Es objeto de la presente convocatoria la concesión de subvenciones a empresas, para colaborar en la financiación del gasto derivado de la realización de proyectos singulares e innovadores de inversión que conlleven la creación de nuevas infraestructuras turísticas.
Colaborar en la financiación del gasto derivado de la realización de proyectos singulares e innovadores de inversión que conlleven la creación de nuevas infraestructuras turísticas.
A estos efectos, se trataría de la ejecución de nuevos proyectos, originales y novedosos, que supongan gran afluencia turística, que tengan como finalidad la creación de infraestructuras, que generen oferta turística y posicionen la localidad y la provincia como destino turístico, priorizándose proyectos que incluyan actuaciones singulares de calidad que respondan a las necesidades del entorno donde se desarrollen.
Podrán ser beneficiarios de las subvenciones reguladas en las presentes bases, las personas físicas, jurídicas y comunidades de bienes, que ejecuten proyectos singulares de inversión en la provincia de Palencia, siempre que en el momento de la publicación de esta convocatoria de subvenciones no se hayan puesto aún en marcha.
En el caso de que la subvención sea solicitada por una comunidad de bienes, en la solicitud, los miembros de la misma harán constar expresamente los compromisos de ejecución asumidos por cada uno de ellos, o si asumen solidariamente el desarrollo de la actividad. En este supuesto, los citados miembros tendrán la consideración de beneficiarios. La comunidad de bienes no podrá disolverse en tanto no hayan transcurrido los plazos de prescripción establecidos en los artículos 39 y 65 de la Ley 38 / 2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.