BASES DE LA CONVOCATORIA 2026 PROGRAMA ESCUELA EMPRESARIOS Y EMPRENDEDORES FORMACIÓN A LA CARTA

Esta convocatoria tiene por objeto colaborar en el diseño de Acciones Formativas que se pondrán en marcha a través del Programa de la Escuela de Empresarios y Emprendedores en el año 2026.

Tipo Convocatoria
Subvención
Estado Convocatoria
En plazo de presentación
Temática
Promoción Económica
Nombre Completo
BASES DE LA CONVOCATORIA 2026 PERTENECIENTE AL PROGRAMA DE ESCUELA DE EMPRESARIOS Y EMPRENDEDORES EN LA MODALIDAD DE FORMACIÓN A LA CARTA
Objeto

Esta convocatoria tiene por objeto colaborar en el diseño de acciones formativas que se podrán poner en marcha a través del Programa de la Escuela de Empresarios y Emprendedores del año 2026. 

Esta convocatoria se engloba dentro de las medidas para la concesión de la Meta 8.3 “Fomento de la pequeña y mediana empresa” de los ODS.

Esta convocatoria, aun no figurando en el Plan estratégico de subvenciones del año 2025, es necesaria para conseguir los siguientes logros: la motivación y formación empresarial, reforzando los objetivos previstos en el citado Plan. 

Beneficiarios

Podrán colaborar en el diseño de la formación a la carta: autónomos, PYMES, asociaciones y fundaciones que tengan sede social y fiscal en la provincia de Palencia y que justifiquen la necesidad de su impartición para la materialización de su idea o cualificación profesional, y que cuenten con alumnos destinatarios (en el anexo II deberán figurar los alumnos inscritos y al menos el 50% deberá realizar la formación que se solicita).

También podrán solicitar formación los emprendedores palentinos que quieran desarrollar un plan de empresa y que tengan un proyecto empresarial definido a desarrollar en la provincia de Palencia.

Quedan excluidos de la presente convocatoria como demandantes de formación:

  • Empresas o autónomos cuya actividad económica se dedique a impartir forma
Dotación o Importe
30.000,00
Periodicidad
Anual
Emisor
Diputación de Palencia
Convocante
Diputación de Palencia
Fecha publicación
Número
23
Página
7
Otros BOPs
Fecha Solicitudes
-
Lugar Presentacion

Los interesados deberán presentar una única solicitud en el registro telemático de la Diputación de Palencia, conforme al formulario electrónico del procedimiento habilitado en el apartado “Subvenciones y ayudas” de la sede electrónica de la Diputación de Palencia http://sede.diputaciondepalencia.es.  El certificado electrónico con el que se realice la presentación deberá corresponder al solicitante de la ayuda, en caso contrario no será admitida ni procederá subsanación de defecto alguno.   

Aquellos sujetos que no se encuentren obligados a la presentación de la solicitud por medios electrónicos, conforme al artículo 14.1 y 14.2 de la Ley 39/2015, y opten por la tramitación presencial deberán presentar una solicitud dirigida a la Ilma. Sra. Presidenta de la Diputación de Palencia conforme al modelo A-0, disponible en la misma dirección anteriormente señalada (http://sede.diputaciondepalencia.es), dentro del apartado “tramitación presencial”, pudiendo presentar la misma en el Registro General de la Diputación o a través de cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

El plazo para la presentación de las solicitudes será de un mes, a contar desde el siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia, prorrogándose dicho plazo hasta el primer día hábil siguiente, cuando el último día sea sábado o festivo.

 Se acompañará a las solicitudes:

  • Fotocopia del DNI de la persona solicitante
  • Fotocopia del NIF donde figure la sede social y fiscal de la entidad.
  • Documento con la propuesta formativa presentada que deberá incluir al menos, los siguientes aspectos: denominación y localidad de la actividad formativa, objetivos, contenidos, duración estimada, colectivo destinatario, nombre y apellidos de los alumnos destinatarios, sector económico al que va dirigido y justificación de la necesidad de formación, según Anexo II.

Con independencia de la documentación señalada, se podrá requerir en todo momento la documentación o información complementaria que en función de las características del proyecto o datos facilitados se estime necesaria.

De acuerdo con lo previsto en el art. 68 de la 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la Diputación de Palencia comprobará las solicitudes, los datos y documentación presentada, así como el cumplimiento de los requisitos y viabilidad de la solicitud y si la misma no reuniese dichos requisitos, el órgano competente requerirá a los interesados, en su caso, para que en el plazo de diez días se subsanen los defectos o se acompañen los documentos preceptivos, con la indicación de que si así no lo hicieran se les tendrá por desistidos de su solicitud,  previa resolución que habrá de dictarse.

Si alguno de los sujetos obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con la Administración, indicados en los artículos 14.2 y 14.3 de la Ley 39/2015, presentase su solicitud presencialmente, la Diputación requerirá al interesado para que la subsane a través de su presentación electrónica. 

 

Requisitos

El propósito de esta convocatoria es posibilitar que las acciones formativas propuestas posibiliten la cualificación profesional de emprendedores, empresarios y trabajadores. En este sentido para la propuesta formativa, se definen algunos requisitos que deberán contemplar las acciones formativas:

  • Únicamente se admitirá una solicitud de formación por entidad.
  • Los contenidos formativos referidos deberán referirse a los diferentes sectores económicos con implantación en la provincia de Palencia o bien de carácter emergente. Todos los cursos deberán realizarse en formato presencial, salvo que por motivos sanitarios se indique lo contrario por la autoridad competente.
  • Sector/temática de la acción formativa: agroalimentaria, industrial, servicios, gestión de empresas, emprendedores, nuevas tecnologías, marketing y ventas.
  • Duración mínima de quince horas y máximo de ochenta horas de cada curso.
  • La duración máxima de la jornada de formación será de 8 horas.
  • Las acciones formativas deberán tener un mínimo de 6 alumnos para estudiar su propuesta y realización, para lo cual se deberá aportar nombre y apellidos de los destinatarios en la documentación que se aporte en la solicitud). Se podrá realizar un estudio particularizado de las acciones formativas que tengan un número menor de alumnos, siempre que se considere de interés su realización por esta administración.
  • Las acciones formativas que se incorporen a la Programación de la Escuela de Empresarios y Emprendedores 2026 serán publicitadas por la Diputación de Palencia y se permitirá la inscripción de alumnos que no pertenezcan a la organización de la entidad solicitante.  En el caso de que las instalaciones donde se realice la formación no tengan capacidad para atender a la demanda total de alumnos, se establecerán los criterios de selección oportunos entre esta administración y la entidad solicitante.
  • La entidad solicitante será la responsable de la inscripción de los alumnos en la plataforma habilitada al efecto para este fin y de aportar la documentación correspondiente al curso a la Diputación de Palencia.  No se admitirán inscripciones de alumnos una vez iniciada la acción formativa.
  • Al menos el 50% de los alumnos inscritos que figuren en la propuesta formativa del solicitante deberán realizar la formación solicitada, si este no fuere el caso, el curso se podrá suspender a juicio de la Diputación de Palencia.
  • La entidad que solicita la formación no podrá ejecutar con sus propios medios la acción formativa.
  • Todas las acciones formativas que se realicen deberán contar con un seguro de accidentes tanto para los alumnos como para el personal docente que correrá a cargo de la entidad solicitante de la acción formativa y que será la responsable de entregar dicho seguro a la Diputación de Palencia.  En caso de no entregarse antes del inicio del curso, se suspenderá el mismo.
  • Las acciones formativas de ocio y/o tiempo libre, no se contemplan para su realización dentro de la Escuela de Empresarios y Emprendedores.

Las acciones formativas que se aprueben deberán ser realizadas durante el ejercicio 2026, debiendo contar previamente a su realización con la aprobación expresa de la Diputación de Palencia a través del Servicio de Promoción Económica y Empleo.

CARACTERÍSTICAS ESPECIALES DE LA FORMACIÓN PARA EMPRENDEDORES.

Cuando la solicitud de un curso para el desarrollo de un plan de empresa provenga de un emprendedor o emprendedores, no se tendrán en cuenta los criterios de valoración y se realizará cuando concurran un mínimo de 6 emprendedores. Se podrá realizar un estudio particularizado de las acciones formativas que tengan un número menor de alumnos, siempre que se considere de interés su realización por esta administración.

Incompatibilidades

Las acciones formativas que se aprueben y se pongan en marcha a través del Programa de la Escuela de Empresarios y Emprendedores del año 2026 serán incompatibles con otras que pudieran obtenerse de otras Administraciones o entes públicos para el mismo fin y con otras provenientes de la Diputación de Palencia.

Criterios de valoración

Los criterios de valoración de las acciones formativas son los siguientes:

Por el grado de innovación de la actividad formativa (hasta 30 puntos).  Se valorarán:

  • Hasta 10 puntos aquellas acciones formativas que no hayan sido desarrolladas los últimos tres años dentro de la Programación de la Escuela de Empresarios y Emprendedores.
  • 10 puntos por acciones formativas que se desarrollen en el medio rural palentino.
  • Hasta 10 puntos las acciones formativas que se distingan por su carácter innovador, con el siguiente desglose:
  • Carácter innovador de la temática de la acción formativa hasta 10 puntos.
  • La entidad que presenta la solicitud no ha solicitado y realizado ninguna acción formativa dentro de esta programación: 10 puntos.

Por el grado de ejecución de la anterior acción formativa (hasta 20 puntos):

  • Por el cumplimiento de, al menos el 60% de los alumnos inscritos en la solicitud y que realizan (finalizan con diploma) la actividad formativa en el año 2024: 20 puntos. 

(Las entidades que no han realizado ninguna acción formativa dentro de esta programación tendrán 20 puntos).

Por el grado de madurez y sector de la propuesta formativa (hasta 30 puntos).  Se valorarán:

  • Hasta 10 puntos por el grado de correspondencia entre los objetivos y los contenidos definidos en cada acción formativa.
  • Hasta 20 puntos cuando la temática de la acción formativa esté dirigida a los sectores económicos: agroalimentario, hostelero y turístico.

Por el presupuesto de realización aceptado: hasta 20 puntos:

  • 95 a 100 €/hora: 0 puntos.
  • 80 a 94 €/hora: hasta 10 puntos.
  • 79 € o menos la hora: hasta 20 puntos. 

Cada propuesta deberá alcanzar una puntuación mínima de 50 puntos para considerar su opción como acción formativa a desarrollar en la Programación de la Escuela de Empresarios y Emprendedores 2025.  No obstante, se exceptúa el requisito de fijar un orden de prelación entre las solicitudes presentadas que reúnan los requisitos establecidos, para el caso de que el crédito consignado en la convocatoria fuera suficiente, atendiendo al número de solicitudes una vez finalizado el plazo de presentación conforme a lo que establece el art. 15 de la Ordenanza General para la Concesión de Subvenciones por la Excma. Diputación Provincial de Palencia. 

La Diputación de Palencia estimará propuestas formativas que sean adecuadas a precios de mercado. No estimándose acciones formativas cuyo importe sea superior a 100 € por hora, incluidos todos los costes de formación.

Los presupuestos que se presenten deberán desglosar los siguientes costes de formación: personal docente, materiales para su desarrollo e impuestos.

No se admiten gastos tales como: luz, agua, calefacción, alquiler del local, viajes formativos.

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