Subvenciones a ayuntamientos para la ampliación o mejora de polígonos industriales en Palencia

Es objeto de la presente convocatoria, la concesión de subvenciones a Ayuntamientos del medio rural de la Provincia de Palencia para la ampliación o mejora de suelo industrial existente de promoción pública en la provincia de Palencia.

Tipo Convocatoria
Subvención
Estado Convocatoria
Adjudicada
Temática
Promoción Económica
Nombre Completo
Convocatoria 2018 de ayudas a ayuntamientos para la ampliación o mejora de polígonos industriales en la provincia de Palencia.BDNS:341714
Objeto

Es objeto de la presente convocatoria, la concesión de subvenciones a Ayuntamientos del medio rural de la Provincia de Palencia para la ampliación o mejora de suelo industrial existente de promoción pública en la provincia de Palencia.

 La presente convocatoria se tramita anticipadamente.

Beneficiarios

Podrán ser beneficiarios de esta convocatoria los siguientes:

1.Los Ayuntamientos del medio rural de la provincia de Palencia.

2. Las Entidades Locales Menores cuyo ámbito territorial se encuentre comprendido en el término municipal de los Ayuntamientos señalados en el apartado anterior.

3. Sociedades municipales de capital íntegramente local que tengan la consideración de medio propio de acuerdo con lo dispuesto por el real Decreto Legislativo 3/2011 de 14 de noviembre, que aprueba el texto refundido de la Ley de Contrato del Sector Público.  

Los beneficiarios deberán disponer de la financiación necesaria para la realizar la actuación cuya subvención solicite. A tal efecto, las entidades públicas deberán acreditar la existencia de crédito adecuado y suficiente en su presupuesto.

Dotación o Importe
130.000,00
Periodicidad
Anual

Organismos

Emisor
Diputación de Palencia
Convocante
Diputación de Palencia

Bases de la Convocatoria

Fecha publicación
Número
44
Página
15
Enlace Boletín externo

Solicitud

Fecha Solicitudes
-
Lugar Presentacion

Los interesados deberán presentar una solicitud  en el registro telemático de la Diputación de Palencia, conforme al formulario electrónico[1] del procedimiento habilitado en el catálogo de procedimientos electrónicos de la sede electrónica de la Diputación de Palencia http://sede.diputaciondepalencia.es El certificado electrónico con el que se realice la presentación deberá corresponder al solicitante de la ayuda.

 



 

Informacion Adicional

Incompatibilidades

Esta ayuda será compatible con otras que pudieran obtenerse de otras Administraciones o entes públicos para el mismo fin, siempre que la suma de ambas no supere el total de la inversión realizada objeto de subvención. Será incompatible con otras provenientes de la Diputación de Palencia.

Criterios de valoración

Sobre la base de los principios de transparencia y objetividad para la concesión de ayudas, se tendrán en cuenta los siguientes criterios:

 1.Tipo de obra o infraestructura susceptible de ser apoyada, primándose  las obras de urbanización e infraestructuras nuevas sobre proyectos destinados a suplir las carencias o deficiencias en la urbanización e infraestructuras existentes, hasta 30 puntos.  En función de ello, se  otorgarán las siguientes puntuaciones: 

  •  Obra nuevas de pavimentación, equipamiento e infraestructuras generales de servicios (abastecimiento de agua, saneamiento, soterramientos de líneas, ampliación de la red eléctrica etc,…) se valoraran con 30 puntos.
  •  El resto de las obras de mejoras de viales, reparación de instalaciones de alumbrado público etc., se valoraran con 20 puntos, excepto las obras de mejora realizadas en los accesos, que se computarán en 10 puntos.

 2. Estado de ocupación de las parcelas en el polígono de la entidad solicitante, hasta 15 puntos, según el siguiente desglose:

  • El polígono de la entidad solicitante tiene un porcentaje de ocupación de la superficie total de las parcelas, menor o igual al 50%, se valorará con 5 puntos.
  • El polígono de la entidad solicitante tiene un porcentaje de ocupación de la superficie total de las parcelas, mayor al 50% y menor o igual al 75%, se valorará con 10 puntos.
  • El polígono de la entidad solicitante tiene un porcentaje de ocupación de la superficie total de las parcelas, mayor al 75% y menor o igual al 100%, se valorará con 15 puntos.

 3. No haber sido beneficiario definitivo de la subvención o no haber recibido el pago de la mismaen las dos convocatorias anteriores 2016 y 2017: 5 puntos.

 

Resolución

Bloque Redes sociales