AYUDAS a entidades locales destinadas al SUMINISTRO de AGUA POTABLE con cisternas 2023 (BDNS: 679081)

Es objeto de la convocatoria la concesión de subvenciones a municipios, mancomunidades y entidades locales menores, para el suministro de agua de consumo humano para la población, derivadas de una situación de desabastecimiento de la misma.

Esta convocatoria se engloba dentro de las medidas para la consecución de la meta 6.4. Aumentar el uso eficiente de los recursos hídricos (extracción de agua dulce) de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS).

Estas bases reguladoras de la convocatoria se integran en el Plan estratégico de subvenciones de la Diputación Provincial de Palencia del año 2023.

Esta actuación se integra en la Medida Estratégica 10 "Renovación de los Sistemas de Abastecimiento y Depuración de Aguas en el Medio Rural", del Plan de Acción de la Agenda Rural frente al Reto Demográfico de la Diputación de Palencia, aprobada por el pleno de la Diputación del 25 de agosto de 2022.

 

Tipo Convocatoria
Subvención
Estado Convocatoria
Adjudicada
Temática
Medio Ambiente
Nombre Completo
AYUDAS a entidades locales destinadas al SUMINISTRO de AGUA POTABLE con cisternas 2023 (BDNS: 679081)
Objeto

Es objeto de la convocatoria la concesión de subvenciones a municipios, mancomunidades y entidades locales menores, para el suministro de agua de consumo humano para la población, derivadas de una situación de desabastecimiento de la misma.

El plazo para la presentación de las solicitudes finaliza el 31 de agosto de 2023 incluido, prorrogándose dicho plazo hasta el primer día hábil siguiente, cuando el último día sea sábado o festivo.

Plazo de justificación Fecha máxima de justificación Periodo subvencionable Plazo único 31/08/2023  01/09/2022 hasta el 31/08/2023

Los gastos/actuaciones a subvencionar deberán referirse a:

- Gastos derivados del transporte del suministro de agua destinada al consumo humano a precios de mercado, realizados a partir de la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes de la convocatoria de 2022 (BDNS 600660), 31 de agosto de 2022, y con una dotación estricta referida a las necesidades de abastecimiento exclusivamente humano.

Esta dotación podrá determinarse por la Comisión Informativa de Acción Territorial con anterioridad a la resolución final de la convocatoria. Dichos suministros deberán haber sido informados previamente a esta Diputación Provincial

Tendrán la consideración de gastos subvencionables aquellos que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada. Los tributos serán gasto subvencionable cuando el beneficiario de la subvención los abona efectivamente, en ningún caso se considera gasto subvencionable el IVA cuando sea deducible para el beneficiario de la subvención.

No serán subvencionables:

- Los gastos de personal de las Entidades Locales, incluso cuando las actuaciones se realicen por personal de la propia Administración.

 

Beneficiarios

Podrán ser beneficiarios de esta convocatoria los municipios o mancomunidades de menos de 20.000 habitantes y entidades locales menores de la provincia de Palencia.

Dotación o Importe
60.000,00
Periodicidad
Anual

Organismos

Emisor
Diputación de Palencia
Convocante
Diputación de Palencia

Bases de la Convocatoria

Fecha publicación
Número
27
Página
16
Otros BOPs

Solicitud

Fecha Solicitudes
-
Lugar Presentacion

Los interesados deberán presentar una solicitud en el registro telemático de la Diputación de Palencia, del procedimiento habilitado en el catálogo del procedimiento electrónico de la sede electrónica de la Diputación de Palencia  https://sede.diputaciondepalencia.es.

El certificado electrónico con el que se realice la presentación deberá corresponder al solicitante de la ayuda

Informacion Adicional

Requisitos

Toda entidad local incluida en esta vía de colaboración deberá garantizar el control de los consumos de agua potable.

Criterios de valoración

Sobre la base de los principios de transparencia y objetividad para la concesión de ayudas, se tendrán en cuenta los siguientes criterios:

  • Acciones realizadas o previstas por la entidad solicitante, al objeto de mejorar la problemática de la falta de suministro, bien a través de obras de mejora o bien a través de acciones de sensibilización para promover el ahorro de agua y el consumo responsable entre la población local, especialmente en época de escasez: hasta 50 puntos.
  • Gestión que la entidad solicitante realiza sobre el control de los consumos, teniendo en cuenta que la misma deberá promover el ahorro del agua, especialmente en la época estival. Se tomará como base para esta valoración la ordenanza y las tarifas correspondientes: hasta 50 puntos.

La aplicación de los criterios tendrá consecuencias directas sobre el porcentaje máximo de ayuda total a percibir, así:

  • Menos de 50 puntos: se disminuirá la ayuda en 20 puntos porcentuales respecto al máximo a aplicar 
  • De 51 a 70 puntos: se restarán 10 puntos porcentuales del máximo permitido
  • De 71 a 90 puntos: se minorará la ayuda en 5 puntos porcentuales sobre el máximo.

Resolución

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