Rehabilitación, adquisición y mejora de viviendas destinadas al alquiler y la compra de solares

05 Jun 2024

Rehabilitación, adquisición y mejora de viviendas destinadas al alquiler residencial y la compra de solares del medio rural dotadas con 507.030 euros incluidas dentro del programa ‘HabitaLO RURAL’

  • El plazo para la presentación de solicitudes finalizará el 30 de septiembre de 2024

  • Ante la necesidad de atender las necesidades y demandas habitacionales de la población de la provincia de Palencia, la Diputación de Palencia ha puesto en marcha el programa de vivienda ‘HabitaLO RURAL’, dentro de cuyos objetivos se encuentra el fomento del establecimiento y permanencia de en nuestra provincia

  • La medida persigue fomentar el establecimiento y la permanencia de personas en los municipios del medio rural, al incentivar que fijen allí su residencia y frenar la despoblación.

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El Boletín Oficial de la Provincia ha publicado la convocatoria de subvenciones a los ayuntamientos destinadas a la rehabilitación y mejora de la habitabilidad de viviendas municipales y adquisición de viviendas destinas al alquiler residencial, y a la compra de solares para la promoción de vivienda pública en la provincia. 

Esta Convocatoria se incluye en el Programa de Vivienda HabitaLO RURAL de la Diputación de Palencia, cuya finalidad es atender las necesidades y demandas habitacionales de la población mediante el incremento y mejora del parque público de vivienda de alquiler provincial.

Esta nueva convocatoria se divide en tres líneas de actuación; LA LÍNEA 1 destinada a la realización de obras de rehabilitación y reparación de viviendas de titularidad municipal cuyo destino sea el alquiler para uso como vivienda habitual. Será subvencionable las obras conducentes a adecuar estas viviendas a los estándares previstos en la normativa vigente y/o mejorar las condiciones de eficiencia energética, accesibilidad y habitabilidad, para dotar de mobiliario básico para su puesta en alquiler, también para los honorarios de los profesionales intervinientes, coste de redacción de proyectos, direcciones técnicas o facultativas, informes técnicos y certificados necesarios, así como gastos derivados de la tramitación administrativa. 

La vivienda deberá ser puesta en el mercado de alquiler para uso como vivienda habitual en el plazo de tres meses desde la finalización de las obras, y al menos durante cinco años, con un periodo mínimo de alquiler efectivo de 36 meses durante ese periodo. 

LA LÍNEA 2 está destinada a la adquisición de viviendas cuyo destino sea el alquiler para uso como vivienda habitual. Esta ayuda se destinará a cubrir los gastos de adquisición de vivienda y honorarios de los profesionales intervinientes, así como gastos derivados de la escritura e inscripción en el registro del inmueble. La vivienda deberá pasar a ser de titularidad municipal y ser puesta en el mercado de alquiler para uso como vivienda habitual en el plazo de un año desde su adquisición, y al menos durante cinco años, con un periodo mínimo de alquiler efectivo de 36 meses durante ese periodo. 

En estas dos líneas de subvención no se podrá destinar la vivienda a alquiler turístico o a otros usos con un fin distinto del asentamiento de la población, ni tampoco se podrá subarrendar. El arrendatario de la vivienda deberá empadronarse en el municipio donde se localice la misma durante al menos la duración del contrato de arrendamiento.

LA LÍNEA 3 está destinada a la adquisición de solares para su puesta a disposición de alguno de los Programas de Viviendas de Protección Pública de la Junta de Castilla y León. Las actuaciones subvencionables serán los honorarios de los profesionales intervinientes, así como gastos derivados de la escritura e inscripción en el registro del solar, no se podrá destinar la vivienda a alquiler turístico o a otros usos con un fin distinto del asentamiento de la población, ni tampoco se podrá subarrendar. El arrendatario de la vivienda objeto de la subvención deberá empadronarse en el municipio donde se localice la misma durante al menos la duración del contrato de arrendamiento.

Por otro lado, no serán objeto de esta convocatoria inversiones que tengan una vida útil inferior a cinco años, obras en inmuebles no destinados a viviendas para su puesta en alquiler para uso como vivienda habitual, adquisición de viviendas no destinadas a su puesta en alquiler para uso como vivienda habitual, adquisición de solares para otros usos distintos a los de Promoción de Vivienda Pública. Se considerarán subvencionables aquellas obras y/o acciones que se hayan ejecutado a partir del 1 de enero de 2024.

La medida persigue fomentar el establecimiento y la permanencia de personas en los municipios del medio rural, al incentivar que fijen allí su residencia y frenar la despoblación. Ante la necesidad de atender las necesidades y demandas habitacionales de la población de la provincia de Palencia, la Diputación de Palencia ha puesto en marcha el programa de vivienda “HabitaLO RURAL”, dentro de cuyos objetivos se encuentra el fomento del establecimiento y permanencia de la juventud en nuestra provincia, actuaciones englobadas en el Plan de Acción de la Agenda Rural frente al Reto Demográfico de la Diputación de Palencia, en la Medida Estratégica 15 “Estrategia Joven”.

BENEFICIARIOS Y CUANTÍA. La cuantía total destinada asciende a 567.030 euros. Por ello para rehabilitación de viviendas de titularidad municipal (Línea 1) se destinan 367.030 euros. Para la adquisición de viviendas cuyo destino sea el alquiler (Línea 2) se destinan 100.000 euros y para la adquisición de solares para su puesta a disposición de alguno de los Programas de Viviendas de Protección Pública de la Junta de Castilla y León (Línea 3) un total de 100.000 euros. El plazo para la presentación de solicitudes finalizará el 30 de septiembre de 2024.

HabitaLO RURAL está formado por cuatro líneas de actuación, de las que dos de ellas ya se venían desarrollando con gran éxito, y otras dos son de nueva creación. Las líneas de nueva creación van destinadas directamente a ayudar a los ayuntamientos para la compra o rehabilitación de viviendas para su alquiler y a subvencionar los gastos de los particulares para la contratación del seguro de la vivienda en alquiler y de los gastos generados por la inmobiliaria. Este programa de vivienda cuenta con un presupuesto de un millón de euros.

 

*Tramitación electrónica. Los interesados deberán presentar una solicitud en el registro telemático de la Diputación de Palencia conforme al formulario electrónico del procedimiento habilitado en el catálogo de procedimientos electrónicos de la sede electrónica de la Diputación de Palencia https://sede.diputaciondepalencia.es. El certificado electrónico con el que realice la presentación deberá corresponder al solicitante de la ayuda, en caso contrario no será admitida ni procederá subsanación de defecto alguno.https://www.diputaciondepalencia.es/system/files/2024-06/Solicitud%20de%20subvenciones.pdf
 

*Tramitación presencial. Aquellos sujetos que no se encuentren obligados a la presentación de la solicitud por medios electrónicos, conforme al artículo 14.1 y 14.2 de la Ley 39/2015, y opten por la tramitación presencial deberán presentar una solicitud dirigida a la Ilma. Sra. Presidenta de la Diputación de Palencia conforme al modelo A-0, disponible en la misma dirección anteriormente señalada (http://sede.diputaciondepalencia.es), dentro del apartado “tramitación presencial”, pudiendo presentar la misma en el Registro General de la Diputación o a través de cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

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