Esta convocatoria tiene por objeto la concesión de premios a proyectos innovadores planteados por las empresas que tengan como objetivo principal fomentar la competitividad empresarial, el espíritu innovador y el emprendimiento para la promoción económica del medio rural palentino. De este modo, se pretende motivar a las empresas y emprendedores sobre la necesidad de invertir en conocimiento y desarrollo tecnológico, para alcanzar un mayor grado de competitividad empresarial.
Asimismo, se pretende consolidar una esfera de cooperación que ayude a generar proyectos de transferencia del conocimiento Universidad-Empresa, donde las entidades puedan llevar a cabo proyectos de I+D+i mediante la aplicación del conocimiento generado por los investigadores y con utilidad en el conjunto del entramado socioeconómico.
Se otorgarán 2 premios destinados a empresas y un accésit destinado a emprendedores:
- Primer premio: dotado con 12.000 €.
- Segundo premio: dotado con 7.500 €.
- Accésit de carácter honorífico: dotado con 500 €.
A los premios y al accésit se les aplicarán las retenciones legales correspondientes.
Información de la publicación
Información detallada
- Las empresas de menos de 50 trabajadores que tengan actividad económica en el medio rural palentino.
- Los emprendedores que presenten un proyecto innovador para el medio rural palentino podrán participar en esta convocatoria, pudiendo acceder únicamente al
accésit de carácter honorífico.
Se acompañará a las solicitudes:
- Fotocopia del DNI de la persona solicitante
- Fotocopia del CIF donde figure la sede social de la empresa o certificado de alta de autónomos en su caso.
- Declaración responsable del número de trabajadores de la empresa. La Diputación de Palencia se reserva a verificar, en cualquier momento, la veracidad de los datos aportados en la declaración responsable.
- Documento elaborado y firmado por la empresa que solicita el premio que deberá contener, al menos, los siguientes extremos: Descripción del proyecto innovador que se presenta de al menos 20 líneas, grado de innovación, impacto para el desarrollo rural, repercusión de la innovación que presenta, sector económico de la empresa, sector económico al que se dirige el proyecto y breve estudio sobre la repercusión económica para la empresa.
El solicitante deberá tener en cuenta que opta a un premio, aportando la información que estime conveniente a este efecto, así como la suficiente para dar respuesta a los criterios de valoración que se establecen en el apartado 5 de esta convocatoria.
En su conjunto el documento para presentar el proyecto tendrá como máximo 5 páginas.
- Breve Curriculum vitae, en caso de ser emprendedor.
Con independencia de la documentación señalada, se podrá requerir en todo momento la documentación o información complementaria que en función de las características del proyecto o datos facilitados se estime necesaria.
Los interesados deberán presentar una única solicitud en el registro telemático de la Diputación de Palencia, conforme al formulario electrónico1 del procedimiento habilitado en el apartado "Subvenciones y ayudas" de la sede electrónica de la Diputación de Palencia http://sede.diputaciondepalencia.es El certificado electrónico con el que se realice la presentación deberá corresponder al solicitante de la ayuda, en caso contrario no será admitida ni procederá subsanación de defecto alguno.
Aquellos sujetos que no se encuentren obligados a la presentación de la solicitud por medios electrónicos, conforme al artículo 14.1 y 14.2 de la Ley 39/2015, y opten por la tramitación presencial deberán presentar una solicitud dirigida a la Ilma. Sra. Presidenta de la Diputación de Palencia conforme al modelo A-0, disponible en la misma dirección anteriormente señalada (http://sede.diputaciondepalencia.es), dentro del apartado “tramitación presencial”, pudiendo presentar la misma en el Registro General de la Diputación o a través de cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
El plazo para la presentación de las solicitudes será de 15 días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia, prorrogándose dicho plazo hasta el primer día hábil siguiente, cuando el último día sea sábado o festivo.