Subvenciones a Ayuntamientos titulares de Centros Infantiles para financiar gastos corrientes 2024

El objeto de la presente convocatoria es la concesión de ayudas para el ejercicio de 2024, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a Ayuntamientos de la provincia de Palencia, que cuenten con una población inferior a 20.000 habitantes, para financiar parcialmente los gastos corrientes del funcionamiento de Centros Infantiles.

Tipo Convocatoria
Subvención
Estado Convocatoria
Pendiente de adjudicación
Temática
Servicios Sociales
Nombre Completo
Subvenciones a Ayuntamientos titulares de Centros Infantiles para financiar gastos corrientes 2024
Objeto

El objeto de la presente convocatoria es la concesión de ayudas para el ejercicio de 2024, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a Ayuntamientos de la provincia de Palencia, que cuenten con una población inferior a 20.000 habitantes, para financiar parcialmente los gastos corrientes del funcionamiento de Centros Infantiles.

 

 

Beneficiarios

Podrán ser beneficiarios los Ayuntamientos de la provincia de Palencia con una población inferior a 20.000 habitantes que sean titulares de Escuelas Infantiles de primer ciclo (0-3 años) inscritas en el Registro de Centros Infantiles para la Conciliación de la vida familiar y laboral en Castilla y León, excepto los Centros incluidos en el programa “CRECEMOS”.

 

 

Dotación o Importe
99.000,00
Periodicidad
Anual

Organismos

Emisor
Diputación de Palencia
Convocante
Diputación de Palencia

Bases de la Convocatoria

Fecha publicación
Número
17
Página
6
Otros BOPs
Enlace Boletín externo

Solicitud

Fecha Solicitudes
-
Lugar Presentacion

Los interesados deberán presentar una solicitud  en el registro electrónico general de la Diputación de Palencia, conforme al formulario electrónico del procedimiento habilitado en el catálogo de procedimientos electrónicos de la sede electrónica de la Diputación de Palencia http://sede.diputaciondepalencia.es. El certificado electrónico con el que se realice la presentación deberá corresponder al solicitante de la ayuda, en caso contrario no será admitida ni procederá subsanación de defecto alguno.

El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales, a contar desde el día siguiente a aquel en que tenga lugar la publicación en extracto de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA. Si el último día del plazo fuese inhábil (sábados, domingos y festivos), se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente.

 

Informacion Adicional

Documentacion Anexa

Bloque Redes sociales