Es objeto de la presente convocatoria la concesión de subvenciones a propietarios de inmuebles característicos de la arquitectura tradicional de la provincia de Palencia para la conservación, rehabilitación y restauración de los mismos, situados en los municipios que conforman el ámbito rural de la provincia de Palencia
Se priorizarán aquellas construcciones representativas de la arquitectura tradicional que muestren tipologías únicas o en grave riesgo de desaparición.
Exclusivamente, en esta convocatoria serán objeto de subvención:
- Palomares
- Casetas de era
- Colmenares tradicionales
- Guardaviñas
- Molinos o batanes
- Lavaderos
Haciendo referencia al Plan Nacional de Arquitectura, se define la Arquitectura Tradicional “como el conjunto de construcciones que surgen de la implantación de una comunidad en su territorio y que manifiestan en su diversidad y evolución su adaptación ecológica, tanto a los condicionantes y recursos naturales, como a los procesos históricos y modelos socioeconómicos que se han desarrollado en cada lugar. Constituyen un destacado referente entre las señas de identidad culturales de la comunidad que la ha generado, y es el resultado de experiencias y conocimientos compartidos, transmitidos y enriquecidos de una generación a otra”.
Se priorizarán aquellas construcciones representativas de la arquitectura tradicional que muestren tipologías únicas o en grave riesgo de desaparición.
Exclusivamente, en esta convocatoria serán objeto de subvención:
- Palomares
- Casetas de era
- Colmenares tradicionales
- Guardaviñas
- Molinos o batanes
- Lavaderos
Todas ellas, construcciones tradicionales realizadas con materiales autóctonos, con las técnicas de la tierra cruda (adobe o tapial) combinada también con otros materiales como piedra, madera, según sean estos materiales disponibles en el territorio de las diferentes zonas de la provincia, generalmente con la cubierta de teja árabe y en los casos de cabañas o chozos y corralizas, realizados con la técnica de la piedra en seco.
Podrán ser beneficiarios de esta convocatoria los propietarios de inmuebles descritos en la base 1, con independencia de que sean personas físicas, jurídicas o entidades locales y que estén ubicados en cualquier municipio de la provincia de Palencia, con exclusión del término municipal de Palencia.
Serán admitidas las solicitudes de aquellos propietarios que, habiendo resultado beneficiarios en la convocatoria del año 2022, renunciaron por causa justificada.
Quedan excluidos de la presente convocatoria los propietarios que hayan recibido esta misma subvención en la convocatoria del año 2022, excepto cuando la actuación sea para un inmueble distinto.