Procedimiento para la designación de cuenta bancaria para los pagos a ordenar por la Diputación

Descripción del procedimiento:

La Tesorería de las entidades locales está constituida por todos los recursos financieros, sean dinero, valores o créditos, de la entidad local, tanto por operaciones presupuestarias como extrapresupuestarias (art. 194 del R.D.L. 2/2004 de 5 de Marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de la Haciendas Locales).

 Entre las funciones atribuidas a la tesorería de las entidades locales figura la de "distribuir en el tiempo las disponibilidades dinerarias para la puntual satisfacción de las obligaciones" (art. 196 c) del mismo R.D.L. 2/2004 citado anteriormente).

 Con carácter general la Diputación de Palencia satisface sus obligaciones frente a terceros acreedores mediante transferencia bancaria o ingreso en cuenta. Para utilizar esta forma de pago es preciso conocer con exactitud los datos bancarios a los que se deben transferir los fondos públicos, fundamentalmente la titularidad de las cuentas bancarias de los acreedores.

Es por ello que se ha elaborado un documento denominado DESIGNACIÓN DE CUENTA BANCARIA PARA LOS PAGOS A ORDENAR POR LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE PALENCIA, en el que el tercero acreedor de esta Diputación por cualquier concepto (facturas, certificaciones, subvenciones, devoluciones de ingresos indebidos, etc.), facilita los datos necesarios al objeto de transferirle con todas las garantías jurídicas el crédito a su favor

Forma de inicio:

Instancia de parte.

Sujeto, Interesado , destinatario:

Todo tipo de personas físicas o jurídicas, especialmente aquellos con los que la Diputación mantenga relaciones comerciales, como proveedores, acreedores, beneficiarios de subvenciones, devoluciones de ingresos indebidos etc.

Lugar de presentación:

De forma presencial en el Registro General de la Diputación de Palencia aportando el documento de designación de cuenta bancaria debidamente cumplimentado y toda la documentación requerida para la tramitación del procedimiento.

Por correo postal dirigido al Registro General de la Diputación de Palencia incluyendo el documento de designación de cuenta bancaria debidamente cumplimentado y los demás requeridos en el procedimiento.

A través del Registro Telemático con DNI Electrónico o Certificado Digital Avanzado y Reconocido, con la documentación en formato digital.

En los registros de cualquier órgano administrativo, que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de cualquier Administración de las Comunidades Autónomas, o a la de alguna de las entidades que integran la Administración Local.

Órgano gestor:

Intervención

Plazo máximo de resolución:

Grabación inmediata de los datos personales y bancarios que figuren en la ficha de terceros en el acto de presentación de la misma por el Interesado.

Efectos del silencio administrativo:

Positivo

Documentación a aportar:

Personas Físicas:

  • Las personas físicas deberán acreditar la titularidad de la cuenta corriente mediante la presentación del modelo de designación de cuenta bancaria, debidamente firmado y sellado por el representante de la entidad financiera.
  • Como alternativa al modelo de designación de cuenta bancaria, la presentación de una fotocopia de la libreta de ahorro o de otro documento bancario (extracto, recibo, certificado remitido por el banco o de cualquier) donde conste el nombre del titular y el número de cuenta IBAN que acredite dicha titularidad.
  • Fotocopia del NIF/NIE.
  • En su caso, DNI del representante y fotocopia de poderes/escritura donde se acredite la representación.
  • Las Personas Físicas pueden optar por efectuar la presentación bien de forma "Electrónica", o bien de forma "Presencial".

Personas Jurídicas:

  • Las personas jurídicas deberán acreditar la titularidad de la cuenta corriente mediante la presentación del modelo de designación de cuenta bancaria, debidamente firmado y sellado por el representante de la entidad financiera.
  • La firma y sello de la entidad financiera podrá ser sustituido por un certificado bancario de titularidad de la cuenta corriente indicada en su solicitud, emitido por la entidad bancaria que acredite la titularidad de la cuenta, con una antigüedad inferior a seis meses, contados desde la fecha de presentación.
  • Fotocopia del CIF de la entidad
  • Las Personas Jurídicas y demás sujetos obligados conforme a lo previsto en el art. 14.2 de la ley 39/2015 deberán efectuar la presentación obligatoriamente de forma “Electrónica”, mediante el uso de certificado electrónico de representante, emitido por autoridad competente.

Trámite electrónico

  • Selecciona, descarga, rellena, imprime y firma el modelo de designación de cuenta bancaria.
  • Dirígete a la entidad bancaria donde tienes abierta la cuenta con el modelo para que la entidad proceda a su sellado y/o validación.
  • Cumplimenta la Solicitud disponible a través del procedimiento de solicitud de caracter general de la Sede electrónica.
  • Adjunta a la solicitud la documentación indicada en el apartado “Documentación a aportar” en formato *pdf o imagen.
  • Un vez adjuntada la documentación correspondiente, firma electrónicamente la solicitud.

Normativa aplicable

  • Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
  • Bases de Ejecución del Presupuesto de la Diputación de Palencia.

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