Convocatoria subvenciones a los ayuntamientos para la realización de obras de reparación, conservación y mejora de los colegios de educación infantil y primaria del medio rural de la provincia de Palencia

Tipo Convocatoria
Subvención
Estado Convocatoria
Adjudicada
Temática
Cultura
Nombre Completo
Convocatoria subvenciones a los ayuntamientos para la realización de obras de reparación, conservación y mejora de los colegios de educación infantil y primaria del medio rural de la provincia de Palencia
Objeto

Es objeto de esta convocatoria la concesión de ayudas a los ayuntamientos para la realización de obras de reparación, conservación y mejora de los colegios de educación infantil y primaria del medio rural de la provincia de Palencia, en los que se preste servicio educativo por parte de la Consejería de Educación de la Junta Castilla y León, estableciéndose una línea de subvención de 240.000 €, cofinanciada entre la Consejería de Educación de la Junta de Castilla y León y la Diputación de Palencia, en virtud del convenio suscrito entre ambas administraciones a tal efecto con fecha 30 de mayo de 2025.

La financiación comprenderá todo lo necesario para la realización de la obra (redacción del proyecto, dirección de la obra, proyecto de seguridad, etc.)

Esta subvención se engloba dentro de las medidas para la consecución de la Meta 0.41” Asegurar la calidad de la educación primaria y secundaria” de los Objetivos de Desarrollo Sostenible.

Beneficiarios

Podrán solicitar estas ayudas todos los ayuntamientos de municipios de la provincia de Palencia de población inferior a 20.000 habitantes en cuyo término municipal esté ubicado algún colegio de educación infantil y primaria en los que se preste servicio educativo por parte de la Consejería de Educación.

 

Dotación o Importe
240.000,00
Emisor
Diputación de Palencia
Convocante
Diputación de Palencia
Tramitador
Fecha publicación
Número
103
Página
8
Otros BOPs
CORRECCIÓN DE ERROR DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A AYUNTAMIENTOS DE LA PROVINCIA DE PALENCIA PARA OBRAS DE REPARACIÓN, CONSERVACIÓN Y MEJORA DE COLEGIOS DE EDUCACIÓN INFANTIL Y PRIMARIA DEL MEDIO RURAL DE LA PROVINCIA DE PALENCIA.- BDNS: 853264
Fecha Solicitudes
-
Lugar Presentacion

 

            Los interesados deberán presentar una solicitud en el registro telemático de la Diputación de Palencia, conforme al formulario electrónico del procedimiento habilitado en el catálogo de procedimientos electrónicos de la sede electrónica de la Diputación de Palencia http://sede.diputaciondepalencia.es. El certificado electrónico con el que se realice la presentación deberá corresponder al solicitante de la ayuda, en caso contrario no será admitida ni procederá subsanación de defecto alguno.

              El plazo para la presentación de las solicitudes finalizará el día 22 de septiembre de 2025, incluido.

 

Enlace Sede
Requisitos

Los interesados deberán presentar una solicitud en el registro telemático de la Diputación de Palencia, conforme al formulario electrónico del procedimiento habilitado en el catálogo de procedimientos electrónicos de la sede electrónica de la Diputación de Palencia http://sede.diputaciondepalencia.es. El certificado electrónico con el que se realice la presentación deberá corresponder al solicitante de la ayuda, en caso contrario no será admitida ni procederá subsanación de defecto alguno.

              El plazo para la presentación de las solicitudes finalizará el día 22 de septiembre de 2025, incluido.

              Los ayuntamientos que tengan más de un colegio deberán presentar una solicitud para cada uno de ellos, en su caso.         

              A las solicitudes deberá acompañarse la siguiente documentación:

  1. Memoria o proyecto detallado, con denominación exacta de las obras a realizar, al que se incorporará un presupuesto detallado de gastos.
  2. Informe técnico favorable sobre la memoria o proyecto emitido por el Área Técnica de Construcciones y Equipamientos de la Dirección Provincial de Educación de Palencia y la adecuación a las necesidades del centro.
  3. Compromiso de financiación como mínimo del 20% del coste total de la obra ejecutada en su respectivo ámbito y de asumir el pago de los tributos de carácter local derivados de la ejecución de la obra, sin proceder por ende a su exacción a ningún otro sujeto interviniente en este Convenio.
  4. Certificación del secretario-interventor de disponibilidad de crédito para la parte a ejecutar por el ayuntamiento o compromiso de consignación presupuestaria por el importe necesario para cubrir la aportación municipal.
  5. Certificado del secretario de que el ayuntamiento se encuentra al corriente de sus obligaciones con la Agencia Tributaria y con la Seguridad Social.

            Con independencia de la documentación señalada, se podrá requerir en todo momento la documentación o información complementaria que en función de las características del proyecto o datos facilitados se estime necesaria.

            De acuerdo con lo previsto en el art. 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la Diputación de Palencia comprobará las solicitudes, los datos y documentación presentada, así como el cumplimiento de los requisitos y viabilidad de la solicitud, y si la misma no reuniese dichos requisitos el órgano competente requerirá a los interesados, en su caso, para que en el plazo de diez días se subsanen los defectos o se acompañen los documentos preceptivos, con indicación de que si así no lo hicieran se les tendrá por desistidos de su solicitud, previa la resolución que habrá de dictarse.

Si el ayuntamiento solicitante presentase su solicitud presencialmente, se le requerirá para que la subsane a través de su presentación electrónica. 

Incompatibilidades

Esta ayuda no será compatible con otras que pudieran obtenerse de otras Administraciones o entes públicos para el mismo fin.

 

Criterios de valoración
  1. Criterios:

            Las obras para las que se solicite subvención serán baremadas con arreglo a los siguientes criterios:

  1. Obras que afecten a la estructura del edificio, sus cubiertas, calefacción: su equipo y radiadores: 0,00116666 puntos por euro del presupuesto presentado.
  2. Obras que afecten a la higiene, confort y eficiencia energética: 0,00066666 puntos por euro del presupuesto presentado.
  • Aseos y sus instalaciones de fontanería.
  • Aislamientos.
  • Ventanas y sus complementos.
  • Luminarias, cuadros eléctricos e instalaciones eléctricas en general.
  1. Obras que afecten a la seguridad, accesos y eliminación de barreras: 0,0005 puntos por euro del presupuesto presentado.
  • Cerramientos, verjas y vallados.
  • Rampas, escaleras y accesorios.
  • Ascensores.
  1. Obras en instalaciones complementarias de ocio y deporte: 0,0005 puntos por euro del presupuesto presentado
  • Cerramientos, verjas y vallados de instalaciones deportivas.
  • Obras y arreglos de todo tipo incluidos pista de patio e instalaciones deportivas.
  1. Pintura y pavimentos: 0,00016666 puntos por euro del presupuesto presentado. 
  2. Por solicitar subvención para una obra consistente en una única actuación, correspondiente a un único grupo: 0,00033333 puntos por euro del presupuesto presentado

    2. Distribución:

              El importe de la subvención se obtendrá distribuyendo de forma proporcional, y siempre que no supere el 80% del gasto total de la actividad, el importe total consignado entre los solicitantes en función de los puntos obtenidos resultantes de aplicar los criterios de valoración indicados. Del importe de dicha subvención el 25 % se aplicará al ejercicio 2025 y el 75 % al ejercicio 2026.

              La subvención no podrá superar el 80% del gasto total de la actividad aceptada para la que se solicita la subvención, comprometiéndose el ayuntamiento a aportar la cantidad restante del coste.

 

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