Datos generales del tratamiento
Fines
Gestión de préstamos de libros y documentos, así como el registro y carné de socios de la biblioteca.
Legitimación
RGPD, 6.1.b) el tratamiento es necesario para la ejecución de un contrato en el que el interesado es parte o para la aplicación a petición de este de medidas precontractuales.
Categorías de interesados
Estudiantes y solicitantes de libros e información.
Categorías: Solicitantes; Estudiantes.
Categorías de datos personales
Identificación: Nombre y apellidos.
Transferencias de datos a terceros países u organizaciones internacionales
No existen transferencias de datos a terceros países.
Plazos previstos para la supresión
Se conservarán durante el tiempo que necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos. Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y documentación.
Medidas de seguridad
Las medidas de seguridad implantadas se corresponden con las previstas en el Anexo II (Medidas de seguridad) del Real Decreto 3/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica.
Gestión de préstamos de libros y documentos, así como el registro y carné de socios de la biblioteca.
RGPD, 6.1.b) el tratamiento es necesario para la ejecución de un contrato en el que el interesado es parte o para la aplicación a petición de este de medidas precontractuales.
Estudiantes y solicitantes de libros e información.
Categorías: Solicitantes; Estudiantes.
Identificación: Nombre y apellidos.
No existen transferencias de datos a terceros países.
Se conservarán durante el tiempo que necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos. Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y documentación.
Las medidas de seguridad implantadas se corresponden con las previstas en el Anexo II (Medidas de seguridad) del Real Decreto 3/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica.