CONVOC. 2019 ENTIDADES LOCALES PARA AMPLIACIÓN O MEJORA DE POLÍGONOS INDUSTRIALES PROV. PALENCIA

Es objeto de la presente convocatoria, la concesión de subvenciones a entidades locales del medio rural de la Provincia de Palencia para la ampliación o mejora de suelo industrial existente de promoción pública en la provincia de Palencia.

La presente convocatoria se tramita anticipadamente, al amparo de lo dispuesto por el artículo 56 del Real Decreto 887/2006 de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. La tramitación de las solicitudes, así como la propuesta de concesión, serán realizadas en el presente ejercicio. La concesión de la subvenciones se realizará en el ejercicio 2019, con cargo a los créditos del Presupuesto de la Diputación del citado ejercicio.  

 

Tipo Convocatoria
Subvención
Estado Convocatoria
Adjudicada
Temática
Promoción Económica
Nombre Completo
CONVOCATORIA 2019 PARA LA CONCESIÓN DE AYUDAS A ENTIDADES LOCALES PARA LA AMPLIACIÓN O MEJORA DE POLÍGONOS INDUSTRIALES EN LA PROVINCIA DE PALENCIA
Objeto

Es objeto de la presente convocatoria, la concesión de subvnción a entidades locales del medio rural de la Provincia de Palencia parea la ampliación o mejora del suelo industrial existenten de promoción pública en la provincia de Palencia.

Beneficiarios

Podrán ser beneficiarios de esta convocatoria los siguientes:

  1. Los Ayuntamientos del medio rural de la provincia de Palencia.

  2. Las Entidades Locales Menores cuyo ámbito territorial se encuentre comprendido en el término municipal de los Ayuntamientos señalados en el apartado anterior.

   3. Sociedades municipales de capital íntegramente local que tengan la consideración de medio propio de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público.  

 Los beneficiarios deberán disponer de la financiación necesaria para la realizar la actuación cuya subvención solicite. A tal efecto, las entidades públicas deberán acreditar la existencia de crédito adecuado y suficiente en su presupuesto.

Dotación o Importe
150.000,00
Periodicidad
Anual

Organismos

Emisor
Diputación de Palencia
Convocante
Diputación de Palencia

Bases de la Convocatoria

Fecha publicación
Número
110
Página
6
Enlace Boletín externo

Solicitud

Fecha Solicitudes
-
Lugar Presentacion

Los interesados deberán presentar una solicitud  en el registro telemático de la Diputación de Palencia, conforme al formulario electrónico[1] del procedimiento habilitado en el catálogo de procedimientos electrónicos de la sede electrónica de la Diputación de Palencia http://sede.diputaciondepalencia.es El certificado electrónico con el que se realice la presentación deberá corresponder al solicitante de la ayuda.



 

 

Modelo Solicitud

Informacion Adicional

Requisitos
  • Las obras de urbanización deberán ser realizadas sobre terrenos de titularidad municipal o, en su caso, de titularidad de las Entidades Locales Menores promotoras de la actuación, siempre que las referidas obras no deban ser ejecutadas por terceros de acuerdo con la legislación urbanística.
  • En todos casos, los terrenos sobre los que se realicen las actuaciones subvencionadas deberán disponer de la clasificación urbanística apropiada (suelo urbano o urbanizable), con calificación adecuada (uso industrial). Adicionalmente, el solicitante deberá disponer de las autorizaciones para la realización de las obras previstas en la legislación urbanística.  
Incompatibilidades

Esta ayuda será compatible con otras que pudieran obtenerse de otras Administraciones o entes públicos para el mismo fin, siempre que la suma de ambas no supere el total de la inversión realizada objeto de la subvención. Será incompatible con otras provenientes de la Diputación de Palencia.

Criterios de valoración

Sobre la base de los principios de transparencia y objetividad para la concesión de ayudas, se tendrán en cuenta los siguientes criterios:

  1. Tipo de obra o infraestructura susceptible de ser apoyada, primándose  las obras de urbanización e infraestructuras nuevas sobre proyectos destinados a suplir las carencias o deficiencias en la urbanización e infraestructuras existentes, hasta 30 puntos.  En función de ello, se  otorgarán las siguientes puntuaciones: 
  • Obra nuevas de pavimentación, equipamiento e infraestructuras generales de servicios (abastecimiento de agua, saneamiento, soterramientos de líneas, ampliación de la red eléctrica etc,…) se valoraran con 30 puntos.
    • El resto de las obras de mejoras de viales, reparación de instalaciones de alumbrado público etc., se valoraran con 20 puntos, excepto las obras de mejora realizadas en los accesos, que se computarán en 10 puntos.
    1. Estado de ocupación de las parcelas en el polígono de la entidad solicitante, hasta 15 puntos, según el siguiente desglose:
    • El polígono de la entidad solicitante tiene un porcentaje de ocupación de la superficie total de las parcelas, menor o igual al 50%, se valorará con 5 puntos.
    • El polígono de la entidad solicitante tiene un porcentaje de ocupación de la superficie total de las parcelas, mayor al 50% y menor o igual al 75%, se valorará con 10 puntos.
    • El polígono de la entidad solicitante tiene un porcentaje de ocupación de la superficie total de las parcelas, mayor al 75% y menor o igual al 100%, se valorará con 15 puntos.
    1. No haber sido beneficiario definitivode la subvención o, en su caso, haber renunciado en la convocatoria del año  2018: 10 puntos.

     

Resolución

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