Ayudas dirigidas a jóvenes para la compra, construcción, reforma y/o rehabilitación de viviendas en el ámbito rural de Palencia, 2023

El objeto de la presente convocatoria es fomentar el establecimiento y permanencia de la juventud en los municipios de la provincia de Palencia con el objetivo de fijar su residencia en dicho ámbito y luchar contra la despoblación en nuestra provincia.

Tipo Convocatoria
Ayuda
Estado Convocatoria
Adjudicada
Temática
Juventud
Nombre Completo
El objeto de la presente convocatoria es fomentar el establecimiento y permanencia de la juventud en los municipios de la provincia de Palencia con el objetivo de fijar su residencia en dicho ámbito y luchar contra la despoblación en nuestra provincia.
Objeto

El objeto de la presente convocatoria es fomentar el establecimiento y permanencia de la juventud en los municipios de la provincia de Palencia con el objetivo de fijar su residencia en dicho ámbito y luchar contra la despoblación en nuestra provincia

Podrán acogerse a estas ayudas los jóvenes que, en el momento de la publicación de la presente convocatoria reúnan los requisitos que se detallan a continuación:

LÍNEA A

  • Haber adquirido su primera vivienda y estar escriturada en el periodo comprendido entre el 4 de junio de 2022 y la fecha de publicación del extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Palencia.  En ningún caso se aceptará la compra de solar, parcela o semejante que no contenga una vivienda.
  • Tener una edad entre 18 y 36 años, ambos inclusive, en la fecha en que finaliza el periodo de presentación de solicitudes.
  • Que la vivienda esté ubicada en suelo urbano de municipios o Entidades locales menores de la provincia de Palencia con población inferior a 20.000 habitantes.
  • Estar empadronado en la vivienda objeto de subvención a fecha de publicación de la presente convocatoria Si el empadronamiento no ha sido posible todavía en la vivienda subvencionada debido a la reciente compra o por estar siendo objeto de reforma bastará una Declaración Responsable conforme al modelo Anexo A-II comprometiéndose a proceder a su empadronamiento en cuanto sea posible.
  • Ser la primera vivienda que se adquiere, y que la misma se vaya a destinar a residencia habitual y permanente de la unidad familiar o de convivencia.
  • No haber sido beneficiario de ayudas convocadas por el Servicio de Juventud de la Diputación provincial de Palencia dirigidas a jóvenes, para la compra de vivienda en el ámbito  rural de Palencia en convocatorias anteriores (línea A).
  • No ser titular del pleno dominio o de un derecho real de uso o disfrute sobre otra vivienda en un porcentaje superior al 50 por ciento.
  • Acreditar el solicitante algún tipo de ingresos y que éstos sean inferiores a 27.680 euros netos en el año 2022. La acreditación de tales ingresos se efectuará de oficio por esta Administración. A estos efectos la presentación de la solicitud implica la plena aceptación de las Bases de la Convocatoria, y permitirá presumir salvo oposición expresa en el correspondiente apartado del modelo normalizado de solicitud, el consentimiento del solicitante para recabar toda la información necesaria, en particular la de carácter tributario o económica que sea legalmente pertinente para acreditar el cumplimientos de los requisitos, en el marco de la colaboración con la Agencia Estatal de Administración Tributaria, la Dirección General del Catastro, las entidades gestoras de la Seguridad Social y demás Administraciones Públicas competentes.

Para la determinación de esta renta, se contabilizarán todos los rendimientos económicos netos, incluyendo, los de trabajo, de capital mobiliario e inmobiliario, y/o de actividades empresariales, profesionales o artísticas, así como pensiones y rentas otorgadas por Organismos Públicos o Entidades Privadas, etc.

LÍNEA B

  • Ostentar la propiedad o co-propiedad de un solar o parcela edificable donde vaya a realizarse la construcción de la vivienda unifamiliar, o bien de la vivienda que vaya a ser objeto de rehabilitación o reforma.
  • Que la vivienda se vaya a destinar a residencia habitual y permanente de la unidad familiar o de convivencia.
  • Haber encargado la redacción del proyecto para la construcción, reforma y/o rehabilitación de la vivienda según el modelo del Colegio Oficial de Arquitectos y estar debidamente visado y aceptado por el facultativo que realiza el encargo  entre el 4 de junio de 2022 y la fecha de publicación del extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Palencia. Es imprescindible para poder valorar la solicitud que en dicho modelo conste el importe del Presupuesto de Ejecución Material (PEM).
  • Que los honorarios técnicos de la redacción de proyecto para la construcción, reforma y/o rehabilitación de vivienda estén efectivamente abonados con anterioridad al 30 de septiembre de 2023.
  • Tener una edad entre 18 y 36 años, ambos inclusive, en la fecha en que finaliza el periodo de presentación de solicitudes.
  • Que la vivienda y/o solar esté ubicado en suelo urbano de municipios o Entidades locales menores de la provincia de Palencia con población inferior a 20.000 habitantes.
  • Estar empadronado en la vivienda objeto de subvención a fecha de publicación de la presente convocatoria. Si el empadronamiento no ha sido posible todavía debido a la no finalización de las obras, bastará una Declaración Responsable conforme al modelo Anexo A-II comprometiéndose a proceder a su empadronamiento en cuanto sea posible.
  • Ser la primera vivienda que se construye y/o rehabilita y que la misma se vaya a destinar a residencia habitual y permanente de la unidad familiar o de convivencia.
  • No haber sido beneficiario de ayudas convocadas por el Servicio de Juventud de la Diputación provincial de Palencia dirigidas a jóvenes, para construcción, reforma y/o rehabilitación de una vivienda en el ámbito rural de Palencia en convocatorias anteriores por el mismo concepto.
  • No ser titular del pleno dominio o de un derecho real de uso o disfrute sobre otra vivienda en un porcentaje superior al 50 por ciento.
  • Acreditar el solicitante algún tipo de ingresos y que éstos sean inferiores a 27.680 euros netos en el año 2022. La acreditación de tales ingresos se efectuará de oficio por esta Administración.  A estos efectos la presentación de la solicitud implica la plena aceptación de las Bases de la Convocatoria, y permitirá presumir salvo oposición expresa en el correspondiente apartado del modelo normalizado de solicitud, el consentimiento del solicitante para recabar toda la información necesaria, en particular la de carácter tributario o económica que sea legalmente pertinente para acreditar el cumplimientos de los requisitos, en el marco de la colaboración con la Agencia Estatal de Administración Tributaria, la Dirección General del Catastro, las entidades gestoras de la Seguridad Social y demás Administraciones Públicas competentes.

Para la determinación de esta renta, se contabilizarán todos los rendimientos económicos netos, incluyendo, los de trabajo, de capital mobiliario e inmobiliario, y/o de actividades empresariales, profesionales o artísticas, así como pensiones y rentas otorgadas por Organismos Públicos o Entidades Privadas, etc.

 

Dotación o Importe
100.000,00
Periodicidad
Anual

Organismos

Emisor
Diputación de Palencia
Convocante
Diputación de Palencia
Tramitador

Bases de la Convocatoria

Fecha publicación
Número
60
Página
87
Enlace Boletín externo

Solicitud

Fecha Solicitudes
-
Lugar Presentacion

PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES

Se aceptarán hasta dos solicitudes de cada beneficiario (una para la línea A y otra para la línea B), pudiendo solicitar la ayuda asimismo cada uno de los propietarios de la vivienda.

Las solicitudes se presentarán de forma individual por cada uno de los propietarios y para cada una de las líneas indicando el porcentaje de propiedad que se ostenta sobre la vivienda.  No se admitirán solicitudes conjuntas.

No se admitirán aquellas solicitudes en las que se realice la petición conjunta de las dos líneas.

Junto con la solicitud deberá acompañarse la siguiente documentación:

LÍNEA A:

  1. Anexo A-I.
  2. Volante o certificado de empadronamiento CONJUNTO O COLECTIVO actualizado a la fecha de publicación del extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Palencia.

Además, en caso de que aún no haya sido posible el empadronamiento en la vivienda objeto de subvención como consecuencia de compra reciente y/o no haber terminado la ejecución de la obra, reforma o rehabilitación, deberá presentar Declaración Responsable conforme al Anexo A-II.

  1. Copia del DNI del solicitante y de todos los miembros de la unidad familiar o de convivencia que figuran en el certificado o volante de empadronamiento presentado.

En caso de que aún no haya sido posible el empadronamiento en la vivienda objeto de subvención como consecuencia de compra reciente y/o no haber terminado la ejecución de la obra, reforma o rehabilitación, deberá presentar Declaración Responsable conforme al Anexo A-II.

  1. En el caso de que la persona solicitante o alguno de los miembros de su unidad familiar o de convivencia se oponga a prestar la autorización para solicitar a otras Administraciones la información necesaria, deberá presentar de la Declaración completa del IRPF de 2022, certificado de ingresos percibidos en el año 2022 así como certificado del Catastro en su caso.
  2. Documentos que acrediten las circunstancias familiares establecidas en la base 5ª  para poder optar a la puntuación correspondiente, tales como libro de familia, carnet de familia numerosa, documento que acredite la discapacidad, así como los que acrediten el resto de situaciones.  En caso de no acreditar dichas circunstancias no serán tenidas en cuenta en el momento de realizar la valoración de las solicitudes, sin perjuicio de que si la documentación presentada es incompleta pueda recabarse la subsanación.
  3. Copia de la escritura de compra/venta o copia simple de la misma.
  4. Solicitud de abono de la subvención conforme al modelo habilitado al efecto Anexo B-I – Solicitud abono subvención (entidades privadas), disponible en la sede electrónica de Diputación de Palencia en la dirección: https://sede.diputaciondepalencia.es,  dentro de “Catálogo de procedimientos” – “Asuntos Generales” – “Justificación de la subvención-Entidades privadas” – “Solicitud”.
  5. Acreditación de titularidad de una cuenta bancaria de abono.

LÍNEA B:

  1. Anexo A-I.
  2. Volante o certificado de empadronamiento CONJUNTO O COLECTIVO actualizado a la fecha de publicación del extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Palencia.

Además, en caso de que aún no haya sido posible el empadronamiento en la vivienda objeto de subvención como consecuencia de compra reciente y/o no haber terminado la ejecución de la obra, reforma o rehabilitación, deberá presentar Declaración Responsable conforme al Anexo A-II.

  1. Copia del DNI del solicitante y de todos los miembros de la unidad familiar o de convivencia que figuran en el certificado o volante de empadronamiento presentado.
  2. En el caso de que la persona solicitante o alguno de los miembros de su unidad familiar o de convivencia se oponga a prestar la autorización para solicitar a otras Administraciones la información necesaria, deberá presentar la Declaración completa del IRPF de 2022, certificado de ingresos percibidos en el año 2022 así como certificado del Catastro en su caso.
  3. Documentos que acrediten las circunstancias familiares establecidas en la base 5ª  para poder optar a la puntuación correspondiente, tales como libro de familia, carnet de familia numerosa, documento que acredite la discapacidad, así como los que acrediten el resto de situaciones.  En caso de no acreditar dichas circunstancias no serán tenidas en cuenta en el momento de realizar la valoración de las solicitudes, sin perjuicio de que si la documentación presentada es incompleta pueda recabarse la subsanación.
  4. Hoja de comunicación de encargo profesional, según el modelo del Colegio Oficial de Arquitectos debidamente visado y aceptado por el facultativo encargado de la redacción del proyecto entre el 4 de junio de 2022 y la fecha de publicación del extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la provincia de Palencia. Es imprescindible para poder valorar la solicitud que en dicho modelo conste el importe del Presupuesto de Ejecución Material (PEM).
  5. Copia de la escritura de propiedad o copia simple del solar y/o vivienda en el que se van a realizar las obras.
  6. Anexo A-III: Declaración responsable de cotitularidad compartida de la vivienda en su caso.

JUSTIFICACIÓN (solo Línea B)

Se realizará una vez publicada la resolución de concesión y antes del 30 de septiembre de 2023.

Línea B

  • Solicitud de abono de la subvención conforme al modelo habilitado al efecto Anexo B-I – Solicitud abono subvención (entidades privadas), disponible en la sede electrónica de Diputación de Palencia en la dirección: https://sede.diputaciondepalencia.es,  dentro de “Catálogo de procedimientos” – “Asuntos Generales” – “Justificación de la subvención-Entidades privadas” – “Solicitud”.
  • Factura legalmente expedida por el arquitecto en concepto de  “Redacción del proyecto básico y de ejecución”. No se admitirán facturas emitidas a nombre de varias personas. En el caso de que la vivienda y/o solar tenga más de un propietario, cada uno de ellos deberá presentar la factura correspondiente a su nombre teniendo en cuenta el % de titularidad que se ostenta sobre la misma.
  • Acreditación de titularidad de una cuenta bancaria de abono.

 

Informacion Adicional

Requisitos

Podrán acogerse a estas ayudas los jóvenes que, en el momento de la publicación de la presente convocatoria reúnan los requisitos que se detallan a continuación:

LÍNEA A

  • Haber adquirido su primera vivienda y estar escriturada en el periodo comprendido entre el 4 de junio de 2022 y la fecha de publicación del extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Palencia.  En ningún caso se aceptará la compra de solar, parcela o semejante que no contenga una vivienda.
  • Tener una edad entre 18 y 36 años, ambos inclusive, en la fecha en que finaliza el periodo de presentación de solicitudes.
  • Que la vivienda esté ubicada en suelo urbano de municipios o Entidades locales menores de la provincia de Palencia con población inferior a 20.000 habitantes.
  • Estar empadronado en la vivienda objeto de subvención a fecha de publicación de la presente convocatoria Si el empadronamiento no ha sido posible todavía en la vivienda subvencionada debido a la reciente compra o por estar siendo objeto de reforma bastará una Declaración Responsable conforme al modelo Anexo A-II comprometiéndose a proceder a su empadronamiento en cuanto sea posible.
  • Ser la primera vivienda que se adquiere, y que la misma se vaya a destinar a residencia habitual y permanente de la unidad familiar o de convivencia.
  • No haber sido beneficiario de ayudas convocadas por el Servicio de Juventud de la Diputación provincial de Palencia dirigidas a jóvenes, para la compra de vivienda en el ámbito  rural de Palencia en convocatorias anteriores (línea A).
  • No ser titular del pleno dominio o de un derecho real de uso o disfrute sobre otra vivienda en un porcentaje superior al 50 por ciento.
  • No estar incurso en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario/a de subvenciones previstas en el art. 13.2 LGS, en lo que le resulte de aplicación.
  • Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, en los términos en que éstas se definen en los artículos 14 LGS y en los artículos 22, 23 y 24 RGS.
  • No tener deudas tributarias vencidas pendientes de pago con la Diputación Provincial de Palencia.
  • Acreditar el solicitante algún tipo de ingresos y que éstos sean inferiores a 27.680 euros netos en el año 2022. La acreditación de tales ingresos se efectuará de oficio por esta Administración. A estos efectos la presentación de la solicitud implica la plena aceptación de las Bases de la Convocatoria, y permitirá presumir salvo oposición expresa en el correspondiente apartado del modelo normalizado de solicitud, el consentimiento del solicitante para recabar toda la información necesaria, en particular la de carácter tributario o económica que sea legalmente pertinente para acreditar el cumplimientos de los requisitos, en el marco de la colaboración con la Agencia Estatal de Administración Tributaria, la Dirección General del Catastro, las entidades gestoras de la Seguridad Social y demás Administraciones públicas competentes.

Para la determinación de esta renta, se contabilizarán todos los rendimientos económicos netos, incluyendo, los de trabajo, de capital mobiliario e inmobiliario, y/o de actividades empresariales, profesionales o artísticas, así como pensiones y rentas otorgadas por Organismos Públicos o Entidades Privadas, etc.

LÍNEA B

  • Ostentar la propiedad o copropiedad de un solar o parcela edificable donde vaya a realizarse la construcción de la vivienda unifamiliar, o bien de la vivienda que vaya a ser objeto de rehabilitación o reforma.
  • Que la vivienda se vaya a destinar a residencia habitual y permanente de la unidad familiar o de convivencia.
  • Haber encargado la redacción del proyecto para la construcción, reforma y/o rehabilitación de la vivienda según el modelo del Colegio Oficial de Arquitectos y estar debidamente visado y aceptado por el facultativo que realiza el encargo  entre el 4 de junio de 2022 y la fecha de publicación del extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Palencia. Es imprescindible para poder valorar la solicitud que en dicho modelo conste el importe del Presupuesto de Ejecución Material (PEM).
  • Que los honorarios técnicos de la redacción de proyecto para la construcción, reforma y/o rehabilitación de vivienda estén efectivamente abonados con anterioridad al 30 de septiembre de 2023.
  • Tener una edad entre 18 y 36 años, ambos inclusive, en la fecha en que finaliza el periodo de presentación de solicitudes.
  • Que la vivienda y/o solar esté ubicado en suelo urbano de municipios o Entidades locales menores de la provincia de Palencia con población inferior a 20.000 habitantes.
  • Estar empadronado en la vivienda objeto de subvención a fecha de publicación de la presente convocatoria. Si el empadronamiento no ha sido posible todavía debido a la no finalización de las obras, bastará una Declaración Responsable conforme al modelo Anexo A-II comprometiéndose a proceder a su empadronamiento en cuanto sea posible.
  • Ser la primera vivienda que se construye y/o rehabilita y que la misma se vaya a destinar a residencia habitual y permanente de la unidad familiar o de convivencia.
  • No haber sido beneficiario de ayudas convocadas por el Servicio de Juventud de la Diputación provincial de Palencia dirigidas a jóvenes, para construcción, reforma y/o rehabilitación de una vivienda en el ámbito rural de Palencia en convocatorias anteriores por el mismo concepto.
  • No ser titular del pleno dominio o de un derecho real de uso o disfrute sobre otra vivienda en un porcentaje superior al 50 por ciento.
  • No estar incurso en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario/a de subvenciones previstas en el art. 13.2 LGS, en lo que le resulte de aplicación.
  • Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, en los términos en que éstas se definen en los artículos 14 LGS y en los artículos 22, 23 y 24 RGS.
  • No tener deudas tributarias vencidas pendientes de pago con la Diputación Provincial de Palencia.
  • Acreditar el solicitante algún tipo de ingresos y que éstos sean inferiores a 27.680 euros netos en el año 2022. La acreditación de tales ingresos se efectuará de oficio por esta Administración.  A estos efectos la presentación de la solicitud implica la plena aceptación de las Bases de la Convocatoria, y permitirá presumir salvo oposición expresa en el correspondiente apartado del modelo normalizado de solicitud, el consentimiento del solicitante para recabar toda la información necesaria, en particular la de carácter tributario o económica que sea legalmente pertinente para acreditar el cumplimientos de los requisitos, en el marco de la colaboración con la Agencia Estatal de Administración Tributaria, la Dirección General del Catastro, las entidades gestoras de la Seguridad Social y demás Administraciones públicas competentes.

Para la determinación de esta renta, se contabilizarán todos los rendimientos económicos netos, incluyendo, los de trabajo, de capital mobiliario e inmobiliario, y/o de actividades empresariales, profesionales o artísticas, así como pensiones y rentas otorgadas por Organismos Públicos o Entidades Privadas, etc.

Criterios de valoración

Para ambas líneas, sobre la base de los principios de transparencia y objetividad, la puntuación final otorgada se determinará por la suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los puntos que se desglosan a continuación de acuerdo con los siguientes criterios:

Ingresos de la unidad familiar o de convivencia:

Se entiende por unidad familiar o de convivencia a efectos de la presente convocatoria, la formada por la persona solicitante, su cónyuge o unión de hecho tanto inscrita como no inscrita,  y los descendientes menores de edad y ascendientes que convivan y tengan su domicilio habitual en la misma vivienda.

A efectos de la presente convocatoria para determinar la renta de referencia se aplicarán los criterios contenidos en la Ordenanza reguladora de los servicios de ayuda a domicilio y teleasistencia de la Diputación de Palencia.

Se valorará la renta per cápita anual relativa al periodo impositivo de 2021, conforme al siguiente desglose:

  • Menos de 14.000 euros ...............................................................................  7 puntos
  • De 14.001 a 17.000 euros ............................................................................  6 puntos
  • De 17.001 a 20.000 euros ............................................................................  5 puntos
  • De 20.001 a 23.000 euros ............................................................................  4 puntos
  • De 23.001 a 26.000 euros ............................................................................  3 puntos
  • De 26.001 a 28.000 euros............................................................................ 2 puntos
  • Más 27.680 ................................................................................................ 1 punto

Circunstancias familiares:

  • Por cada hijo: .................................................................................................................................................................................................  1 punto
  • Familia numerosa de categoría general: .......................................................................................................................................................  1 punto
  • Familia numerosa de categoría especial: ......................................................................................................................................................  2 puntos
  • Por cada miembro que esté afectado de discapacidad legalmente reconocida igual o superior al 33%: ......................................................  1 punto
  • Familia monoparental: ....................................................................................................................................................................................  2 puntos
  • Familias o unidades de convivencia en las que alguno de sus miembros  sea víctima de violencia de género: ............................................  2 puntos
  • Familias beneficiarias de renta garantizada de ciudadanía o prestaciones equivalentes: ............................................................................... 2 puntos

Por la población del municipio o de la entidad local menor (ELM), donde esté ubicado el solar o vivienda:

  • Municipios o ELM de hasta 250 habitantes................................................... 5 puntos
  • Municipios o ELM de 251 a 500 habitantes................................................... 4 puntos
  • Municipios o ELM de 501 a 750 habitantes…................................................. 3 puntos
  • Municipios o ELM de 751 a 1.000 habitantes................................................ 2 puntos
  • Municipios o ELM de 1.001 a 1.500 habitantes .............................................  1 punto
  • Municipios de más de 1.500 habitantes........................................................ 0 puntos

Resolución

Bloque Redes sociales