Colaborar económicamente en la financiación de los gastos derivados de la organización, desarrollo, promoción y publicidad del programa de actividades que tendrá lugar en la localidad de que se trate con motivo de la celebración de la Semana Santa 2020, ya sea con carácter previo a la misma o durante su transcurso.
Es objeto de esta convocatoria la concesión de subvenciones a Ayuntamientos de la Provincia de Palencia para colaborar económicamente en la financiación de los gastos derivados de la organización, desarrollo, promoción y publicidad del programa de actividades que tendrá lugar en la localidad de que se trate con motivo de la celebración de la Semana Santa 2020, ya sea con carácter previo a la misma o durante su transcurso.
Ayuntamientos de la Provincia de Palencia con una población inferior a 20.000 habitantes.
Bases de la Convocatoria
Solicitud
Los interesados deberán presentar una solicitud en el registro telemático de la Diputación de Palencia, conforme al formulario electrónico del procedimiento habilitado en el catálogo de procedimientos electrónicos de la sede electrónica de la Diputación de Palencia http://sede.diputaciondepalencia.es El certificado electrónico con el que se realice la presentación deberá corresponder al solicitante de la ayuda.
Informacion Adicional
Se acompañará a la instancia de solicitud, el ANEXO TUR 001 A I.
No se admitirá más de una solicitud por entidad.
Esta ayuda será compatible con otras que pudieran obtenerse de otras Administraciones o entes públicos para el mismo fin, siempre que la suma de ambas no supere el total de la inversión realizada objeto de subvención. Será incompatible con otras provenientes de la Diputación de Palencia.
Sobre la base de los principios de transparencia y objetividad para la concesión de ayudas se tendrán en cuenta los siguientes criterios:
Relevancia de los actos y actividades con trascendencia turística, programados con motivo de la celebración de la Semana Santa, y que sirvan como foco de atracción de visitantes a la localidad: hasta 40 puntos
Medios de promoción y difusión previstos (anuncios, reportajes, campañas publicitarias, redes sociales, etc.) (Sólo se tomará en consideración el material que suponga un gasto parala entidad solicitante y esté valorado económicamente en la solicitud) hasta 30 puntos
Material promocional a editar (guías, folletos, carteles, videos, etc.) (Sólo se tomará en consideración el material que suponga un gasto para la entidad solicitante y esté valorado económicamente en la solicitud) hasta 20 puntos
Número de cofradías en la localidad hasta 10 puntos