La administración provincial, pionera en regular el trabajo en remoto

04 Oct 2021

La Diputación de Palencia aprueba el reglamento que permitirá dos días de teletrabajo a los empleados de la institución que lo soliciten

  • Se autoriza solo en puestos cuyas competencias puedan desarrollarse gracias al uso de tecnologías de la información y la comunicación
  • La administración provincial se convierte así en una de las pioneras de España en regular esta modalidad laboral no presencial
  • El trabajo a distancia será de carácter voluntario, reversible y con idénticas condiciones para los funcionarios y el personal laboral
  • Otro principio rector es que el teletrabajo contribuya a la modernización y a la transformación digital que registra la gestión de la Diputación
  • Se dará prioridad a trabajadoras gestantes, empleados con menores o discapacitados a su cargo y víctimas de violencia sexista
  • También se atenderá con preferencia a miembros de la plantilla cuya residencia habitual diste más de veinte kilómetros del centro laboral
  • El personal que se acoja dispondrá de un año de modalidad de trabajo a distancia, prorrogable previo informe favorable de su supervisor
  • Se reconocen la igualdad legal y social con el empleado presencial, la prevención de riesgos, la privacidad y la desconexión digital
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El pleno de la Diputación de Palencia ha aprobado en su sesión ordinaria de septiembre el reglamento que regulará el teletrabajo en la institución, que se convierte así en una de las pioneras de España en disponer de este mecanismo indispensable para implantar la modalidad laboral no presencial. La medida, que defendió en el pleno la diputada delegada del Área de Hacienda y Administración General, María José de la Fuente —vicepresidenta segunda y portavoz del Grupo Popular—, recibió el respaldo del equipo de gobierno (PP) y de los grupos de Ciudadanos y Mixto (Ganemos Palencia), mientras que el Grupo Socialista se abstuvo.

El objetivo del reglamento es regular el teletrabajo, conforme estableció hace aproximadamente un año el artículo 47 bis del Estatuto Básico del Empleado Público, incorporado mediante el Real Decreto-Ley 29/2020, de 29 de septiembre, último paso legal dado a nivel nacional para implantar esta figura en la administración pública. Este artículo, además de establecer las líneas básicas del teletrabajo en el ámbito público, da pie a que las administraciones desarrollen sus propios instrumentos normativos reguladores, como es el nuevo reglamento de la Diputación de Palencia.

Además de la legislación específica, la administración provincial ha tenido en consideración la reciente legislación sobre la materia, así como su adecuación al espíritu de la Ley de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Publicas (2015), que establece los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia. La plantilla actual de la Diputación de Palencia ronda los cuatrocientos empleados, si bien los puestos susceptibles de aplicar un régimen no presencial son aproximadamente la mitad.

TRES CAPÍTULOS. La norma se estructura en tres capítulos: el primero recoge las disposiciones generales del teletrabajo en la Diputación de Palencia (principios básicos, ámbito de aplicación y requisitos necesarios para acceder a esta modalidad, derechos y deberes de los empleados que se acogen a ella, criterios de implantación, aportación de medios, formación y regulación de riesgos laborales). Un segundo apartado se dedica al régimen de autorización, regulándose los supuestos de suspensión, modificación y revocación; y un tercer capítulo establece los mecanismos de seguimiento y evaluación, las situaciones excepcionales y la creación de una comisión encargada de la materia.

Con carácter general, la Diputación autorizará el teletrabajo solo en puestos cuyas competencias puedan desarrollarse con el uso de tecnologías de la información y la comunicación. En todo caso, este régimen tendrá un carácter voluntario y reversible, a solicitud del trabajador interesado. Otro de los principios rectores del reglamento es que se aplica con idénticas condiciones a los funcionarios y al personal laboral. Asimismo, la institución plantea que el sistema de trabajo no presencial contribuya al proceso de modernización y transformación de la gestión administrativa que vive desde hace años la Diputación de Palencia.

CONCILIACIÓN. El reglamento establece unos baremos para dar prioridad a las trabajadoras gestantes, los empleados con menores o discapacitados a su cargo y las víctimas de violencia sexista. También se atenderá con preferencia a los miembros de la plantilla cuya residencia habitual diste más de veinte kilómetros del centro laboral. Uno de los objetivos indirectos de la medida es favorecer la conciliación de la vida laboral y familiar. Asimismo, la opción del teletrabajo ha de respetar la igualdad de derechos con el empleo presencial, la garantía del cumplimiento de medidas de seguridad social y prevención de riesgos laborales, así como la privacidad, confidencialidad y protección de datos, y el derecho a la desconexión digital, conforme a la Ley orgánica de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales (2018).

La Diputación de Palencia, como el conjunto de las administraciones públicas del mundo occidental, está inmersa en unos procesos de reorganización y profundo cambio, movida por la implantación de las tecnologías de la información y la comunicación en las tareas habituales de los puestos de trabajo, así como en la relación con los ciudadanos y en la gestión del propio empleado público. El gobierno de la institución quiere organizar el teletrabajo conforme a ese contexto de cambio y modernización.

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