Convocatoria y bases reguladoras de la concesión de subvenciones dirigidas al sector agrario (ocupaciones en la agricultura, la ganadería, la caza y sus servicios de apoyo, la silvicultura y la explotación forestal, la pesca y la acuicultura) para la mejora de las condiciones de seguridad y salud en los centros y lugares de trabajo de los municipios menores de 2.000 habitantes del ejercicio 2026.
Es objeto de esta convocatoria la concesión de subvenciones para financiar al sector agrario (ocupaciones en la agricultura, la ganadería, la caza y sus servicios de apoyo, la silvicultura y la explotación forestal, la pesca y la acuicultura) los costes derivados de las actividades de mejora de la seguridad y salud de los centros y lugares de trabajo de los municipios menores de 2.000 habitantes en la provincia de Palencia.
Esta subvención se engloba dentro de las medidas para la concesión de la Meta 8.8 Proteger los derechos laborales y promover un entorno de trabajo seguro y sin riesgos para todos los trabajadores, incluidos los trabajadores migrantes, en particular las mujeres migrantes y las personas con empleos precarios de los ODS.
Estas bases reguladoras de la convocatoria, se integran en el Plan estratégico de subvenciones del año 2026, son necesarias para conseguir los siguientes logros, mejora de las condiciones de salud y seguridad laboral en el entorno agroganadero, contribuyendo a la permanencia de los habitantes en el mundo rural, reforzando los objetivos previstos en citado Plan.
La presente línea de subvenciones está financiada en su integridad por la Consejería de Industria, Comercio y Empleo, de la Junta de Castilla y León.
Podrán ser beneficiarios de esta convocatoria los destinatarios que cumplan todos los requisitos siguientes:
- Las empresas privadas, entendiendo como tal a: personas físicas, personas jurídicas privadas, comunidades de bienes, y otras entidades carentes de personalidad jurídica legalmente constituidas, todas ellas con ánimo de lucro, que realicen las actividades objeto de la subvención, quedando excluidas todas las entidades del Sector Público.
- Estar encuadradas dentro de los CNAE:01 “Agricultura, ganadería, caza y servicios relacionados con las mismas”; 02 “Silvicultura y explotación forestal”; 03 “Pesca y acuicultura.
- Realizar la actividad subvencionada en un centro o lugar de trabajo, titularizado por la empresa y situado en un municipio de menos de 2.000 habitantes de la provincia de Palencia.
Organismos
Bases de la Convocatoria
Solicitud
Los interesados deberán presentar una solicitud en el registro telemático de la Diputación de Palencia, conforme al formulario electrónico del procedimiento habilitado en el catálogo de procedimientos electrónicos de la sede electrónica de la Diputación de Palencia https://sede.diputaciondepalencia.es
El certificado electrónico con el que se realice la presentación deberá corresponder al solicitante de la ayuda, en caso contrario no será admitida ni procederá subsanación de defecto alguno.
“Aquellos sujetos que no se encuentren obligados a la presentación de la solicitud por medios electrónicos, conforme al artículo 14.1 y 14.2 de la Ley 39/2015, y opten por la tramitación presencial deberán presentar una solicitud dirigida a la Ilma. Sra. Presidenta de la Diputación de Palencia conforme al modelo A-0, disponible en la misma dirección anteriormente señalada (https://sede.diputaciondepalencia.es), dentro del apartado “tramitación presencial”, pudiendo presentar la misma en el Registro General de la Diputación o a través de cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Informacion Adicional
Los interesados deberán presentar una solicitud en el registro telemático de la Diputación de Palencia, conforme al formulario electrónico del procedimiento habilitado en el catálogo de procedimientos electrónicos de la sede electrónica de la Diputación de Palencia http://sede.diputaciondepalencia.es
El certificado electrónico con el que se realice la presentación deberá corresponder al solicitante de la ayuda, en caso contrario no será admitida ni procederá subsanación de defecto alguno.
“Aquellos sujetos que no se encuentren obligados a la presentación de la solicitud por medios electrónicos, conforme al artículo 14.1 y 14.2 de la Ley 39/2015, y opten por la tramitación presencial deberán presentar una solicitud dirigida a la Ilma. Sra. Presidenta de la Diputación de Palencia conforme al modelo A-0, disponible en la misma dirección anteriormente señalada (https://sede.diputaciondepalencia.es), dentro del apartado “tramitación presencial”, pudiendo presentar la misma en el Registro General de la Diputación o a través de cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
El plazo para la presentación de las solicitudes será de un mes, a contar desde el siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia, prorrogándose dicho plazo hasta el primer día hábil siguiente, cuando el último día sea sábado o festivo.
Se acompañarán a las solicitudes:
- Ficha descriptiva de las obras y actuaciones a realizar, justificando adecuadamente la incidencia y/o mejora en las condiciones de seguridad y salud del centro de trabajo solicitante o del trabajador por cuenta propia.
- Presupuesto de la actuación detallado.
- Planos de situación y localización geográfica, preferiblemente coordenadas GPS en el caso de ser una instalación.
- Memoria de las actuaciones a realizar.
- Fotografías del estado actual de la actividad a subvencionar donde se aprecien los elementos a modificar.
Según la modalidad aprobada en la valoración dependerá:
- Certificado de estar al corriente de las obligaciones tributarias con Hacienda.
- Certificado de estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Seguridad Social-
- Certificado de estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Diputación provincial.
- Certificado de empadronamiento.
- Acreditación de CNAE.
- Acreditación de trabajadores a su cargo
- Copia del D.N.I
- En el caso de que el importe de la subvención exceda de 20.000 euros, deberá aportarse informe de un técnico de la Diputación acreditando la veracidad de la inversión, según las Bases de Ejecución del Presupuesto, Base nº 49.
Se admitirá una única solicitud por interesado con una única actuación, explicando el centro de trabajo donde se pretende llevar a cabo.
Con independencia de la documentación señalada, se podrá requerir en todo momento la documentación o información complementaria que en función de las características del proyecto o datos facilitados se estime necesaria.
Si alguno de los sujetos obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con la Administración, indicados en los artículos 14.2 y 14.3 de la Ley 39/2015, presentase su solicitud presencialmente, la Diputación requerirá al interesado para que la subsane a través de su presentación electrónica.
Esta subvención es compatible con otras subvenciones, ingresos o recursos, procedentes de cualesquiera administraciones o entes públicos o privados; nacionales, de la Unión Europea, o de organismos internacionales, pero en ningún caso podrán ser de tal cuantía que, aislada o en concurrencia con otras subvenciones, ingresos o recursos, superen el coste de la actividad objeto de esta subvención. Será incompatible con otras provenientes de la Diputación de Palencia.
Sobre la base de los principios de transparencia y objetividad para la concesión de ayudas, se tendrán en cuenta los siguientes criterios:
- El propietario o propietarios de la actividad que solicita subvención están empadronados en municipios de Palencia, según su número de habitantes:
- De 1 a 250 habitantes 3 puntos
- De 251 a 1.000 habitantes 2 puntos
-
De 1.001 a 2.000 habitantes 1 puntos
Por número de empleados en la fecha de presentación de la solicitud
- De 1 a 5 empleados 2 puntos
-
De 6 a 10 empleados 1 puntos
- Ser trabajador por cuenta propia sin empleados a su cargo 2 puntos
- Adquisición o adaptación de maquinaria agrícola y/o ganadera 2 puntos
- Construcción, mejora o acondicionamiento de almacenes para productos: agrícolas, ganaderos, carburantes, fitosanitarios, sacas plásticas, envases, bidones, entre otros 2 puntos
Se considera que una misma explotación puede acumular varios criterios de valoración y estos serían acumulables.
Se concederá ayuda a todos los solicitantes que cumplan los requisitos de las Bases de esta Convocatoria, siendo el sistema para determinar el importe de la subvención el obtenido a través de la siguiente fórmula:
Importe= (P/PT) x 314.000
Donde la cuantía es el importe de la ayuda propuesta expresada en euros, P la puntuación obtenida por cada beneficiario y PT la suma de las puntuaciones obtenidas por los solicitantes.
En el caso de que existan renuncias el importe de la subvención se incrementará mediante una redistribución proporcional en función de los puntos y el dinero disponible.