Es objeto de esta convocatoria la concesión de Becas/Ayudas de estudio para los estudiantes matriculados en el Curso Académico 2021/2022 en la Escuela Universitaria de Enfermería "Dr. Dacio Crespo" de la Diputación de Palencia, adscrita a al Universidad de Valladolid, en régimen de concurrencia competitiva.
Esta subvención se engloba dentro de las medidas para la concesión de la Meta 4.3 "Asegurar el acceso igualitario de todos los hombres y mujeres a una formación técnica, profesional y superior de calidad, incluida la enseñanza universitaria" una educación de calidad de los Objetivos de Desarrollo Sostenible.
Información de la publicación
Información detallada
- Estar matriculados en la Escuela Universitaria de Enfermería de la Diputación de Palencia durante el Curso Académico 2021/2022.
- Estar empadronados en Palencia, capital o provincia.
- No haber obtenido ninguna otra Beca o Ayuda de Estudio, de carácter público o privado.
a) Puntuación por rendimiento académico del Curso Académico 2020/2021, correspondiente al curso anterior de solicitud de la Beca/Ayuda:
100% de créditos aprobados 10 puntos
De 99% a 90% de créditos aprobados 9 puntos
De 89% a 80% de créditos aprobados 8 puntos
De 79% a 70% de créditos aprobados 7 puntos
De 69% a 60% de créditos aprobados 6 puntos
De 59% a 50% de créditos aprobados 5 puntos
De 49% a 40% de créditos aprobados 4 puntos
De 39% a 30% de créditos aprobados 3 puntos
De 29% a 20% de créditos aprobados 2 puntos
De 19% a 10% de créditos aprobados 1 puntos
De 9% a 0% de créditos aprobados 0 puntos
b) Puntuación por capacidad económica familiar:
Al objeto de calcular la capacidad económica de la unidad familiar se aplicará la siguiente fórmula:
(BI+BIA) - CA/ N.º M
Donde: BI= Base imponible General
BIA= Base Imponible del Ahorro.
CA= Cuota resultante de la Autoliquidación
N.º M= Número de miembros computables de la unidad familiar.
A los efectos de determinar la capacidad económica de la unidad familiar, tendrán la consideración de miembros computables:
1.- MIEMBROS DE LA UNIDAD FAMIALIAR: aquellos que convivan en el mismo domicilio a fecha de 31 de diciembre de 2020:
• El padre y la madre. el tutor o la persona que legalmente tenga la guarda o custodia de un menor de edad.
• El estudiante que solicita la beca. los hermanos/as solteros menores de 25 años.
• Los hermanos/as mayores de 25 años con discapacidad.
• Los ascendientes de los padres (abuelos/as) que vivan con estos y puedan justificarlo con el certificado municipal
2.- MIEMBROS DE LA UNIDAD FAMILIAR INDEPENDIENTE:
• solicitante y su cónyuge, su pareja registrada o no que se halle unida por análoga relación.
• Los hijos menores de 25 años, si los hubiere, que convivan en el mismo domicilio.
Una vez calculada la capacidad económica, se aplicará el siguiente baremo:
De 0 a 1000 € 15 puntos
De 1001 a 2000 € 13,5 puntos
De 2001 a 3000 € 12 puntos
De 3001 a 4000 € 10,5 puntos
De 4001 a 5000 € 9 puntos
De 5001 a 6000 € 7,5 puntos
De 6001 a 7000 € 6 puntos
De 7001 a 8000 € 4,5 puntos
De 8001 a 9000 € 3 puntos
De 9001 a 10.000 € 1,5 puntos
Más de 10.000 € 0 puntos
c) En caso de empate, se primará a los que tengan menos ingresos económicos totales de la unidad familiar.
Los interesados deberán presentar una solicitud en el registro telemático de la Diputación de Palencia, conforme al formulario electrónico del procedimiento habilitado en el catálogo de procedimientos electrónicos de la sede electrónica de la Diputación de Palencia http://sede.diputaciondepalencia.es El certificado electrónico con el que se realice la presentación deberá corresponder al solicitante de la Beca/Ayuda de Estudio, en caso contrario no será admitida ni procederá subsanación de defecto alguno.
Aquellos sujetos que no se encuentren obligados a la presentación de la solicitud por medios electrónicos, conforme al artículo 14.1 y 14.2 de la Ley 39/2015, y opten por la tramitación presencial deberán presentar una solicitud dirigida a la Ilma. Sra. Presidenta de la Diputación de Palencia conforme a la Instancia de solicitud A-0 y su anexo A-I, disponibles en la misma dirección anteriormente señalada (http://sede.diputaciondepalencia.es), dentro del apartado “tramitación presencial”, pudiendo presentar la misma en el Registro General de la Diputación o a través de cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
El plazo para la presentación de las solicitudes será de 20 días naturales, a contar desde el siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia, prorrogándose dicho plazo hasta el primer día hábil siguiente, cuando el último día sea sábado o festivo).
Se acompañará a las solicitudes (A-0 y A-I) la siguiente documentación:
- Fotocopia del DNI (anverso y reverso) de todos los miembros computables de la unidad familiar mayores de 14 años, en una sola hoja.
- Certificado de titularidad de la cuenta bancaria que incluya el código IBAN. El estudiante debe ser titular de la cuenta.
- Declaración de la Renta de todos los miembros computables, que convivieron en el domicilio familiar durante el 2020 que hayan trabajado u obtenido ingresos en el 2020 o Certificado de Rentas Imputables del mismo año (Se excluyen del domicilio familiar al solicitante y a los hermanos del solicitante mayores de 25 años a 31 de diciembre de 2020).
- Fotocopia de los recibos de IBI de naturaleza urbana y rústica del año 2020, incluida la vivienda familiar.
- Volante de empadronamiento colectivo, -actualizado a fecha de presentación de la solicitud- en Palencia, capital o provincia de todos los miembros de la unidad familiar, incluido el solicitante.
- Justificante de residencia o alquiler en Palencia (los que son de fuera), o del alquiler como domicilio familiar de cualquier estudiante del presente curso académico.
- Copia de la matrícula y de la residencia de los hermanos del solicitante que estudien fuera del domicilio familiar, menores de 25 años, relativo al Curso Académico 2020/2021– cuando sean 2 o más los hermanos, incluido el solicitante, estudiando fuera.
- Cuando proceda, Certificado de discapacidad, igual o superior al 33%, de hermanos, hijos o el propio solicitante, de este curso académico.
- En los supuestos de Huérfanos absolutos: Certificado expedido por el INSS.
- Los estudiantes que se declaran independientes deben justificar tanto su residencia como sus ingresos del año 2020.
Con independencia de la documentación señalada, se podrá requerir en todo momento la documentación o información complementaria que, en función de los datos facilitados, se estime necesaria.
De acuerdo con lo previsto en el art. 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la Diputación de Palencia comprobará las solicitudes, los datos y documentación presentada, así como el cumplimiento de los requisitos y viabilidad de la solicitud, y si la misma no reuniese dichos requisitos el órgano competente requerirá a los interesados, en su caso, para que en el plazo de diez días se subsanen los defectos o se acompañen los documentos preceptivos, con indicación de que si así no lo hicieran se les tendrá por desistidos de su solicitud, previa la resolución que habrá de dictarse.
Si alguno de los sujetos obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con la Administración, indicados en los artículos 14.2 y 14.3 de la Ley 39/2015, presentase su solicitud presencialmente, la Diputación requerirá al interesado para que la subsane a través de su presentación electrónica. A estos efectos se considerará como fecha de presentación de la solicitud aquella en la que haya sido realizada la subsanación.