Ayudas de transporte y residencia para jóvenes estudiantes de la provincia de Palencia 2021

Subvenciones para el curso académico 2020/2021, para jóvenes universitarios y de postgrado y estudiantes de Bachiller, estudiantes de ciclos formativos de grado básico, medio o superior de la provincia de Palencia con ayudas al transporte y a la residencia, así como estudios oficiales de idiomas en la Escuela oficial de Idiomas de Palencia y estudios de música en el Conservatorio Profesional de Música de Palencia con ayudas al transporte.

 

 
Tipo Convocatoria
Ayuda
Estado Convocatoria
Adjudicada
Temática
Juventud
Nombre Completo
Ayudas de transporte y residencia para jóvenes estudiantes de la provincia de Palencia, 2021
Objeto

El objeto de la presente convocatoria es regular la concesión de subvenciones para el curso académico 2020/2021, para jóvenes universitarios y estudiantes de Bachiller, estudiantes de ciclos formativos de grado básico, medio o superior de la provincia de Palencia con ayudas al transporte y a la residencia, así como estudios oficiales de idiomas en la Escuela Oficial de Idiomas de Palencia y estudios de música en el Conservatorio Profesional de Música de Palencia con ayudas al transporte.

Beneficiarios

Podrán solicitar estas ayudas, los estudiantes universitarios, estudiantes de postgrado (máster, especialidades, experto, etc.), excluyéndose los que se encuentren realizando programas en el extranjero (programa Erasmus o similares), estudiantes de Bachiller, estudiantes de ciclos de grado básico, medio o superior, estudiantes de la escuela oficial de idiomas de Palencia y estudiantes del Conservatorio Profesional de Música de Palencia, que estén en el momento de la publicación de la convocatoria,  empadronados  en algún municipio de la provincia de Palencia cuya población sea inferior a 20.000 habitantes.

Dotación o Importe
80.000,00
Periodicidad
Anual

Organismos

Emisor
Diputación de Palencia
Convocante
Diputación de Palencia
Tramitador

Bases de la Convocatoria

Fecha publicación
Número
84
Página
24
Enlace Boletín externo

Solicitud

Fecha Solicitudes
-
Lugar Presentacion

Los interesados deberán presentar una solicitud en el registro telemático de la Diputación de Palencia, conforme al formulario electronico del procedimiento habilitado en el catálogo de procedimientos electrónicos de la sede electrónica de la Diputación de Palencia http://sede.diputaciondepalencia.es El certificado electrónico con el que se realice la presentación deberá corresponder al solicitante de la ayuda.

Aquellos sujetos que no se encuentren obligados a la presentación de la solicitud por medios electrónicos, conforme al artículo 14.1 y 14.2 de la Ley 39/2015, y opten por la tramitación presencial deberán presentar una solicitud dirigida a la Ilma. Sra. Presidenta de la Diputación de Palencia conforme al modelo A-0, disponible en la misma dirección anteriormente señalada (http://sede.diputaciondepalencia.es), dentro del apartado “tramitación presencial”, pudiendo presentar la misma en el Registro General de la Diputación o a través de cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Documentación:

  • Modelo A-O;
  • Anexo II;
  • Anexo III (únicamente para los que no hayan presentado declaración del IRPF del 2020);
  • Documentación que acredite fehacientemente las notas del curso 2020/2021;
  • Fotocopia del DNI de todos los miembros de la unidad de convivencia;
  • Certificado de empadronamiento o acreditación padronal correspondiente al municipio donde el solicitante tenga su residencia, haciendo constar la fecha desde que figura inscrito en el padrón;
  • Fotocopia del justificante de matrícula del curso escolar 2020/2021 (comprenderá la totalidad de las asignaturas matriculadas);
  • En los casos que proceda, título de familia numerosa, resolución de reconocimiento de discapacidad de los miembros de la unidad de convivencia, documentación que acredite que es familia monoparental, resolución de la concesión renta garantizada y/o documentación que acredite ser víctima de violencia de género.
  • Modelo sellado por la entidad bancaria con el IBAN correspondiente.
  • Para las ayudas de residencia, el contrato original de alquiler del piso o fotocopia y el justificante de pago de los meses correspondientes. En el caso de residencia universitaria, la factura expedida por la misma;
  • Para las ayudas de transporte, será necesario presentar facturas originales o documentación acreditativa, expedida por la empresa de transporte. No se admitirá documentos de ninguna asociación, ni serán válidos tiques o bonos urbanos (sí interurbanos). Excepcionalmente, se admitirán facturas de carburante de vehículos particulares, siempre que no existan medios de transporte públicos o que sean incompatibles con el horario escolar. En este supuesto se presentará adicionalmente la siguiente documentación:
    • Horario académico del curso 2020/2021.
    • Horario de la empresa de transportes de su municipio al lugar de estudio. En el caso de que no exista transporte documento del Ayuntamiento que indique tal circunstancia.

Además, en la factura correspondiente deberá constar “por carburante consumido” en fechas y lugares de periodo escolar;

  • En el caso de estudiantes de bachillerato o ciclos formativos de grado básico, medio o superior, en centros de la provincia deberán acreditar mediante declaración jurada que no disponen de transporte público a cualquier centro en el que se imparta la correspondiente titulación. (Anexo IV);

 

Todas las facturas habrán de expedirse a nombre del solicitante.

Informacion Adicional

Criterios de valoración

Las ayudas que se convocan se concederán en función del rendimiento académico, de los recursos económicos, de la situación familiar o unidad de convivencia y de otras ayudas recibidas para el mismo fin.

A) Para los estudiantes universitarios el rendimiento académico: conforme al R. D. 1044/2003, aplicándose a los puntos obtenidos conforme a la citada norma (Anexo II), la siguiente baremación:

  • Hasta 1,4............................ 1 punto
  • De 1,5 a 1,9 ....................... 2 puntos
  • De 2 a 2,4 .......................... 4 puntos
  • De 2,5 a 2,9 ....................... 6 puntos.
  • De 3 a 3,4 .......................... 8 puntos
  • Más de 3,5 ......................... 10 puntos.

 

Para los estudiantes de bachillerato o ciclo formativos de grado medio o superior, se tendrá en cuenta la nota media obtenida, baremándose de la siguiente forma:

  • Matrícula de honor (10 puntos) ......................... 10 puntos.
  • Sobresaliente (9 o más puntos) ......................... 8 puntos.
  • Notable (7,5 o más puntos) ............................... 6 puntos.
  • Aprobado: (5 o más puntos) .............................. 4 puntos.

 

Para los estudiantes del Conservatorio Profesional de Música de Palencia. La nota media de la totalidad del expediente académico, en los siguientes términos:

  • Matrícula de honor (10 puntos)............... 10 puntos.
  • Sobresaliente (9 o más puntos) ............... 8 puntos.
  • Notable (7,5 o más puntos) ..................... 6 puntos.
  • Aprobado: (5 o más puntos) .................... 4 puntos.

 

B) Recursos económicos:
Se valorará la renta familiar “per cápita” anual del año 2020. A estos efectos, se considerarán todos los ingresos de los que convivan en el mismo domicilio del solicitante, incluyendo rendimientos de trabajo, rentas de capital, actividades empresariales, profesionales o artísticas y pensiones otorgadas por organismos públicos o entidades privadas, etc., divididos por el nº de personas integrantes de la unidad familiar. Esta renta se obtendrá directamente por esta administración, con la debida autorización firmada por todos los miembros (Anexo II). De no ser posible la obtención de los datos necesarios para tener dicha información, se requerirá a los interesados para que presenten los documentos oportunos. Para tener derecho a una posible ayuda, será imprescindible la acreditación de algún tipo de ingresos que financien los gastos subvencionados.

La puntuación aplicable, en virtud de estos ingresos, será la siguiente:

  • Menos de 3.000 € .................. 10 puntos
  • De 3.001 a 4.000 € ................ 8 puntos
  • De 4.001 a 5.000 € ................ 6 puntos
  • De 5.001 a 6.000 € ................ 4 puntos
  • De 6.001 a 8.000 € ................ 2 puntos
  • De 8.001 a 11.000 € .............. 1 punto
  • Más 11.000 € ..........................0 puntos

 

C) Situación familiar o unidad de convivencia:

  • Por cada hijo:............................................................................................................................................ 1 punto.
  • Familia numerosa de categoría especial: .................................................................................................. 2 puntos.
  • Familia numerosa de categoría general:.................................................................................................... 1 punto.
  • Por cada miembro que esté afectado de discapacidad legalmente declarada superior al 33%: .................. 1 punto.
  • Familias monoparentales: ........................................................................................................................ 2 puntos.
  • Familias o unidades de convivencia en las que alguno de sus miembros sean víctimas de violencia de género: .. 2 puntos.
  • Familias que sean beneficiarias de renta garantizada de ciudadanía: ................................................................. 2 puntos.

 

La puntuación obtenida por cada solicitante vendrá determinada por la aplicación de los criterios de valoración establecidos, sirviendo el total para fijar el orden de puntación, hasta la concesión de las ayudas. En los supuestos de empate, el orden de prelación para obtener ayuda, vendrá determinado por la renta per cápita inferior de la unidad familiar.

Resolución

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