Subvenciones 2020 a PYMES para su asistencia a ferias profesionales de carácter comercial

Es objeto de esta convocatoria la concesión de subvenciones a pymes palentinas para su asistencia a ferias profesionales de carácter comercial, de ámbito nacional o internacional, para la promoción de sus productos o servicios.

La finalidad última de la misma es facilitar la participación de empresarios palentinos en ferias profesionales que permita ampliar sus oportunidades de negocio y consolidación.  

Tipo Convocatoria
Subvención
Estado Convocatoria
Adjudicada
Temática
Promoción Económica
Nombre Completo
Convocatoria 2020 de subvenciones a PYMES para su asistencia a ferias profesionales de carácter comercial - BDNS: 497322
Objeto

Es objeto de esta convocatoria la concesión de subvenciones a pymes palentinas para su asistencia a ferias profesionales de carácter comercial, de ámbito nacional o internacional, para la promoción de sus productos o servicios.

La finalidad última de la misma es facilitar la participación de empresarios palentinos en ferias profesionales que permita ampliar sus oportunidades de negocio y consolidación.  

Beneficiarios

Podrán ser beneficiarios de esta convocatoria los siguientes:

  •  Las pymes con sede social en el medio rural de la provincia de Palencia pertenecientes a los sectores agroalimentario, turístico, industrial y de servicios.
  • Las empresas adheridas a la marca de calidad de la Diputación de Palencia “Alimentos de Palencia”.
Dotación o Importe
30.000,00
Periodicidad
Anual

Organismos

Emisor
Diputación de Palencia
Convocante
Diputación de Palencia

Bases de la Convocatoria

Fecha publicación
Número
26
Página
4
Enlace Boletín externo

Solicitud

Fecha Solicitudes
-
Lugar Presentacion

Los interesados deberán presentar una solicitud  en el registro telemático de la Diputación de Palencia, conforme al formulario electrónico del procedimiento habilitado en el catálogo de procedimientos electrónicos de la sede electrónica de la Diputación de Palencia http://sede.diputaciondepalencia.es El certificado electrónico con el que se realice la presentación deberá corresponder al solicitante de la ayuda, en caso contrario no será admitida ni procederá subsanación de defecto alguno

 Aquellos sujetos que no se encuentren obligados a la presentación de la solicitud por medios electrónicos, conforme al artículo 14.1 y 14.2 de la Ley 39/2015, y opten por la tramitación presencial deberán presentar una solicitud dirigida a la Ilma. Sra. Presidenta de la Diputación de Palencia conforme al modelo A-0, disponible en la misma dirección anteriormente señalada (http://sede.diputaciondepalencia.es), dentro del apartado “tramitación presencial”, pudiendo presentar la misma en el Registro General de la Diputación o a través de cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

 Las solicitudes habrán de presentarse en el plazo de al menos 5 días naturales antes de asistir al certamen expositivo, salvo que éste haya tenido lugar con anterioridad a la publicación de esta convocatoria. En este caso, el plazo para la presentación de la solicitud será de 1 mes a contar desde el siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia, prorrogándose dicho plazo hasta el primer día hábil siguiente, cuando el último día sea sábado o festivo.

Informacion Adicional

Requisitos

Los gastos/actuaciones a subvencionar deberán referirse a:

 Acciones de promoción, por la participación en ferias, exposiciones y certámenes de carácter profesional, siempre que estén directamente relacionadas con la actividad empresarial realizada por el solicitante, ya sean nacionales o internacionales, quedando excluidas cualquiera de ellas cuyo objetivo principal sea la venta directa de los productos o servicios.

 Serán subvencionables las acciones de promoción que hayan sido realizadas entre el 1 de octubre de 2019 y el 30 de septiembre de 2020.

 No se considerarán subvencionables aquellas citas profesionales a las que la Diputación de Palencia acuda como expositor.

 Tendrán la consideración de gastos subvencionables aquellos que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada.

 Se consideran gastos susceptibles de subvención los siguientes:

-       Inscripción en la feria.

-       Importe de los espacios contratados.

-       Acondicionamiento del stand. (Mobiliario, Suministros como luz, agua, conexión internet, limpieza etc.)

-        Alojamiento de una persona, con los siguientes límites de gasto: 90,00 € por día de feria. No incluye régimen alimenticio (desayunos, comidas y cenas)

-       Desplazamiento de una persona, indicando si lo realiza con transporte privado o público, en este caso se justificará con la presentación de la factura correspondiente. Se tendrán en cuenta los siguientes límites de gasto: 0,19 € por km, contados desde el domicilio social de la empresa para el caso de que el desplazamiento se realice con transporte privado. Y, en todo caso, la suma del transporte público y privado tendrá un límite de gasto de 500,00 € en ferias nacionales y 1.000,00 € en ferias internacionales.

-       Transporte de mercancías.

-       Gastos de traducción y servicios de intérprete, así como la edición de catálogos, folletos, material audiovisual, etc. En el caso del material editado, sea cual sea su soporte, se deberá incluir el logotipo de la Diputación de Palencia para ser considerado subvencionable.

 Se considerarán ferias internacionales aquellas que se realicen fuera del territorio español.

Incompatibilidades

Esta ayuda será compatible con otras que pudieran obtenerse de otras Administraciones o entes públicos para el mismo fin, siempre que la suma de ambas no supere el total de la inversión realizada objeto de subvención. Será incompatible con otras provenientes de la Diputación de Palencia.

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