Concesión de subvenciones destinadas a federaciones de comercio, asociaciones comerciales y asociaciones que integren asociados con establecimientos de venta directa o mixtos de ámbito local, que desarrollen su actividad en la provincia de Palencia, para el desarrollo de estrategias colectivas de promoción comercial que permitan la mejora de la competitividad del sector comercial y de establecimientos de venta directa.
Es objeto de esta convocatoria la concesión de subvenciones destinadas a federaciones de comercio, asociaciones comerciales y asociaciones que integren asociados con establecimientos de venta directa o mixtos de ámbito local, que desarrollen su actividad en la provincia de Palencia, para el desarrollo de estrategias colectivas de promoción comercial que permitan la mejora de la competitividad del sector comercial y de establecimientos de venta directa.
Podrán ser beneficiarios de esta convocatoria los siguientes:
- Las federaciones de comercio de Palencia que integren asociaciones subsectoriales de comercio que cuenten con asociados que estén ubicados en el medio rural de la provincia de Palencia.
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Las asociaciones legalmente constituidas en la provincia de Palencia, que cuenten con asociados que sean comercios minoristas o establecimientos de venta directa o mixtos ubicados en el medio rural de la provincia de Palencia.
Y, que dentro de sus fines, esté la de promocionar el comercio y la venta local en la provincia de Palencia, mediante acciones de fidelización que lo dinamicen.
Organismos
Bases de la Convocatoria
Solicitud
Los interesados deberán presentar una solicitud en el registro telemático de la Diputación de Palencia, conforme al formulario electrónico del procedimiento habilitado en el apartado “Subvenciones y ayudas” de la sede electrónica de la Diputación de Palencia http://sede.diputaciondepalencia.es. El certificado electrónico con el que se realice la presentación deberá corresponder al solicitante de la ayuda en caso contrario no será admitida ni procederá subsanación de defecto alguno.
Informacion Adicional
Los gastos a subvencionar deberán referirse a las acciones de promoción, dinamización y fidelización comercial que hayan realizado y/o realicen las asociaciones y federaciones desde el 16 de octubre de 2024 hasta el 15 de octubre de 2025.
Los tributos son gastos subvencionables cuando el beneficiario de la subvención los abona efectivamente. En ningún caso se considerarán gasto subvencionable el correspondiente al IVA cuando sean susceptibles de recuperación o compensación; así, el IVA únicamente es subvencionable cuando se acredite su no recuperación o la exención.
Quedarán excluidas las siguientes acciones y/o gastos:
- Las campañas de rebajas, así como cualquier otra campaña directamente relacionada con el descuento directo de artículos que no genere una campaña de dinamización en su conjunto.
- Las acciones que se desarrollen fuera de la provincia de Palencia.
- Los gastos en comidas (únicamente se admiten gastos de actividades de degustación que se relacionen claramente con la actuación de promoción que realicen las asociaciones)
- Los gastos en activos fijos.
Esta ayuda será compatible con otras que pudieran obtenerse de otras Administraciones o entes públicos para el mismo fin, siempre que la suma de ambas no supere el total de la inversión realizada objeto de subvención. Será incompatible con otras provenientes de la Diputación de Palencia.
Sobre la base de los principios de transparencia y objetividad para la concesión de ayudas, se tendrán en cuenta los siguientes criterios:
- Por la memoria que presenten con la descripción de las acciones de promoción, dinamización y fidelización propuestas, hasta 50 puntos.
- Por el número de asociados que participen en la acción: hasta 25 puntos.
- Por la diversidad de sectores que representan, hasta 10 puntos.
- Por las actividades de promoción que vienen realizando en años anteriores, hasta 15 puntos.