a los municipios que cuenten con planeamiento general y, por tanto, estén dotados del correspondiente instrumento de intervención en el mercado de suelo con la finalidad, según el artículo 123.2 de la Ley de Urbanismo de Castilla y León, de facilitar la ejecución del planeamiento urbanístico, obtener reservas de suelo para actuaciones previstas en aquél y contribuir a la regulación del mercado inmobiliario.

Tipo Convocatoria
Subvención
Estado Convocatoria
Adjudicada
Temática
Contratación Obras
Nombre Completo
Programa de cooperación económica para la conservación, ampliación y gestión de los patrimonios municipales de suelo de la provincia
Objeto

Este Programa, con las bases que lo componen, tiene por objeto regular la concesión directa, con carácter extraordinario y por razones de interés público y social, de subvenciones a los municipios de la provincia que tengan constituido el patrimonio municipal de suelo, así como su distribución y entrega, en las cuantías máximas que figuran en el anexo I, de acuerdo con lo previsto en el artículo 22.2.c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el artículo 67 de su Reglamento de desarrollo y el artículo 125 de la Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León.

El presente Programa de ayudas se enmarca en la gestión del patrimonio provincial de suelo de la Diputación de Palencia y tiene como finalidad contribuir a la consecución de los fines de los patrimonios municipales de suelo de la provincia.

Las subvenciones previstas en el Programa habrán de destinarse a ejecutar actuaciones que se encuentren incluidas en los fines de interés social establecidos para los patrimonios públicos de suelo en el artículo 125 de la Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León, y en el artículo 374 del Reglamento de Urbanismo de Castilla y León, aprobado por Decreto 22/2004, de 29 de enero, y que, por tanto, sean compatibles con el planeamiento urbanístico o los instrumentos de ordenación del territorio.

Beneficiarios

Serán beneficiarios directos de las ayudas previstas en este Programa los ayuntamientos de la provincia que tengan constituido su respectivo patrimonio municipal de suelo.

Dichos ayuntamientos podrán solicitar ayudas de hasta el 100 por cien del coste imputable de las actuaciones en una o varias de las tipologías contempladas por la base 8, en los términos y condiciones establecidos por este Programa, que podrán ser financiadas con cargo a todo o una parte del presupuesto con el que cada una de ellos cuente de conformidad con lo dispuesto en el anexo I, siempre que los ayuntamientos comuniquen su aceptación y formulen las correspondientes solicitudes con arreglo a lo previsto en estas bases

Organismos

Emisor
Diputación de Palencia
Convocante
Diputación de Palencia
Tramitador

Bases de la Convocatoria

Fecha publicación
Otros BOPs
Enlace Boletín externo

Solicitud

Fecha Solicitudes
-

Informacion Adicional

Requisitos

Los Ayuntamientos deberán aceptar de forma expresa e inequívoca, mediante escrito dirigido a la Presidenta de la Diputación, el presupuesto concedido y el compromiso de ajustarse en su integridad a este Programa (modelo 1), y procederán a solicitar el importe de las actuaciones o inversiones, en cualquiera de las tipologías contempladas en la base 8, que pretendan financiar con cargo a la subvención que reciban.

A tal efecto, presentarán la siguiente documentación:

a)         Solicitud con propuesta ordenada y preferente de actuaciones, hasta agotar globalmente el presupuesto asignado al municipio respectivo, con expresión de los importes individualizados, así como relación ordenada de actuaciones supletorias que se proponen para los supuestos de imposibilidad de realizar las actuaciones anteriores o de baja en la adjudicación de las inversiones (modelo 2),

b)         Documentación anexa (modelo 3) que acredite que las actuaciones solicitadas se incardinan en el destino del patrimonio municipal de suelo y no existen impedimentos para su ejecución, así como que el solicitante se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social y en el cumplimiento de sus obligaciones de reintegro de subvenciones de la Diputación Provincial, y que no ha solicitado ni recibido ayudas para la misma finalidad, o con las recibidas no se supera el coste de la actuación o se cubren los mismos costes.

c)         Ficha individualizada que describa cada una de las actuaciones incluidas en las relaciones del modelo 2, con arreglo al modelo disponible en la sede electrónica.

Resolución

Bloque Redes sociales